Edición de «Pena de muerte»

De Bioeticawiki

Advertencia: no has iniciado sesión. Tu dirección IP se hará pública si haces cualquier edición. Si inicias sesión o creas una cuenta, tus ediciones se atribuirán a tu nombre de usuario, además de otros beneficios.

Puedes deshacer la edición. Antes de deshacer la edición, comprueba la siguiente comparación para verificar que realmente es lo que quieres hacer, y entonces publica los cambios para así efectuar la reversión.

Revisión actual Tu texto
Línea 5: Línea 5:
La solución a la cuestión de la legitimidad o ilegitimidad de la pena de muerte se encuentra en la persona humana, en su irrenunciable [[dignidad]], en sus [[Derechos humanos|derechos]]. En efecto, la pena capital refiere directamente a la persona, como sujeto pasible de ejecución. De hecho, actualmente 65 Estados albergan en sus legislaciones la pena capital, siendo hoy '''China''' el país que numéricamente, '''más aplica la sanción''': aproximadamente no menos de 2000 ejecuciones al año.
La solución a la cuestión de la legitimidad o ilegitimidad de la pena de muerte se encuentra en la persona humana, en su irrenunciable [[dignidad]], en sus [[Derechos humanos|derechos]]. En efecto, la pena capital refiere directamente a la persona, como sujeto pasible de ejecución. De hecho, actualmente 65 Estados albergan en sus legislaciones la pena capital, siendo hoy '''China''' el país que numéricamente, '''más aplica la sanción''': aproximadamente no menos de 2000 ejecuciones al año.


==== Razones ====
==== Argumentos a favor ====
'''1) Razón de Justicia:''' hay una igualdad natural de todos los hombres ante la ley. Por tanto, cuando un hombre comete un delito, se ha de retribuir al autor del delito con una pena equivalente al '''mal''' que ha '''ocasionado'''. El daño no puede, de ningún modo, quedar impune. Y a grandes males, grandes remedios.
'''1) Razón de Justicia:''' hay una igualdad natural de todos los hombres ante la ley. Por tanto, cuando un hombre comete un delito, se ha de retribuir al autor del delito con una '''pena''' '''equivalente''' al '''mal''' que ha '''ocasionado'''. El daño no puede, de ningún modo, quedar impune. Y a grandes males, grandes remedios.


'''2) La legítima Defensa:''' este argumento se basa en la idea de que el ciudadano, víctima del delito, no ha podido ejercer su Derecho a la legítima defensa, y por lo tanto, es la sociedad quien debe llevarla a cabo. La pena de muerte sería, entonces, el '''ejercicio''' '''proporcionado''' de la '''sociedad''' a través de un '''tribunal''', de la legítima defensa. La pena de muerte «''analógicamente hablando, no es otra cosa que una subrogación que hace la autoridad de la sociedad, la autoridad del Estado, para castigar a quien privó injustamente de la vida a una persona débil que no pudo defenderse''»<ref>{{Cita publicación|url=https://revistaderecho.ucn.cl/article/view/2286|título=Pena de muerte:
'''2) La legítima Defensa:''' este argumento se basa en la idea de que el ciudadano, víctima del delito, no ha podido ejercer su Derecho a la legítima defensa, y por lo tanto, es la sociedad quien debe llevarla a cabo. La pena de muerte sería, entonces, el '''ejercicio''' '''proporcionado''' de la '''sociedad''' a través de un '''tribunal''', de la legítima defensa. La pena de muerte «''analógicamente hablando, no es otra cosa que una subrogación que hace la autoridad de la sociedad, la autoridad del Estado, para castigar a quien privó injustamente de la vida a una persona débil que no pudo defenderse''»<ref>{{Cita publicación|url=https://revistaderecho.ucn.cl/article/view/2286|título=Pena de muerte:
Argumentos a favor|apellidos=Zepeda Coll|nombre=Hugo|fecha=1997|publicación=Revista de derecho|número=4|fechaacceso=27 de julio de 2020|doi=|pmid=}}</ref>.
Argumentos a favor|apellidos=Zepeda Coll|nombre=Hugo|fecha=1997|publicación=Revista de derecho|número=4|fechaacceso=27 de julio de 2020|doi=|pmid=}}</ref>.
[[Archivo:Lombroso.JPG|miniaturadeimagen|'''Lambroso''' 1835.
[[Archivo:Lombroso.JPG|miniaturadeimagen|'''Lombroso'''
 
'''Fecha de nacimiento:''' 1835.


'''Fallece:''' 1909, médico italiano a partir de la autopsia de un conocido criminal, había desarrollado una versión más determinista de la "ciencia del criminal" que, con el nombre de ''Criminología positivista'' o ''Antropología criminal'', buscó sintetizar las observaciones, estudios y experiencias directas de quienes hasta entonces habían estado en contacto con el mundo de criminales y delincuentes.<ref>{{Cita publicación|url=https://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0719-12432014000100002|título=Por una "necesidad de preservación social": Cesare Lombroso y la construcción de un "homo criminalis" en Chile (1880-1920)|apellidos=León León|nombre=Marco Antonio|fecha=Junio de 2014|publicación=Cuadernos de Historia|número=40|fechaacceso=27 de julio de 2020|doi=10.4067/S0719-12432014000100002|pmid=}}</ref>]]
'''Fallece:''' 1909, médico italiano a partir de la autopsia de un conocido criminal, había desarrollado una versión más determinista de la "ciencia del criminal" que, con el nombre de ''Criminología positivista'' o ''Antropología criminal'', buscó sintetizar las observaciones, estudios y experiencias directas de quienes hasta entonces habían estado en contacto con el mundo de criminales y delincuentes.<ref>{{Cita publicación|url=https://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0719-12432014000100002|título=Por una "necesidad de preservación social": Cesare Lombroso y la construcción de un "homo criminalis" en Chile (1880-1920)|apellidos=León León|nombre=Marco Antonio|fecha=Junio de 2014|publicación=Cuadernos de Historia|número=40|fechaacceso=27 de julio de 2020|doi=10.4067/S0719-12432014000100002|pmid=}}</ref>]]
Línea 21: Línea 23:
'''6) Ecuación costos-beneficios:''' la sanción capital es, en términos de '''costos económicos''' para la sociedad que mantiene las cárceles con sus impuestos, más rentable que las alternativas que se presentan a dicha sanción. En países con bolsones de pobreza, con bocas de niños no satisfechas, este argumento pesa más aún.  
'''6) Ecuación costos-beneficios:''' la sanción capital es, en términos de '''costos económicos''' para la sociedad que mantiene las cárceles con sus impuestos, más rentable que las alternativas que se presentan a dicha sanción. En países con bolsones de pobreza, con bocas de niños no satisfechas, este argumento pesa más aún.  


errores judiciales son menos frecuentes, hay riesgo de condenar a un inocente. Con el agravante de que en el caso de la pena de muerte no se puede '''compensar al sujeto por error'''<ref>{{Cita publicación|url=|título=La condena a muerte no es la solución|apellidos=Villalba|nombre=Angel|fecha=1999|publicación=Ecclesia|fechaacceso=|página=17|issn=0012-9038|doi=|pmid=}}</ref>.
==== Argumentos en contra ====
'''1) Razón de Justicia:''' al mal del delito, la sociedad le suma el mal de la pena. Giorgio Del Vecchio decía que la historia de las penas es, por momentos, tan deshonrosa para la humanidad como la historia de los delitos<ref>{{Cita libro|apellidos=Del Vecchio|nombre=Giorgio|enlaceautor=|título=Sobre el fundamento de la justicia penal|url=|fechaacceso=|año=1947|editorial=REUS|isbn=978-84-290-0386-4|editor=|ubicación=Madrid|página=28|idioma=|capítulo=}}</ref>. La '''muerte''' de la '''persona''' que '''delinque''' '''no es un remedio''' adecuado. Quizá, a veces, bajo el supuesto de realización de justicia, en realidad se esconda el deseo de venganza. Y ello no es justo.
 
'''2) Legítima y defensa''': no siempre el sujeto agredido posee la voluntad o las intenciones —que no pueden ser demostradas— de aplicación de pena capital por el delito que ha sufrido. Incluso hasta podría ser posible que en vez de pedir ese castigo, pueda '''desear el perdón'''.
 
'''3) Utilidad Social:''' no está demostrado fehacientemente que la pena capital cumpla una función de prevención general negativa, o sea, de '''intimidación''' a eventuales '''infractores'''. Prueba de ello es que si así fuera, no existirían casi los delitos graves. Además, pensar que el delito es un acto racional en el que el sujeto evalúa las ventajas y desventajas, puede ser falso.
[[Archivo:Pena de muerte y reo.jpg|miniaturadeimagen|La vida o muerte de una persona no puede ser medida por este criterio economicista.]]
'''4) El sistema carcelario es hoy cada vez más seguro y con personal profesional''' (capellanes, psicólogos, médicos, etc.) que ayudan más eficazmente al sujeto a un cambio de actitud criminal.
 
'''5) Irreversibilidad de la pena capital respecto al error judicial:''' Si bien actualmente los errores judiciales son menos frecuentes, hay riesgo de condenar a un inocente. Con el agravante de que en el caso de la pena de muerte no se puede '''compensar al sujeto por error'''<ref>{{Cita publicación|url=|título=La condena a muerte no es la solución|apellidos=Villalba|nombre=Angel|fecha=1999|publicación=Ecclesia|fechaacceso=|página=17|issn=0012-9038|doi=|pmid=}}</ref>.


'''6) Ecuación costos-beneficios:''' en los costos sobre la pena de muerte, no sólo hay que evaluar el '''costo''' que tiene en sí misma una '''ejecución''' sino todo el '''proceso''' '''judicial''', o sea, apelaciones, jueces, costos sociales, etc. que esta implica.
'''6) Ecuación costos-beneficios:''' en los costos sobre la pena de muerte, no sólo hay que evaluar el '''costo''' que tiene en sí misma una '''ejecución''' sino todo el '''proceso''' '''judicial''', o sea, apelaciones, jueces, costos sociales, etc. que esta implica.


'''7) Limitar las arbitrariedades del poder:''' En los regímenes dictatoriales y terroristas, el derecho se convierte fácilmente en instrumento del poder de turno<ref>{{Cita publicación|url=https://revistes.ub.edu/index.php/CriticaPenalPoder|título=La Pena de Muerte|apellidos=Peregrina|nombre=X.|fecha=3 de septiembre de 2010|publicación=Universidad de Barcelona|fechaacceso=|doi=|pmid=}}</ref>. La '''aplicación''' de la '''Justicia''' se '''vuelve funcional''' a la '''ideología''', perdiendo su [[autonomía]], como fue el caso de la Seguridad Nacional en países de América Latina en la década de los xd ‘70.  
'''7) Limitar las arbitrariedades del poder:''' En los regímenes dictatoriales y terroristas, el derecho se convierte fácilmente en instrumento del poder de turno<ref>{{Cita publicación|url=https://revistes.ub.edu/index.php/CriticaPenalPoder|título=La Pena de Muerte|apellidos=Peregrina|nombre=X.|fecha=3 de septiembre de 2010|publicación=Universidad de Barcelona|fechaacceso=|doi=|pmid=}}</ref>. La '''aplicación''' de la '''Justicia''' se v'''uelve funcional''' a la '''ideología''', perdiendo su autonomía, como fue el caso de la Seguridad Nacional en países de América Latina en la década de los ‘70.


== Análisis de la pena de muerte. Un camino hacia la abolición ==
== Análisis de la pena de muerte. Un camino hacia la abolición ==
Línea 38: Línea 49:
Es innegable que todavía existen poderes antagónicos al orden y a la justicia, como el terrorismo internacional o el mismo narcotráfico, que pueden poseer un poder igual o mayor que el de un Estado. Por otra parte, no todos los países poseen un sistema carcelario tan evolucionado que pueda garantizar razonablemente que el reo no pueda volver a delinquir gravemente. Por eso, como expresa '''Rodríguez Luño''', «''estamos de acuerdo en que la evolución actual de la conciencia moral y jurídica, que querría limitar e incluso abolir la pena de muerte, es positiva, a condición de que venga liberada de algunas ambigüedades''»<ref name=":0">{{Cita libro|apellidos=Rodríguez Luño|nombre=Angel|enlaceautor=|título=Scelti in Cristo per essere santi|url=|fechaacceso=|año=2008|editorial=Morale speciale|isbn=8883332946|editor=|ubicación=Roma|página=163|idioma=|capítulo=}}</ref>.  
Es innegable que todavía existen poderes antagónicos al orden y a la justicia, como el terrorismo internacional o el mismo narcotráfico, que pueden poseer un poder igual o mayor que el de un Estado. Por otra parte, no todos los países poseen un sistema carcelario tan evolucionado que pueda garantizar razonablemente que el reo no pueda volver a delinquir gravemente. Por eso, como expresa '''Rodríguez Luño''', «''estamos de acuerdo en que la evolución actual de la conciencia moral y jurídica, que querría limitar e incluso abolir la pena de muerte, es positiva, a condición de que venga liberada de algunas ambigüedades''»<ref name=":0">{{Cita libro|apellidos=Rodríguez Luño|nombre=Angel|enlaceautor=|título=Scelti in Cristo per essere santi|url=|fechaacceso=|año=2008|editorial=Morale speciale|isbn=8883332946|editor=|ubicación=Roma|página=163|idioma=|capítulo=}}</ref>.  


La primera de ellas es afirmar claramente que la [[vida]] de quien es culpable de graves delitos no puede ser valorada al mismo nivel de respeto de quien es una persona inocente. Y otra ambigüedad también es que el Estado ha de cumplir su rol de protección de los ciudadanos. Un poder judicial que castigue con extrema levedad delitos aberrantes como los asesinatos o el terrorismo por ejemplo, y que en breve lapso dejen en libertad en no pocos casos a los reos para seguir delinquiendo, es un '''poder judicial irresponsable''' de la '''tutela''' de la '''vida''' y la seguridad a los que los ciudadanos tienen derecho.
La primera de ellas es afirmar claramente que la vida de quien es culpable de graves delitos no puede ser valorada al mismo nivel de respeto de quien es una persona inocente. Y otra ambigüedad también es que el Estado ha de cumplir su rol de protección de los ciudadanos. Un poder judicial que castigue con extrema levedad delitos aberrantes como los asesinatos o el terrorismo por ejemplo, y que en breve lapso dejen en libertad en no pocos casos a los reos para seguir delinquiendo, es un '''poder judicial irresponsable''' de la '''tutela''' de la '''vida''' y la seguridad a los que los ciudadanos tienen derecho.


No habría que tomar a la ligera la posibilidad existente de que el '''sistema jurídico''' pueda llegar a ser casi un '''sistema de protección del delincuente'''. Además, la objeción según la cual es contradictorio suprimir la vida en nombre de la [[dignidad]] de la vida, no convence demasiado. Si fuera así, no se podría castigar ningún delito privando de la libertad o de sus bienes al reo. En efecto, en nombre de la libertad de los ciudadanos honestos, el reo puesto en prisión es privado de su libertad; en nombre de la propiedad de los honestos, la propiedad de los culpables les es disminuida mediante multas, confiscas, etc. El gran valor de un bien justifica la diversidad de tratamientos respecto de los que respetan las leyes y lo que no<ref name=":0" />.
No habría que tomar a la ligera la posibilidad existente de que el '''sistema jurídico''' pueda llegar a ser casi un '''sistema de protección del delincuente'''. Además, la objeción según la cual es contradictorio suprimir la vida en nombre de la dignidad de la vida, no convence demasiado. Si fuera así, no se podría castigar ningún delito privando de la libertad o de sus bienes al reo. En efecto, en nombre de la libertad de los ciudadanos honestos, el reo puesto en prisión es privado de su libertad; en nombre de la propiedad de los honestos, la propiedad de los culpables les es disminuida mediante multas, confiscas, etc. El gran valor de un bien justifica la diversidad de tratamientos respecto de los que respetan las leyes y lo que no<ref name=":0" />.


Por tanto, podría ser adecuada la pena capital para delitos muy graves, por parte del Estado. Sin embargo, es posible preguntarse todavía: '''¿qué valores éticos estarían presentes en la fuerte tendencia a poner límites a la aplicación de la pena capital hoy?'''
Por tanto, podría ser adecuada la pena capital para delitos muy graves, por parte del Estado. Sin embargo, es posible preguntarse todavía: '''¿qué valores éticos estarían presentes en la fuerte tendencia a poner límites a la aplicación de la pena capital hoy?'''
Línea 56: Línea 67:


== Conclusión ==
== Conclusión ==
Cabe la posibilidad de afirmar que la reflexión filosófica y teológica del primer milenio, con diversas posturas —presentes sobre todo en los primeros siglos— reconoce el derecho del Estado de poder servirse de la pena de muerte, '''invitando''' no obstante ello, a los '''cristianos''' a '''no alegrrse por su existencia''', en lo posible a no tomar parte de las ejecuciones, e invitando a los magistrados y jueces a la clemencia. Es preferible la piedad a la horca o la hoguera en la mente de los Padres. Se ha logrado ver cómo no pocos de ellos recurren para sus pedidos de clemencia al ejemplo de Jesús ante la adúltera<ref>{{Cita web|url=https://www.biblegateway.com/passage/?search=Juan%208%3A1-11&version=RVR1960|título=Juan 8:1-11}}</ref>. Siempre hay esperanza de conversión para el reo, hijo de Dios.
Cabe la posibilidad de afirmar que la reflexión filosófica y teológica del primer milenio, con diversas posturas —presentes sobre todo en los primeros siglos— reconoce el derecho del Estado de poder servirse de la pena de muerte, '''invitando''' no obstante ello, a los '''cristianos''' a '''no alegrarse por su existencia''', en lo posible a no tomar parte de las ejecuciones, e invitando a los magistrados y jueces a la clemencia. Es preferible la piedad a la horca o la hoguera en la mente de los Padres. Se ha logrado ver cómo no pocos de ellos recurren para sus pedidos de clemencia al ejemplo de Jesús ante la adúltera<ref>{{Cita web|url=https://www.biblegateway.com/passage/?search=Juan%208%3A1-11&version=RVR1960|título=Juan 8:1-11}}</ref>. Siempre hay esperanza de conversión para el reo, hijo de Dios.
[[Archivo:Esperanza.jpg|miniaturadeimagen|La pena de muerte no era sólo para herejes sino también para asesinos. San Agustín prefiere la misericordia y la mansedumbre a la hostilidad y el castigo capital.]]
'''¿Hay un progreso en “humanidad” con el cristianismo en expansión, respecto a la consideración de los reos y su castigo?''' Se puede pensar que sí, claramente. Los datos históricos, los gestos y los textos muestran a teólogos, filósofos, obispos, pastores, monjes, insistiendo en la bondad y humanidad que significa la clemencia y la conversión.
 
En la reflexión y práctica del segundo milenio, las perspectivas cambiaron, ajustándose más bien a las razones de Imperio o Estado. Quien delinque gravemente y en reiteradas oportunidades, '''ofende gravemente a Dios y al cuerpo social'''. Merece por tanto el castigo capital. Se echa mano entonces del [[principio de totalidad]]. Pero a fines del mismo, nuevamente y con más razones, ha tenido lugar una posición más benévola o misericordiosa. El pensamiento filosófico personalista ontológicamente fundado, y una reflexión teológica renovada en las mismas fuentes bíblicas neotestamentarias, ha contribuido a ello.
 
== Otras voces ==
* [[Historia de la pena de muerte]]
* [[Muerte]]
 
== Texto de referencia ==
 
* {{Cita publicación|url=https://enciclopediadebioetica.com/mod/page/view.php?id=3375|título=Pena de muerte|apellidos=García|nombre=José Juan|fecha=4 de Mayo de 2011|publicación=Enciclopedia de Bioética|fechaacceso=27 de julio de 2020|doi=|pmid=}}
 
== Referencias ==
<references />

Ten en cuenta que todas las contribuciones a Bioeticawiki se consideran publicadas bajo la Creative Commons Atribución (véase Bioeticawiki:Derechos de autor para más información). Si no deseas que las modifiquen sin limitaciones y las distribuyan libremente, no las publiques aquí.
Al mismo tiempo, asumimos que eres el autor de lo que escribiste, o lo copiaste de una fuente en el dominio público o con licencia libre. ¡No uses textos con copyright sin permiso!

Para editar esta página, responde la pregunta que aparece abajo (más información):

Cancelar Ayuda de edición (se abre en una ventana nueva)
  1. +