Diferencia entre revisiones de «Eutanasia»

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(Definición de Eutanasia)
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La '''eutanasia''' (del latín científico ''euthanasia'' y este del griego antiguo εὐθανασία /euthanasía)​ o mas conocida como la muerte dulce es la intervención voluntaria que acelera la muerte de un paciente desahuciado con la intención de evitar sufrimiento y dolor del individuo . La eutanasia está asociada al final de la vida sin sufrimiento.


En un sentido más contemporáneo y restringido, la '''eutanasia''' es aquel procedimiento voluntario, intencionado, estudiado y consciente que realiza un médico para acelerar la muerte de un paciente terminal de algún padecimiento incurable; a solicitud consciente, estudiada y deliberada del enfermo o familiares, quienes, plenamente enterados de que no existe tratamiento curativo para la dolencia; le solicitan al médico que la realice sobre el paciente para así dar fin con el dolor y sufrimiento intolerables e intratables.
Existen diferentes leyes sobre la eutanasia en cada país. El Comité selecto de Ética médica de la Cámara de los Lores británica define la eutanasia como «''una intervención deliberada emprendida con la intención expresa de poner fin a una vida, para aliviar el sufrimiento intratable''».​ En los Países Bajos y en Bélgica, es entendida como «''la terminación de la vida por un médico a petición de un paciente''».​ Sin embargo, la ley holandesa no usa el término eutanasia, sino que lo incluye bajo la definición más amplia de «suicidio asistido y finalización de la vida a petición».​ En Colombia la Corte Constitucional en su sentencia C 239 de 1997 manifiesta que el homicidio por piedad es «''es la acción de quien obra por la motivación específica de poner fin a los intensos sufrimientos de otro''», y que «''doctrinariamente se le ha denominado homicidio pietístico o eutanásico''».​ No obstante, en la sentencia T 970 de 2014, se lee que «''las definiciones sobre eutanasia son múltiples y actualmente no se cuenta con alguna totalmente aceptada''»​ pero aún así, se utiliza la definición de la doctrina jurídica para precisar los elementos necesarios para que el homicidio corresponda al concepto doctrinario de eutanasia; también usa la descripción doctrinaria para su clasificación.
La eutanasia está clasificada de diferentes formas: directa e indirecta según el accionar médico, y voluntaria e involuntaria si se cuenta o no con el consentimiento del paciente.
Definiciones llevadas a cabo por 8°A

Revisión del 13:08 15 nov 2018

La eutanasia (del latín científico euthanasia y este del griego antiguo εὐθανασία /euthanasía)​ o mas conocida como la muerte dulce es la intervención voluntaria que acelera la muerte de un paciente desahuciado con la intención de evitar sufrimiento y dolor del individuo . La eutanasia está asociada al final de la vida sin sufrimiento.

En un sentido más contemporáneo y restringido, la eutanasia es aquel procedimiento voluntario, intencionado, estudiado y consciente que realiza un médico para acelerar la muerte de un paciente terminal de algún padecimiento incurable; a solicitud consciente, estudiada y deliberada del enfermo o familiares, quienes, plenamente enterados de que no existe tratamiento curativo para la dolencia; le solicitan al médico que la realice sobre el paciente para así dar fin con el dolor y sufrimiento intolerables e intratables.

Existen diferentes leyes sobre la eutanasia en cada país. El Comité selecto de Ética médica de la Cámara de los Lores británica define la eutanasia como «una intervención deliberada emprendida con la intención expresa de poner fin a una vida, para aliviar el sufrimiento intratable».​ En los Países Bajos y en Bélgica, es entendida como «la terminación de la vida por un médico a petición de un paciente».​ Sin embargo, la ley holandesa no usa el término eutanasia, sino que lo incluye bajo la definición más amplia de «suicidio asistido y finalización de la vida a petición».​ En Colombia la Corte Constitucional en su sentencia C 239 de 1997 manifiesta que el homicidio por piedad es «es la acción de quien obra por la motivación específica de poner fin a los intensos sufrimientos de otro», y que «doctrinariamente se le ha denominado homicidio pietístico o eutanásico».​ No obstante, en la sentencia T 970 de 2014, se lee que «las definiciones sobre eutanasia son múltiples y actualmente no se cuenta con alguna totalmente aceptada»​ pero aún así, se utiliza la definición de la doctrina jurídica para precisar los elementos necesarios para que el homicidio corresponda al concepto doctrinario de eutanasia; también usa la descripción doctrinaria para su clasificación.

La eutanasia está clasificada de diferentes formas: directa e indirecta según el accionar médico, y voluntaria e involuntaria si se cuenta o no con el consentimiento del paciente.

Definiciones llevadas a cabo por 8°A