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[[Archivo:Europa.png|miniaturadeimagen|El 1 de enero de 2012, tras la reorganización de los órganos intergubernamentales en el Consejo de Europa, el Comité de Bioética (DH-BIO) asumió las responsabilidades del Comité Directivo de Bioética (CDBI).<ref name=":0">{{Cita web|url=https://www.coe.int/t/dg3/healthbioethic/cdbi/|título=Consejo Europeo}}</ref>]] | |||
La [[Que es la Bioética (definición)|bioética]] ha sido una de las áreas prioritarias para el '''Consejo de Europa''', institución reconocida por su papel como garante de los [[derechos humanos]] en los 40 países que la integran. Su involucramiento en el ámbito bioético responde naturalmente a la estrecha relación entre los derechos humanos y sociales y la necesidad de proteger a las personas frente a los avances biomédicos. Por ello, tras la proclamación de la Convención Europea de Derechos Humanos en los años 50 y de la Carta Social Europea en la década siguiente, tanto el Comité de Ministros como la Asamblea Parlamentaria impulsaron una activa agenda enfocada en el desarrollo ético del derecho a la salud. | |||
En 2012, el [https://www.coe.int/en/web/bioethics/dh-bio Comité de Bioética (DH-BIO)] asumió las responsabilidades del CDBI derivadas del Convenio de Oviedo y se le encargaron también las tareas intergubernamentales para la protección de los derechos humanos en el ámbito de la Biomedicina. En este último aspecto, se le configuró como un órgano subordinado del Comité Director de Derechos Humanos (CDDH). Las tareas derivadas del Convenio de Oviedo las desarrolla bajo la autoridad del Comité de Ministros. | Aunque breve, el conjunto de documentos bioéticos emitidos por el Consejo es altamente significativo. El '''Comité de Ministros''' ha elaborado normas para armonizar las leyes nacionales en temas como la privacidad y seguridad de datos personales, los [[Trasplante de órganos|trasplantes]], la protección jurídica de personas con trastornos mentales, la [[ingeniería genética]] y el uso del ADN recombinante. | ||
Por su parte, la Asamblea Parlamentaria ha aprobado resoluciones sobre los '''derechos de los pacientes y personas en etapa terminal''', además de emitir recomendaciones clave sobre la ingeniería genética, el uso de embriones y fetos humanos con fines médicos, científicos o comerciales, la investigación con embriones y la relación entre biotecnología<ref>{{Cita publicación|url=https://www.coe.int/fr/web/common-european-framework-reference-languages/recommendations|título=Recommandations adoptées par le Comité des | |||
Ministres et l’Assemblée parlementaire du Conseil de l’Europe sur les problèmes de bioéthique|fecha=1989|publicación=Direction des affaires juridiques|fechaacceso=24 de octubre de 2022}}</ref> y salud mental. | |||
Uno de los hitos más relevantes fue la creación en 1985 del Comité de Bioética, primero como '''CAHBI''' (Comité ad hoc de Bioética), y posteriormente renombrado como '''CDBI''' (Comité Director para la Bioética). Este órgano, conformado por representantes designados por los gobiernos miembros, lideró la elaboración de la '''Convención sobre los Derechos Humanos y la Biomedicina''', más conocida como '''Convención de Bioética'''<ref>{{Cita publicación|url=https://www.coe.int/en/web/bioethics/oviedo-convention|título=Oviedo Convention and its Protocols|fecha=1997|publicación=Bull Med Ethics|fechaacceso=24 de octubre de 2022}}</ref>, adoptada en 1996 y presentada oficialmente en Oviedo, España, el 4 de abril de 1997. Esta convención, abierta también a países ajenos al Consejo de Europa, establece un marco legal para proteger la [[dignidad humana]] frente a los usos de la biología y la medicina. | |||
El proceso de redacción de la Convención reflejó las tensiones propias de unir ética, derecho y política. Sus versiones preliminares muestran las dificultades para alcanzar consensos amplios, y por razones políticas, el texto final fue limitado a un contenido básico, dejando fuera temas sensibles. No obstante, se prevé que su alcance se amplíe gradualmente mediante '''protocolos adicionales''' dedicados a cuestiones como la [[reproducción asistida]], la investigación en embriones, el estudio del [[genoma humano]] y los trasplantes. | |||
Las actividades del Consejo de Europa<ref>{{Cita web|url=https://www.coe.int/en/web/portal/home|título=Consejo de Europa}}</ref> en materia de [[Bioética (definición)|Bioética]] se iniciaron en los años 80 del s. XX. En 1985, se constituyó el Comité ad hoc<ref>{{Cita publicación|url=https://www.un.org/securitycouncil/es/content/repertoire/standing-and-ad-hoc-committees|título=Comités permanentes y comités especiales|apellidos=|nombre=|fecha=|publicación=Consejo de Europa|fechaacceso=10 de septiembre de 2020|doi=|pmid=}}</ref> de expertos sobre el '''progreso de las ciencias biomédicas''' (CAHBI), al que se encomendaron, bajo la autoridad directa del Comité de Ministros, las actividades intergubernamentales del Consejo de Europa en el ámbito de la Bioética. En 1992, se transformó en el Comité Director de Bioética (CDBI). | |||
En 2012, el [https://www.coe.int/en/web/bioethics/dh-bio Comité de Bioética (DH-BIO)] asumió las responsabilidades del CDBI derivadas del Convenio de Oviedo y se le encargaron también las tareas intergubernamentales para la '''protección de los [[derechos humanos]] en el ámbito de la Biomedicina'''. En este último aspecto, se le configuró como un órgano subordinado del Comité Director de Derechos Humanos (CDDH)<ref name=":1">{{Cita publicación|url=https://rm.coe.int/1680307e6d|título=Guía para los Miembros de los Comités | |||
de Ética de Investigación|apellidos=El Comité Director de la Bioética|nombre=|fecha=3 de diciembre de 2010|publicación=Consejo de Europa|fechaacceso=10 de septiembre de 2020|doi=|pmid=}}</ref>. Las tareas derivadas del Convenio de Oviedo las desarrolla bajo la autoridad del Comité de Ministros. | |||
En particular, las competencias del Comité de Bioética son: | En particular, las competencias del Comité de Bioética son: | ||
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* Contribuir a crear conciencia y a facilitar la aplicación de estos principios. | * Contribuir a crear conciencia y a facilitar la aplicación de estos principios. | ||
* Evaluar los desafíos éticos y legales planteados por los desarrollos en el campo biomédico. | * Evaluar los desafíos éticos y legales planteados por los desarrollos en el campo biomédico. | ||
* Cooperar con la Unión Europea y los organismos intergubernamentales pertinentes, en particular con vistas a promover la coherencia entre los textos normativos. | * Cooperar con la Unión Europea<ref>{{Cita web|url=https://europa.eu/european-union/index_es|título=Unión Europea}}</ref> y los organismos intergubernamentales pertinentes, en particular con vistas a promover la coherencia entre los textos normativos. | ||
* Reevaluar, a intervalos regulares, dentro de los límites de los recursos disponibles y teniendo en cuenta sus prioridades, los instrumentos sobre los cuales tiene competencias e informar de ello al Comité de Ministros. | * Reevaluar, a intervalos regulares, dentro de los límites de los recursos disponibles y teniendo en cuenta sus prioridades, los instrumentos sobre los cuales tiene competencias e informar de ello al Comité de Ministros.<ref name=":1" /> | ||
''' | Las '''principales materias''' abordadas por el Comité de Bioética y sus órganos antecesores son: | ||
* Biobancos. | |||
* Investigación biomédica. | |||
* Protección del [[embrión]] y del feto, incluyendo la [[Clonación humana|clonación]]. | |||
* Tecnologías emergentes. | |||
* [[Sedación paliativa|Tratamientos médicos en el contexto del final de la vida]]. | |||
* Pruebas genéticas. | |||
* Debate público. | |||
* Psiquiatría. | |||
* [[Trasplante de órganos|Trasplantes]]. | |||
La labor del CAHBI, del CDBI y del Comité de Bioética ha conducido a la adopción de varias Recomendaciones del Comité de Ministros y a la adopción del Convenio de Oviedo sobre Biomedicina y Derechos Humanos, el primer tratado internacional en esta materia, y sus cinco Protocolos Adicionales. | == Preparación de textos normativos == | ||
[[Archivo:Documentos y libros.jpg|miniaturadeimagen|En 1985, el Comité ad hoc de expertos en bioética (CAHBI), creado bajo la autoridad directa del Comité de Ministros, era responsable de las actividades intergubernamentales del Consejo de Europa en el campo de la bioética. En 1992, se convirtió en el Comité Directivo de Bioética (CDBI).<ref name=":0" />]] | |||
La labor del CAHBI, del CDBI y del Comité de Bioética ha conducido a la adopción de varias Recomendaciones del Comité de Ministros y a la adopción del Convenio de Oviedo sobre Biomedicina y Derechos Humanos<ref>{{Cita web|url=https://www.un.org/es/sections/issues-depth/human-rights/index.html|título=Derechos humanos}}</ref>, el primer tratado internacional en esta materia, y sus cinco Protocolos Adicionales. | |||
* El Convenio para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la Biología y la Medicina (CETS 164), conocido habitualmente como Convenio sobre los Derechos Humanos y la Biomedicina o Convenio de Oviedo, fue adoptado en esta ciudad asturiana el 4 de abril de 1997. Entró en vigor el 1 de diciembre de 1999. | * El Convenio para la protección de los derechos humanos y la [[Dignidad humana|dignidad]] del ser humano con respecto a las aplicaciones de la Biología y la Medicina (CETS 164), conocido habitualmente como Convenio sobre los Derechos Humanos y la Biomedicina o [[Convenio de Oviedo]], fue adoptado en esta ciudad asturiana el 4 de abril de 1997. Entró en vigor el 1 de diciembre de 1999. | ||
* El Protocolo adicional relativo a la prohibición de clonar seres humanos (CETS 168), abierto a la firma en París el 7 de enero de 1998 y entrado en vigor 1 de marzo de 2001. | * El Protocolo adicional relativo a la prohibición de [[Clonación humana|clonar seres humanos]] (CETS 168), abierto a la firma en París el 7 de enero de 1998 y entrado en vigor 1 de marzo de 2001. | ||
* El Protocolo adicional sobre el trasplante de órganos y tejidos de origen humano (CETS 186), abierto a la firma en Estrasburgo el 24 de enero de 2002 y entrado en vigor el 1 de mayo de 2006. | * El Protocolo adicional sobre el [[trasplante de órganos]] y tejidos de origen humano (CETS 186), abierto a la firma en Estrasburgo el 24 de enero de 2002 y entrado en vigor el 1 de mayo de 2006. | ||
* El Protocolo adicional sobre investigación biomédica (CETS 195), adoptado en Estrasburgo, el 30 de junio de 2004, abierto a la firma el 25 de enero de 2005 y entrado en vigor el 1 de septiembre de 2007. | * El Protocolo adicional sobre investigación biomédica (CETS 195), adoptado en Estrasburgo, el 30 de junio de 2004, abierto a la firma el 25 de enero de 2005 y entrado en vigor el 1 de septiembre de 2007. | ||
* El Protocolo adicional sobre pruebas genéticas con fines médicos (CETS 203), abierto a la firma en Estrasburgo el 27 de septiembre de 2008 y que entró en vigor el 1 de julio de 2018. | * El Protocolo adicional sobre pruebas genéticas con fines médicos (CETS 203), abierto a la firma en Estrasburgo el 27 de septiembre de 2008 y que entró en vigor el 1 de julio de 2018. | ||
En la actualidad, el Comité de Bioética está trabajando sobre un proyecto de Protocolo adicional sobre la protección de los derechos humanos y la dignidad de las personas con trastornos mentales con respecto al ingreso involuntario y el tratamiento involuntario. | En la actualidad, el Comité de Bioética está trabajando sobre un proyecto de Protocolo adicional sobre la protección de los [[derechos humanos]] y la [[Dignidad humana|dignidad]] de las personas con trastornos mentales con respecto al ingreso involuntario y el tratamiento involuntario. | ||
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* [[Comités de Bioética]] | |||
* [[Comités de ética]] | |||
== Referencias == | |||
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Revisión actual del 02:03 8 sep 2025
La bioética ha sido una de las áreas prioritarias para el Consejo de Europa, institución reconocida por su papel como garante de los derechos humanos en los 40 países que la integran. Su involucramiento en el ámbito bioético responde naturalmente a la estrecha relación entre los derechos humanos y sociales y la necesidad de proteger a las personas frente a los avances biomédicos. Por ello, tras la proclamación de la Convención Europea de Derechos Humanos en los años 50 y de la Carta Social Europea en la década siguiente, tanto el Comité de Ministros como la Asamblea Parlamentaria impulsaron una activa agenda enfocada en el desarrollo ético del derecho a la salud.
Aunque breve, el conjunto de documentos bioéticos emitidos por el Consejo es altamente significativo. El Comité de Ministros ha elaborado normas para armonizar las leyes nacionales en temas como la privacidad y seguridad de datos personales, los trasplantes, la protección jurídica de personas con trastornos mentales, la ingeniería genética y el uso del ADN recombinante.
Por su parte, la Asamblea Parlamentaria ha aprobado resoluciones sobre los derechos de los pacientes y personas en etapa terminal, además de emitir recomendaciones clave sobre la ingeniería genética, el uso de embriones y fetos humanos con fines médicos, científicos o comerciales, la investigación con embriones y la relación entre biotecnología[2] y salud mental.
Uno de los hitos más relevantes fue la creación en 1985 del Comité de Bioética, primero como CAHBI (Comité ad hoc de Bioética), y posteriormente renombrado como CDBI (Comité Director para la Bioética). Este órgano, conformado por representantes designados por los gobiernos miembros, lideró la elaboración de la Convención sobre los Derechos Humanos y la Biomedicina, más conocida como Convención de Bioética[3], adoptada en 1996 y presentada oficialmente en Oviedo, España, el 4 de abril de 1997. Esta convención, abierta también a países ajenos al Consejo de Europa, establece un marco legal para proteger la dignidad humana frente a los usos de la biología y la medicina.
El proceso de redacción de la Convención reflejó las tensiones propias de unir ética, derecho y política. Sus versiones preliminares muestran las dificultades para alcanzar consensos amplios, y por razones políticas, el texto final fue limitado a un contenido básico, dejando fuera temas sensibles. No obstante, se prevé que su alcance se amplíe gradualmente mediante protocolos adicionales dedicados a cuestiones como la reproducción asistida, la investigación en embriones, el estudio del genoma humano y los trasplantes.
Las actividades del Consejo de Europa[4] en materia de Bioética se iniciaron en los años 80 del s. XX. En 1985, se constituyó el Comité ad hoc[5] de expertos sobre el progreso de las ciencias biomédicas (CAHBI), al que se encomendaron, bajo la autoridad directa del Comité de Ministros, las actividades intergubernamentales del Consejo de Europa en el ámbito de la Bioética. En 1992, se transformó en el Comité Director de Bioética (CDBI).
En 2012, el Comité de Bioética (DH-BIO) asumió las responsabilidades del CDBI derivadas del Convenio de Oviedo y se le encargaron también las tareas intergubernamentales para la protección de los derechos humanos en el ámbito de la Biomedicina. En este último aspecto, se le configuró como un órgano subordinado del Comité Director de Derechos Humanos (CDDH)[6]. Las tareas derivadas del Convenio de Oviedo las desarrolla bajo la autoridad del Comité de Ministros.
En particular, las competencias del Comité de Bioética son:
- Examinar regularmente a los Estados, en los términos previstos en el Convenio de Oviedo y sus Protocolos Adicionales.
- Desarrollar los principios establecidos en el Convenio de Oviedo, según corresponda, teniendo en cuenta la jurisprudencia pertinente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
- Contribuir a crear conciencia y a facilitar la aplicación de estos principios.
- Evaluar los desafíos éticos y legales planteados por los desarrollos en el campo biomédico.
- Cooperar con la Unión Europea[7] y los organismos intergubernamentales pertinentes, en particular con vistas a promover la coherencia entre los textos normativos.
- Reevaluar, a intervalos regulares, dentro de los límites de los recursos disponibles y teniendo en cuenta sus prioridades, los instrumentos sobre los cuales tiene competencias e informar de ello al Comité de Ministros.[6]
Las principales materias abordadas por el Comité de Bioética y sus órganos antecesores son:
- Biobancos.
- Investigación biomédica.
- Protección del embrión y del feto, incluyendo la clonación.
- Tecnologías emergentes.
- Tratamientos médicos en el contexto del final de la vida.
- Pruebas genéticas.
- Debate público.
- Psiquiatría.
- Trasplantes.
Preparación de textos normativos[editar | editar código]
La labor del CAHBI, del CDBI y del Comité de Bioética ha conducido a la adopción de varias Recomendaciones del Comité de Ministros y a la adopción del Convenio de Oviedo sobre Biomedicina y Derechos Humanos[8], el primer tratado internacional en esta materia, y sus cinco Protocolos Adicionales.
- El Convenio para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la Biología y la Medicina (CETS 164), conocido habitualmente como Convenio sobre los Derechos Humanos y la Biomedicina o Convenio de Oviedo, fue adoptado en esta ciudad asturiana el 4 de abril de 1997. Entró en vigor el 1 de diciembre de 1999.
- El Protocolo adicional relativo a la prohibición de clonar seres humanos (CETS 168), abierto a la firma en París el 7 de enero de 1998 y entrado en vigor 1 de marzo de 2001.
- El Protocolo adicional sobre el trasplante de órganos y tejidos de origen humano (CETS 186), abierto a la firma en Estrasburgo el 24 de enero de 2002 y entrado en vigor el 1 de mayo de 2006.
- El Protocolo adicional sobre investigación biomédica (CETS 195), adoptado en Estrasburgo, el 30 de junio de 2004, abierto a la firma el 25 de enero de 2005 y entrado en vigor el 1 de septiembre de 2007.
- El Protocolo adicional sobre pruebas genéticas con fines médicos (CETS 203), abierto a la firma en Estrasburgo el 27 de septiembre de 2008 y que entró en vigor el 1 de julio de 2018.
En la actualidad, el Comité de Bioética está trabajando sobre un proyecto de Protocolo adicional sobre la protección de los derechos humanos y la dignidad de las personas con trastornos mentales con respecto al ingreso involuntario y el tratamiento involuntario.
Otras voces[editar | editar código]
Referencias[editar | editar código]
- ↑ 1,0 1,1 «Consejo Europeo».
- ↑ «Recommandations adoptées par le Comité des Ministres et l’Assemblée parlementaire du Conseil de l’Europe sur les problèmes de bioéthique». Direction des affaires juridiques. 1989. Consultado el 24 de octubre de 2022.
- ↑ «Oviedo Convention and its Protocols». Bull Med Ethics. 1997. Consultado el 24 de octubre de 2022.
- ↑ «Consejo de Europa».
- ↑ «Comités permanentes y comités especiales». Consejo de Europa. Consultado el 10 de septiembre de 2020.
- ↑ 6,0 6,1 El Comité Director de la Bioética (3 de diciembre de 2010). «Guía para los Miembros de los Comités de Ética de Investigación». Consejo de Europa. Consultado el 10 de septiembre de 2020.
- ↑ «Unión Europea».
- ↑ «Derechos humanos».