Edición de «Suicidio médicamente asistido»
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* '''Hume''', empirista, niega la existencia de ley divina o natural alguna que lo prohíba. Solo acepta como realidad lo que se pueda constatar mediante los sentidos: “''Si el disponer de la vida humana fuera algo reservado exclusivamente al Todopoderoso, y fuese un infringimiento del derecho divino el que los hombres dispusieran de sus propias vidas, tan criminal sería que un hombre actuara para conservar la vida, como el que decidiese destruirla. Si las personas rechazaran una piedra que fuera a caer sobre sus cabezas, estarían alterando el curso de la naturaleza, y se estaría invadiendo una región que solo pertenece al Todopoderoso, al prolongar sus vidas más allá del periodo que, según las leyes de la materia y el movimiento, Él había asignado''” (Sobre el suicidio). Niega que la naturaleza humana sea algo más que el conjunto de fenómenos empíricamente percibidos y, en consecuencia, también la posibilidad de descubrir unos principios éticos a partir de la comprensión de la naturaleza humana. Para él es imposible ir más allá de lo que nos muestran los sentidos, pero ¿es aceptable este planteamiento? En cualquier caso, se podría hablar de una cierta inconsistencia del razonamiento transcrito de Hume porque la religión a la que hace referencia, el cristianismo, parte precisamente de la negación de que las leyes de la materia y el movimiento sean leyes divinas en cuanto que exijan el sometimiento del ser humano. | * '''Hume''', empirista, niega la existencia de ley divina o natural alguna que lo prohíba. Solo acepta como realidad lo que se pueda constatar mediante los sentidos: “''Si el disponer de la vida humana fuera algo reservado exclusivamente al Todopoderoso, y fuese un infringimiento del derecho divino el que los hombres dispusieran de sus propias vidas, tan criminal sería que un hombre actuara para conservar la vida, como el que decidiese destruirla. Si las personas rechazaran una piedra que fuera a caer sobre sus cabezas, estarían alterando el curso de la naturaleza, y se estaría invadiendo una región que solo pertenece al Todopoderoso, al prolongar sus vidas más allá del periodo que, según las leyes de la materia y el movimiento, Él había asignado''” (Sobre el suicidio). Niega que la naturaleza humana sea algo más que el conjunto de fenómenos empíricamente percibidos y, en consecuencia, también la posibilidad de descubrir unos principios éticos a partir de la comprensión de la naturaleza humana. Para él es imposible ir más allá de lo que nos muestran los sentidos, pero ¿es aceptable este planteamiento? En cualquier caso, se podría hablar de una cierta inconsistencia del razonamiento transcrito de Hume porque la religión a la que hace referencia, el cristianismo, parte precisamente de la negación de que las leyes de la materia y el movimiento sean leyes divinas en cuanto que exijan el sometimiento del ser humano. | ||
[[Archivo:Kant gemaelde 1.jpg|miniaturadeimagen|255x255px|'''Nacimiento:''' 22 de abril de 1724 Königsberg, Prusia. '''Fallecimiento:''' 12 de febrero de 1804 Königsberg, Prusia. Fue un filósofo alemán de la Ilustración. El primero y el más importante representante del criticismo y precursor del idealismo alemán. Es considerado como uno de los pensadores más influyentes de la Europa moderna y de la filosofía universal. Además se trata del penúltimo pensador de la modernidad.]] | [[Archivo:Kant gemaelde 1.jpg|miniaturadeimagen|255x255px|'''Nacimiento:''' 22 de abril de 1724 Königsberg, Prusia. '''Fallecimiento:''' 12 de febrero de 1804 Königsberg, Prusia. Fue un filósofo alemán de la Ilustración. El primero y el más importante representante del criticismo y precursor del idealismo alemán. Es considerado como uno de los pensadores más influyentes de la Europa moderna y de la filosofía universal. Además se trata del penúltimo pensador de la modernidad.]] | ||
* '''Kant''', al construir su ética sobre el principio de la dignidad de la persona, sostiene que el ser humano debe ser '''tratado''' siempre '''como un fin''' y '''nunca''' solo como un '''medio''', tanto en la persona de los demás como en la propia. Como acabar con la propia vida es una forma de tratarse uno a sí mismo como simple instrumento, rechaza la licitud del suicidio: “''Según el concepto de deber necesario para consigo mismo, habrá de preguntarse quien ande pensando en el suicidio, si su acción puede compadecerse con la idea de la humanidad como fin en sí. Si, para escapar a una situación dolorosa, hace uso de una persona como mero medio para conservar una situación tolerable hasta el fin de la vida. Mas el hombre no es una cosa; no es, pues, algo que pueda usarse como un simple medio; debe ser considerado, en todas las acciones, como fin en sí. No se puede, pues, disponer, del hombre en mi persona, para mutilarle, estropearle, matarle” (Fundamentación de la metafísica de las costumbres | * '''Kant''', al construir su ética sobre el principio de la dignidad de la persona, sostiene que el ser humano debe ser '''tratado''' siempre '''como un fin''' y '''nunca''' solo como un '''medio''', tanto en la persona de los demás como en la propia. Como acabar con la propia vida es una forma de tratarse uno a sí mismo como simple instrumento, rechaza la licitud del suicidio: “''Según el concepto de deber necesario para consigo mismo, habrá de preguntarse quien ande pensando en el suicidio, si su acción puede compadecerse con la idea de la humanidad como fin en sí. Si, para escapar a una situación dolorosa, hace uso de una persona como mero medio para conservar una situación tolerable hasta el fin de la vida. Mas el hombre no es una cosa; no es, pues, algo que pueda usarse como un simple medio; debe ser considerado, en todas las acciones, como fin en sí. No se puede, pues, disponer, del hombre en mi persona, para mutilarle, estropearle, matarle” (Fundamentación de la metafísica de las costumbres)''<ref>{{Cita libro|apellidos=Kant|nombre=Immanuel|enlaceautor=|título=Fundamentación de la metafísica de las costumbres|url=http://www.filosoficas.unam.mx/~gmom/clasicos/kant-fundamentacion.htm|fechaacceso=|año=1785|editorial=|isbn=|editor=|ubicación=Alemania|página=|idioma=Alemán|capítulo=}}</ref>. | ||
En este punto, Kant coincide con la filosofía [[Personalismo|personalista]], para la cual el ser humano está constituido por una serie de bienes fundamentales: | En este punto, Kant coincide con la filosofía [[Personalismo|personalista]], para la cual el ser humano está constituido por una serie de bienes fundamentales: | ||
* La [[vida]], la [[salud]] | * La [[vida]], la [[salud]] | ||
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== El Derecho ante el SMA == | == El Derecho ante el SMA == | ||
A lo largo de la historia, tanto el suicidio como el suicidio asistido han recibido tratamientos muy distintos por parte del Derecho. Muchas '''legislaciones''' han '''prohibido''' ambas '''modalidades''' en el pasado pero, en estos momentos, solo se mantiene con carácter general la prohibición del suicidio asistido. Es frecuente que cuando una [[persona]] solicita la asistencia al suicidio en determinadas condiciones -mediante una petición capaz, libre e informada, y encontrándose en una situación de falta de salud muy grave- los Códigos penales rebajen la pena a quienes les proporcionen los medios para satisfacer su voluntad suicida. Así sucede, por ejemplo, en el Código penal español, cuyo artículo 143<ref>{{Cita | A lo largo de la historia, tanto el suicidio como el suicidio asistido han recibido tratamientos muy distintos por parte del Derecho. Muchas '''legislaciones''' han '''prohibido''' ambas '''modalidades''' en el pasado pero, en estos momentos, solo se mantiene con carácter general la prohibición del suicidio asistido. Es frecuente que cuando una [[persona]] solicita la asistencia al suicidio en determinadas condiciones -mediante una petición capaz, libre e informada, y encontrándose en una situación de falta de salud muy grave- los Códigos penales rebajen la pena a quienes les proporcionen los medios para satisfacer su voluntad suicida. Así sucede, por ejemplo, en el Código penal español, cuyo artículo 143<ref>{{Cita libro|apellidos=Jefatura del Estado|nombre=|enlaceautor=|título=Código Penal de España|url=https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1995-25444|fechaacceso=|año=24 de noviembre de 1995|editorial=|isbn=|editor=|ubicación=Madrid|página=|idioma=Español|capítulo=}}</ref> dice: | ||
# El que induzca al suicidio de otro será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años. | # El que induzca al suicidio de otro será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años. | ||
# Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años al que coopere con actos necesarios al suicidio de una persona. | # Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años al que coopere con actos necesarios al suicidio de una persona. | ||
# Será castigado con la pena de prisión de seis a diez años si la cooperación llegara hasta el punto de ejecutar la muerte. | # Será castigado con la pena de prisión de seis a diez años si la cooperación llegara hasta el punto de ejecutar la muerte. | ||
# El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de este, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los números 2 y 3 de este artículo”. | # El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de este, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los números 2 y 3 de este artículo”. | ||
Ya se ha mencionado que uno de los '''pocos lugares''' del mundo en que está '''permitido''' el SMA es en el Estado de Oregón (Estados Unidos), donde en 1997 se aprobó The Oregon Death with Dignity Act<ref>{{Cita publicación|url=https://www.deathwithdignity.org/states/oregon/|título=The Oregon Death with Dignity|apellidos=|nombre=|fecha= | Ya se ha mencionado que uno de los '''pocos lugares''' del mundo en que está '''permitido''' el SMA es en el Estado de Oregón (Estados Unidos), donde en 1997 se aprobó The Oregon Death with Dignity Act<ref>{{Cita publicación|url=https://www.deathwithdignity.org/states/oregon/|título=The Oregon Death with Dignity Act|apellidos=|nombre=|fecha=27 de octubre de 1997|publicación=Death with Dignity|fechaacceso=|doi=|pmid=}}</ref>. Se puede decir que es una experiencia pionera en el mundo y, por ello, ha sido objeto de especial atención por el resto del mundo. Desde la aprobación de la ley hasta 2004, unas dos cientas personas se han servido de ella para acabar con sus vidas. | ||
La ley exige que la '''persona''' que quiera acogerse a esta '''posibilidad:''' | La ley exige que la '''persona''' que quiera acogerse a esta '''posibilidad:''' | ||
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Ya se ha indicado que la finalidad de la medicina no se compadece ni con las acciones de dar [[muerte]] a alguien (eutanasia) ni con la de proporcionar los medios para que la [[persona]] pueda acabar con su [[vida]] (SMA). Desde el [[Juramento hipocrático|Juramento Hipocrático]], los códigos deontológicos de los colegios de médicos de todo el mundo han sido más o menos explícitos a este respecto. En 1948, la entonces recién constituida Asociación Médica Mundial aprobó la [[Declaración de Ginebra]], que viene a ser una versión moderna y con vigencia universal del [[Juramento hipocrático|Juramento Hipocrático]], en la que se afirma que el '''médico''' debe '''velar''' ante todo por la '''[[salud]]''' de su paciente y velar también con el máximo '''respeto''' por la '''[[vida humana]]''' desde su comienzo, incluso bajo amenaza. | Ya se ha indicado que la finalidad de la medicina no se compadece ni con las acciones de dar [[muerte]] a alguien (eutanasia) ni con la de proporcionar los medios para que la [[persona]] pueda acabar con su [[vida]] (SMA). Desde el [[Juramento hipocrático|Juramento Hipocrático]], los códigos deontológicos de los colegios de médicos de todo el mundo han sido más o menos explícitos a este respecto. En 1948, la entonces recién constituida Asociación Médica Mundial aprobó la [[Declaración de Ginebra]], que viene a ser una versión moderna y con vigencia universal del [[Juramento hipocrático|Juramento Hipocrático]], en la que se afirma que el '''médico''' debe '''velar''' ante todo por la '''[[salud]]''' de su paciente y velar también con el máximo '''respeto''' por la '''[[vida humana]]''' desde su comienzo, incluso bajo amenaza. | ||
Por si los principios expresados en la [[Declaración de Ginebra]] no eran suficientemente explícitos, la Asamblea General de la Asociación Médica Mundial aprobó en 1992<ref>{{Cita publicación|url=https://www.wma.net/es/policies-post/declaracion-de-la-amm-sobre-el-suicidio-con-ayuda-medica/|título=Declaración | Por si los principios expresados en la [[Declaración de Ginebra]] no eran suficientemente explícitos, la Asamblea General de la Asociación Médica Mundial aprobó en 1992<ref>{{Cita publicación|url=https://www.wma.net/es/policies-post/declaracion-de-la-amm-sobre-el-suicidio-con-ayuda-medica/|título=Declaración de la AMM Sobre el Suicidio con Ayuda Médica|apellidos=Asociación Médica Mundial|nombre=|fecha=Septiembre de 1992|publicación=MMA Asociación Médica Mundial|fechaacceso=|doi=|pmid=}}</ref> una Declaración sobre el suicidio con ayuda médica, en la que se dice: “El suicidio con ayuda médica, como la [[eutanasia]], es contrario a la [[ética]] y debe ser condenado por la profesión médica. Cuando el médico ayuda intencional y deliberadamente a la [[persona]] a poner fin a su [[vida]], entonces el médico actúa contra la [[ética]]. Sin embargo, el derecho de rechazar tratamiento médico es un derecho básico del paciente y el médico actúa éticamente, incluso si al respetar ese deseo el paciente muere”. | ||
En '''España''', la última versión del Código de Ética y Deontología Médica de la Organización Médica Colegial no se ocupa expresamente del SMA, pero sí de la eutanasia. Al hacerlo, establece unos criterios que no dejan margen para permitir el SMA. Concretamente el artículo 28 dice: | En '''España''', la última versión del Código de Ética y Deontología Médica de la Organización Médica Colegial no se ocupa expresamente del SMA, pero sí de la eutanasia. Al hacerlo, establece unos criterios que no dejan margen para permitir el SMA. Concretamente el artículo 28 dice: | ||
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A pesar de la extensión de este criterio a lo largo del tiempo y del espacio, en la actualidad se ha suscitado en el seno de la propia profesión médica un debate acerca de la idoneidad de mantener su continuidad. La inmensa mayoría de la profesión '''rechaza''' el SMA, pero empiezan a surgir algunas declaraciones que se manifiestan en unos '''términos ambiguos''', que permiten interpretaciones muy diversas. Así, por ejemplo, el artículo 12 de la Guía de Ética Médica Europea, aprobada por la Conferencia Internacional de Órdenes Médicas en 1987, en el que se inspira parcialmente el artículo que acabamos de citar, dice: “La medicina implica en toda ocasión el respeto constante por la vida y por la autonomía moral y la libre elección del paciente. | A pesar de la extensión de este criterio a lo largo del tiempo y del espacio, en la actualidad se ha suscitado en el seno de la propia profesión médica un debate acerca de la idoneidad de mantener su continuidad. La inmensa mayoría de la profesión '''rechaza''' el SMA, pero empiezan a surgir algunas declaraciones que se manifiestan en unos '''términos ambiguos''', que permiten interpretaciones muy diversas. Así, por ejemplo, el artículo 12 de la Guía de Ética Médica Europea, aprobada por la Conferencia Internacional de Órdenes Médicas en 1987, en el que se inspira parcialmente el artículo que acabamos de citar, dice: “La medicina implica en toda ocasión el respeto constante por la vida y por la autonomía moral y la libre elección del paciente. | ||
En caso de [[enfermedad]] incurable y terminal, el médico puede limitarse a aliviar los sufrimientos físicos y morales del paciente, administrándole los tratamientos apropiados y manteniendo, mientras sea posible, la calidad de una vida que se acaba. "''Es imperativo atender al moribundo hasta el final y actuar de modo que le permita conservar su dignidad” (Artículo 12°) | En caso de [[enfermedad]] incurable y terminal, el médico puede limitarse a aliviar los sufrimientos físicos y morales del paciente, administrándole los tratamientos apropiados y manteniendo, mientras sea posible, la calidad de una vida que se acaba. "''Es imperativo atender al moribundo hasta el final y actuar de modo que le permita conservar su dignidad” (Artículo 12°)''<ref>{{Cita publicación|url=https://www.e-coma.es/files/1470-129-fichero/Documentos%20de%20la%20Conferencia%20Internacional%20de%20Ordenes%20Medicas.pdf|título=Conferencia Internacional de Órdenes Médicas|apellidos=GUÍA DE ÉTICA MÉDICA EUROPEA|nombre=|fecha=16 de octubre de 1989|publicación=Colegio Oficial de Médicos de Alicante|fechaacceso=|doi=|pmid=}}</ref>. | ||
== Conclusiones == | == Conclusiones == | ||
El suicidio ha sido objeto de reflexión por la filosofía a lo largo de todos los tiempos y la cuestión acerca de su licitud o ilicitud ha recibido todo tipo de respuestas. A lo largo del siglo XX se desarrolla un | El suicidio ha sido objeto de reflexión por la filosofía a lo largo de todos los tiempos y la cuestión acerca de su licitud o ilicitud ha recibido todo tipo de respuestas. A lo largo del siglo XX se desarrolla un intenso debate acerca de la licitud o no de la ayuda médica en el suicidio. Se llega a defender la idea de que, bajo ciertas circunstancias, el médico puede e incluso debe facilitar los medios para procurar un suicidio indoloro. | ||
Frente a este planteamiento, los que niegan esta posibilidad se basan en dos argumentos categóricos en contra del SMA: el '''carácter indisponible''' de la propia vida y la '''finalidad''' de la '''profesión médica''' de dedicarse siempre a curar y nunca a acabar con la [[vida humana]]. Es en base a estas razones, que tanto los ordenamientos jurídicos de prácticamente todo el mundo, como los códigos deontológicos de la profesión médica rechazan completamente el SMA. | Frente a este planteamiento, los que niegan esta posibilidad se basan en dos argumentos categóricos en contra del SMA: el '''carácter indisponible''' de la propia vida y la '''finalidad''' de la '''profesión médica''' de dedicarse siempre a curar y nunca a acabar con la [[vida humana]]. Es en base a estas razones, que tanto los ordenamientos jurídicos de prácticamente todo el mundo, como los códigos deontológicos de la profesión médica rechazan completamente el SMA. | ||
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== Texto de referencia == | == Texto de referencia == | ||
* {{Cita publicación|url=|título=Voz:Suicidio médicamente asistido|apellidos=Bellver|nombre=Vicente|fecha=|publicación=Nuevo Diccionario de Bióetica|editorial=Monte Carmelo|fechaacceso=|apellidos-editor= | * {{Cita publicación|url=|título=Voz:Suicidio médicamente asistido|apellidos=Bellver|nombre=Vicente|fecha=|publicación=Nuevo Diccionario de Bióetica|editorial=Monte Carmelo|fechaacceso=|apellidos-editor=Bellver|nombre-editor=Vicente|fecha-publicación=Mayo 2012|edición=2|doi=|pmid=|isbn=978-84-8353-475-5}} | ||
== Bibliografía == | == Bibliografía == | ||
* {{cita publicación |apellidos=Ballesteros |nombre=Jesús |enlaceautor= |año=1999 |título=Ortotanasia: el carácter inalienable del derecho a la vida|publicación=Dialnet |volumen= |idioma=Español|isbn=84-8155-474-X |ubicación= |editorial= |issn= |url= |fechaacceso | * {{cita publicación |apellidos=Ballesteros |nombre=Jesús |enlaceautor= |año=1999 |título=Ortotanasia: el carácter inalienable del derecho a la vida|publicación=Dialnet |volumen= |idioma=Español|isbn=84-8155-474-X |ubicación= |editorial= |issn= |url= |fechaacceso=19 de marzo de 2020}} | ||
* {{cita libro |apellido1=Bompiani |nombre1=Adriano |enlaceautor= |título=Bioetica Dalla Parte Dei Deboli |url= |fechaacceso= |idioma= |otros= |edición= |año=1993|editor= |editorial=EDB |ubicación=Roma |isbn=8810505344 |capítulo= |páginas=}} | * {{cita libro |apellido1=Bompiani |nombre1=Adriano |enlaceautor= |título=Bioetica Dalla Parte Dei Deboli |url= |fechaacceso= |idioma= |otros= |edición= |año=1993|editor= |editorial=EDB |ubicación=Roma |isbn=8810505344 |capítulo= |páginas=}} | ||
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* {{cita libro |apellido1=Ollero |nombre1=Ándres |enlaceautor= |título= Derecho a la Vida y Derecho a la Muerte |url= |fechaacceso= |idioma= |otros= |edición= |año=1994|editor= |editorial=Rialp |ubicación=Madrid |isbn=8432130427 |capítulo= |páginas=|cita=}} | * {{cita libro |apellido1=Ollero |nombre1=Ándres |enlaceautor= |título= Derecho a la Vida y Derecho a la Muerte |url= |fechaacceso= |idioma= |otros= |edición= |año=1994|editor= |editorial=Rialp |ubicación=Madrid |isbn=8432130427 |capítulo= |páginas=|cita=}} | ||
* {{cita publicación |apellidos=Pellegrino |nombre=Edmund E.|enlaceautor= |año=1992|título=Doctors Must Not Kill|publicación= | * {{cita publicación |apellidos=Pellegrino |nombre=Edmund E.|enlaceautor= |año=1992|título=Doctors Must Not Kill|publicación=3(2)|volumen=3 |idioma=|isbn=|ubicación= |editorial=Journal of Clinical Ethics|issn= |url=http://hdl.handle.net/10822/740823 |fechaacceso=}} | ||
* {{cita libro |apellido1=Serrano Ruiz-Calderón |nombre1=José Miguel |enlaceautor= |título=Eutanasia y Vida Dependiente |url= |fechaacceso= |idioma=Español |otros= |edición= |año=2001|editor= |editorial=EUNSA |ubicación=Pamplona |isbn=9788484690115 |capítulo= |páginas=|cita=}} | * {{cita libro |apellido1=Serrano Ruiz-Calderón |nombre1=José Miguel |enlaceautor= |título=Eutanasia y Vida Dependiente |url= |fechaacceso= |idioma=Español |otros= |edición= |año=2001|editor= |editorial=EUNSA |ubicación=Pamplona |isbn=9788484690115 |capítulo= |páginas=|cita=}} | ||
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