Acupuntura
La Acupuntura es una práctica médica no convencional. Una técnica terapéutica de carácter invasivo que precisa de un previo diagnóstico, preferentemente por escrito, según los postulados de la medicina tradicional china, el cual sólo puede ser realizado por un médico que, con visión integradora en la medicina occidental, juzgue que es el tratamiento más adecuado o complementario para un paciente concreto[1].
Se entiende, por una parte, la inserción de agujas delgadas, sólidas, metálicas, a través de la piel en los puntos correspondientes, para la prevención o tratamiento de la enfermedad, y por otra, también puede incluir acupresión, electroacupuntura, acupuntura con láser, moxibustión (aplicación local y focalizada de calor en los puntos de acupuntura usando una sustancia combustible pulverizada y comprimida) y aplicación de ventosas, que son técnicas terapéuticas relacionadas con la Medicina Tradicional China.
En este sentido, la acupuntura es un método terapéutico que tiene por base tres principios:
1) Principio de Diagnóstico: por el cual, aplicando la teoría de la materia médica en medicina tradicional china, con su terminología específica, se llega a un diagnóstico para la aplicación de un principio terapéutico.
2) Principio Terapéutico: por el que se aplican diferentes técnicas terapéuticas poniendo en marcha una serie de sistemas tendiendo a la curación y reequilibrio de los mismos.
3) Principio Preventivo: el diagnóstico de la medicina tradicional china ayuda por medio del adecuado análisis clínico a proporcionar una serie de medidas preventivas, recomendaciones dietéticas, etc. con el fin de prevenir la enfermedad.
De los tres principios anteriores se desprende que la Acupuntura es una práctica médica, ya que requiere un diagnóstico previo a la instauración del principio terapéutico que marcará la técnica a utilizar, la prescripción de puntos y el modo de manipulación, o las técnicas necesarias para prevenir la enfermedad en cada paciente concreto.
La acupuntura es un acto médico ya que se reserva sólo a los médicos la utilización de los mismos aunque se puede autorizar a otro personal sanitario aplicar las prescripciones del médico que practica la acupuntura en lo referente a la acupresión, moxibustión, ventosas o auriculoterapia.
En cuanto al principio bioético de justicia, la Organización Mundial de la Salud (OMS) propone que corresponde al Gobierno de la Nación la regulación de la práctica y docencia de la Acupuntura, con el previo asesoramiento de la Organización Médica Colegial. Los bienes jurídicos en juego, tanto públicos como privados, exigen un control de la práctica y una regulación de la formación por parte del Estado, teniendo en cuenta los criterios del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos.
HISTORIA[2]
El nacimiento de la acupuntura se encuentra indefectiblemente ligado a la cultura y tradición chinas; el período de esplendor de su medicina tradicional corresponde al de la dinastía Han (de 206 a.C. a 220 d.C.), cuyo conjunto territorial se extendía a 9 millones de km, dimensión que se dobla si se valora el marco de influencia cultural de China. En el siglo IV, con la llegada de la dinastía Yamato en Japón y la intensificación de las comunicaciones de este país con Corea, se impone progresivamente la Medicina Tradicional China (MTC) en el archipiélago japonés.
En estos países (China, Japón y Corea), la acupuntura está oficialmente reconocida por los gobiernos, aceptada por el público general y utilizada ampliamente en los sistemas de salud públicos. Respecto a la introducción de la acupuntura en Occidente, es a través de los jesuitas, quienes estuvieron en Japón en el siglo XVII, como llega a Europa.
Actualmente su uso sigue una progresión creciente; los servicios nacionales de salud de Alemania, Francia, Bélgica, Reino Unido y Suiza reembolsan los tratamientos por acupuntura.
La posición de la Organización Mundial de la Salud (OMS) respecto al uso de la acupuntura se manifiesta en 1979 con la celebración de un simposio en Beijing en el que se identifica un listado de indicaciones para su aplicación.
En 2003 publica una revisión de ensayos clínicos controlados sobre acupuntura, con el objetivo de fortalecer y promocionar la práctica de su uso en los sistemas sanitarios de todo el mundo.
La OMS propone que sean los gobiernos nacionales quienes regulen la práctica y docencia de la acupuntura con el asesoramiento de la Organización Médica Colegial.
En España, la primera referencia sobre la aplicación de la práctica médica china data de la primera mitad del siglo XX, con la publicación de un libro del médico José Ninot Ferrán. En los años sesenta se crea la Sociedad Española de Acupuntura, que organiza los primeros cursos sobre el tema en Madrid. En 1984 se crean las Secciones Colegiales de Médicos Acupuntores en los Colegios de Médicos de Sevilla y Madrid. En la actualidad hay varias universidades españolas que ofrecen formación de posgrado.
En lo concerniente a la implantación de la acupuntura en el sistema sanitario público español es la provincia de Sevilla la que destaca como pionera, creándose en 1984 la Clínica del Dolor del Hospital Universitario Virgen del Rocío, que incluía la acupuntura entre sus tratamientos y, en el ámbito de la atención primaria, el inicio de la prestación de esta técnica en 1987 es en un centro de salud para la población de Dos Hermanas, asistencias que continúan en la actualidad. Posteriormente, el uso de la acupuntura en el sistema sanitario público fue extendiéndose al resto de provincias.
ASPECTOS DEONTOLOGICOS Y PROFESIONALES
Según la Declaración de la Comisión Central de Deontología de la OMC sobre la ética de la práctica de la Acupuntura[3]
Creación: Comisión Central de Deontología de la Organización Médica Colegial Española
Fuente: Organización Médica Colegial Española
Lengua original: Español
Aprobación: Asamblea General del día 4 de octubre de 2004.
Publicación: Documentos Especiales OMC, diciembre 2004.
Comprobado el 11 de mayo de 2005
Dentro de los aspectos Deontológicos y Profesionales habría que tener en cuenta en la práctica de la acupuntura y para atender a la ética con las personas:
1. El médico que practica la Acupuntura está sujeto en todo a lo indicado en el Código de Ética y Deontología Médica. Dada la peculiaridad de esta técnica terapéutica y de los actuales sistemas docentes, es necesario matizar y determinar algunos aspectos particulares que requieren especial atención.
2. El Código de Ética y Deontología Médica de 1999 deja claro en su art. 21.2 la obligación del médico que practica la acupuntura de informar a los pacientes de la necesidad de no abandonar el tratamiento fundamental caso de que lo hubiere. Igualmente, deberá mantener al día sus conocimientos sobre los mecanismos de acción de la Acupuntura que se vayan descubriendo para integrarlos con los de la medicina occidental convencional (artículo 18 del CEDM).
3. El médico no utilizará ninguna de las técnicas de la medicina tradicional china en las que no esté suficientemente entrenado. El enfermo que se somete a esta modalidad de tratamiento debe tener la seguridad de que es tratado por un conocedor de la patología médica, que aplicará estas técnicas desde un diagnóstico diferencial preciso; además, debe tener la garantía de que el que las aplica las conoce y se ha sometido al mismo control exigido para la práctica médica convencional.
4. Cuando un paciente requiere otra indicación terapéutica clara se le debe comunicar y remitirlo al especialista correspondiente. Proporcionar falsas esperanzas, alargar sin justificación un tratamiento o indicar el abandono de otros tratamientos útiles para el paciente son acciones éticamente reprobables.
5. Antes de iniciar un tratamiento debe obtener el Consentimiento Informado del paciente, preferentemente por escrito. En concreto, se debe informar con claridad al paciente sobre las peculiaridades de la técnica o técnicas que se vayan a emplear, número de sesiones previstas, beneficios esperados y evolución probable. También se deben comentar los efectos adversos que pueden producirse según las características propias del paciente y la posibilidad de que el tratamiento pueda exacerbar algún síntoma al inicio del mismo.
6. Teniendo en cuenta el bien superior del paciente, el médico que practica la Acupuntura siempre debe cooperar en todo lo posible con el médico de atención primaria o el especialista que atienden habitualmente la salud del paciente. Puede suceder que algunos pacientes no deseen que su médico de cabecera sepa que está siendo tratado con técnicas médicas no convencionales; se debe respetar su deseo de confidencialidad, aunque es prudente animarle a que se lo comunique, ya que el tratamiento con Acupuntura puede reducir o cambiar las necesidades de fármacos.
7. La publicidad de un médico que practica la acupuntura se regirá por las normas deontológicas generales que la rigen; ha de ser objetiva, prudente y veraz, sin ánimo de comparación con otros profesionales sanitarios, especialmente teniendo en cuenta que, en la actualidad, la acupuntura es objeto de un intrusismo intenso, que utiliza una publicidad engañosa.
TERAPIA
La Acupuntura se asocia a la terapia ligada con dolor en el aparato locomotor.
-Afecciones o trastornos del desarrollo del sistema osteomuscular.
-Patología traumática de extremidades[4] y raquis.
-Patología degenerativa y tumoral del sistema esquelético.
-Trastornos neurológicos de la motilidad y la marcha.
-Deficiencias de coordinación y fortaleza de la musculatura.
Actualmente también se utiliza para paliar el dolor dental o mandibular[5], a las nauseas y vómitos en enfermos de cáncer y postoperatorio, cuando hay migrañas y cefaleas.
- ↑ Llopis, C. (2009). «Entrevista al Dr. Miquel Sanchis, director de la Unitat de Acupuntura del Hospital de Santa Pau i Santa Tecla de Tarragona.». Journal of Traditional Chinese Medicine:= El Pulso de la vida, (59), 49-51.
- ↑ Fernández, E. G., Figueres, C. L., & Ramos, M. M. (2013). «Instauración de un programa de acupuntura en un hospital del sistema público de salud.». Revista Internacional de Acupuntura, 7(3), 72-77.
- ↑ https://www.cgcom.es/noticias/2004/10/04_10_02_asamblea
- ↑
- ↑ Do Nascimento, L. P., Da Silva, P. T., Berretta, F., De Freitas, M. S., Kuntze, M., Peláez, A. N., ... & Porporatti, A. L. (2018). «Uso de la acupuntura en el tratamiento de la disfunción temporomandibular: informe de un caso clínico.». Revista Internacional de Acupuntura, 12(3), 69-73.