Edición de «Biojurídica»

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'''Fallece:''' 6 de septiembre de 2001.
'''Fallece:''' 6 de septiembre de 2001.
Fue un bioquímico estadounidense, investigador y profesor de oncología en el Laboratorio McArdle de Investigaciones sobre Cáncer de la Universidad de Wisconsin-Madison durante más de 50 años.]]
Fue un bioquímico estadounidense, investigador y profesor de oncología en el Laboratorio McArdle de Investigaciones sobre Cáncer de la Universidad de Wisconsin-Madison durante más de 50 años.]]
La '''[[Historia de la Bioética]]''' puede percibirse en dos grandes etapas: antes de [[Historia de la Bioética#Van Rensselaer Potter .28onc.C3.B3logo.29|Potter]] y después de Potter.
La '''[[Historia de la Bioética]]''' puede percibirse en dos grandes etapas: antes de [[Historia de la Bioética#Van Rensselaer Potter .28onc.C3.B3logo.29|Potter]] y después de Potter.
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Ante tales retos que evidencia la cultura de la actualidad, se llega a creer que la respuesta no debe ser pretender retornos al pasado cuya grandeza sólo se podrían caricaturizar, sino tener el coraje de aprovechar las bases que él brinda para construir nuevos modelos culturales, que desearían desarrollar de cierto modo como un nuevo humanismo, no repitiendo el que acompañó al Renacimiento, sino en el sentido de una afirmación última de la plenitud de la vida.
Ante tales retos que evidencia la cultura de la actualidad, se llega a creer que la respuesta no debe ser pretender retornos al pasado cuya grandeza sólo se podrían caricaturizar, sino tener el coraje de aprovechar las bases que él brinda para construir nuevos modelos culturales, que desearían desarrollar de cierto modo como un nuevo humanismo, no repitiendo el que acompañó al Renacimiento, sino en el sentido de una afirmación última de la plenitud de la vida.
== La ley moral natural ==
La observación de la '''Naturaleza''' muestra un '''orden''' '''gobernado''' por una serie de '''leyes''', que se complementan y rigen tanto al microcosmos como al macrocosmos, que resulta inexplicable sin aceptar una inteligencia y un poder superior al humano. ''Cosmos'' significa:
* Orden.
* Coherencia.
* Criterio ordenador al que todos los seres se orientan y al que toda la Naturaleza está sometido.
En la conciencia colectiva de la humanidad el Derecho aparece como instrumento regulador de las relaciones de los hombres con los otros hombres, en el seno de la sociedad. Ha tenido una presencia constante la idea de que por encima del Derecho de los hombres hay una '''justicia''' '''superior''' fundada en un orden divino, racional, inteligible para el hombre.
Heráclito de Éfeso<ref>{{Cita publicación|url=https://www.biografiasyvidas.com/biografia/h/heraclito.htm|título=Heráclito|apellidos=Ruiza|nombre=M.|apellidos2=Fernández|nombre2=T.|fecha=2004|publicación=Biografías y Vidas|fechaacceso=14 de mayo de 2020|ubicación=Barcelona|doi=|pmid=|apellidos3=Tamaro|nombre3=E.}}</ref>, el filósofo presocrático griego, lo concibe como ''logos'' divino que no solo rige el universo, sino que también se transfunde en las leyes humanas: la legislación cósmica se expresa en el Derecho natural para el respeto y fundamento del Derecho de los hombres. He aquí cómo se expresa: ‘(...) ''Todas las leyes humanas están nutridas por una sola, la divina; pues tiene tanto poder cuanto quiere y basta para todo e incluso sobra''”<ref name=":1">{{Cita libro|apellidos=Kirk|nombre=G.S|enlaceautor=|título=Los Filósofos Presocráticos|url=|fechaacceso=|año=1987|editorial=Gredos|isbn=|editor=|ubicación=Madrid|página=164|idioma=|capítulo=|apellidos2=Raven|nombre2=J.E|apellidos3=Schofield|nombre3=M.}}</ref>. El descubrimiento de normas objetivas de moralidad coincide en una cultura tan lejana a la nuestra como es la china. Así, Confucio expresa en la ''Regla de Oro: “'''No hagas con los demás lo que no quieras que hagan contigo'''''”<ref>''Anales de Confucio,'' XV, 23</ref>.
Por otra parte, Parménides de Elea, en textos recogidos de Diógenes Laercio, Sexto Empírico y de Simplicio, declara que se aparta del Derecho de los hombres para “escuchar el espíritu del Derecho y la Justicia” en el ''Fragmento 1'' -de su poema- y en boca de la diosa dice: “''Oh joven, compañero de inmortales aurigas, que llegas a nuestra morada con las yeguas que te transportan, salve, pues'' ''no es mal hado el que te impulsó a seguir este camino'', que está fuera del trillado '''sendero''' de los '''hombres''', sino ''el '''Derecho''' y la '''justicia'''''”<ref name=":1" />.
En la misma línea, Anaximandro indica, según testimonio de Simplicio, que hay una '''Justicia''' '''cósmica''' -''Diké''- que gobierna el mundo y hace que las partes se correspondan unas con otras<ref name=":1" />.
En el año 456 a.C. Sófocles, en su tragedia ''Antígona'', se refiere al tirano Creonte cuando le pregunta a la joven cómo había osado transgredir un edicto que ordenaba que nadie hiciera lo que ella había hecho (dar sepultura y exequias a su hermano). Antígona '''apela''' a unas '''leyes''' anteriores a todo '''escrito''' e '''inmutables''': “''Leyes divinas que no están vigentes solo desde hoy ni desde ayer, sino permanentemente y en toda ocasión, y no hay quien sepa en qué fecha aparecieron''”<ref>{{Cita libro|apellidos=Sófocles|nombre=|enlaceautor=|título=Tragedias Completas|url=|fechaacceso=|año=2001|editorial=Cátedra|isbn=9788437605074|editor=|ubicación=Madrid|página=162|idioma=|capítulo=}}</ref>.
La ''República'' de Platón destaca un orden jurídico trascendente con validez necesaria y función paradigmática<ref>{{Cita publicación|url=|título=República|apellidos=Platón|nombre=|fecha=1992|publicación=|fechaacceso=|ubicación=Madrid|página=328 - 337|doi=|pmid=}}</ref>. La distinción de Aristóteles entre lo “justo natural”, y lo “justo civil o legal”<ref>{{Cita libro|apellidos=Aristóteles|nombre=|enlaceautor=|título=Ética Nicomáquea|url=|fechaacceso=|año=1985|editorial=|isbn=|editor=|ubicación=Madrid|página=254 - 255|idioma=|capítulo=}}</ref>, ha ejercido una gran influencia en toda la Edad Media e incluso en la Modernidad. Posteriormente, la concepción de los estoicos, con su teoría de un '''Derecho''' natural '''fundado''' en la '''razón''' que '''rige''' el '''Universo''', subraya el concepto de dignidad  humana y una comunidad de todos los hombres libres e iguales<ref>{{Cita libro|apellidos=Séneca|nombre=|enlaceautor=|título=Epístolas Morales a Lucilio|url=|fechaacceso=|año=1994|editorial=Gredos|isbn=|editor=|ubicación=Madrid|edición=IV|página=173|idioma=|capítulo=}}</ref>. Estas teorías que actuaron en el Derecho privado romano se transmitieron por los ''Digestos'', Cicerón y los estoicos latinos pasando, en gran medida, a la filosofía patrística y escolástica.
La idea del ''logos'' se convierte en ley eterna, orden total del Universo, de la razón, y de la voluntad divina de Dios que manda la conservación de ese orden. La ley natural se manifiesta, habitualmente, con carácter normativo en la conciencia individual. Los preceptos del '''Derecho''' '''natural''' no solo están de acuerdo con la '''naturaleza''' '''humana''' -puesto que de ella emanan-, sino que se encaminan al mejor '''desarrollo''' de sus '''operaciones''' '''propias'''.
Epicteto, siglo I, enuncia el primer principio de la Ley natural: “'''''Hay que hacer el bien y evitar el mal'''”''<ref>{{Cita libro|apellidos=Arriano|nombre=Flavio|enlaceautor=|título=Manual de Epicteto|url=|fechaacceso=|año=|editorial=|isbn=|editor=|ubicación=|edición=IV|página=30|idioma=|capítulo=}}</ref>, de donde se derivan los derechos y deberes para que efectivamente pueda hacerse el bien y evitarse el mal. Para este filósofo estoico una vida feliz y una vida virtuosa son lo mismo. La felicidad y la plenitud personal son las consecuencias naturales de hacer lo que es correcto.
Entre los romanos, Cicerón decía: “''Es absurdo pensar que es justo todo lo '''determinado''' por las '''costumbres''' y las '''leyes''' de los '''pueblos''' (...). ¿Acaso también si son leyes de tiranos? Hay un único Derecho que mantiene unida la comunidad de todos los hombres, y está constituido por una sola ley, la cual es el criterio justo que impera o prohíbe (…) Pensar que depende de la opinión de cada uno y no de la naturaleza, es como de locos''”<ref>Cicerón. ''De Legibus'', XXI, 17</ref>. En ''La República'', continúa Cicerón “(...) ''hay una ley verdadera, recta razón con forme con la naturaleza, presente en todos, constante, sempiterna, la cual llama al deber mandando y desvía del engaño''”<ref>Cicerón. ''De República'' III, 2</ref>.
Los mejores juristas de la época clásica romana son de opiniones similares.<blockquote>Gayo, siglo II, en las ''Instituta'', afirma: “''La ley civil corrompe o altera los derechos civiles, pero no los derechos naturales''”. Paulo, siglo III, en su obra ''Ad Sabinum'', dejó constancia de su pensamiento al afirmar que “''la palabra ‘derecho’ se emplea en varias acepciones: una, cuando se llama '''Derecho''' a lo que siempre es '''justo''' y '''bueno''', como el '''Derecho''' '''natural'''''”<ref>''Digesto'', I,1,II</ref>. </blockquote>A lo largo de la historia se observa un redescubrimiento constante de la '''ley''' '''moral''' '''natural''' como '''fundamento''' del '''Derecho''' de los '''hombres'''. Unas veces como Derecho natural no escrito; otras, como el caso del jurista holandés Hugo Grocio<ref>{{Cita publicación|url=https://www.biografiasyvidas.com/biografia/g/grocio.htm|título=Hugo Grocio|apellidos=Ruiza|nombre=M.|apellidos2=Fernández|nombre2=T.|fecha=2004|publicación=Biografías y Vidas|fechaacceso=14 de mayo de 2020|doi=|pmid=|apellidos3=Tamaro|nombre3=E.}}</ref> que afirma que existe realmente un Derecho natural inmutable cuyo único fundamento es la razón, independiente de toda fe religiosa. La Escuela Clásica del Derecho Natural (Grocio, Pufendorf, Tomasio, etc.) significa un intento de construir un sistema de normas universales fundadas en la naturaleza humana cognoscibles por la razón, y obligatorias, aunque no hubiese Dios. La conciencia crítica individual reclama sus fueros, desligándose de autoridades y jerarquías, para constituirse en suprema instancia de la conducta: La tradición pierde sentido y debe ceder ante la razón y las construcciones del intelecto. Esto es lo que, en su intención, y en mucho mayor grado todavía se observa en los sistemas de Rousseau y de Kant. Con Hugo Grocio empieza a extenderse la Escuela del Derecho Natural. Otros filósofos se refieren a un sentido que, a diferencia de los sentidos naturales, percibe y diferencia el bien y el mal, lo coherente y lo absurdo, lo verdadero y lo falso por estar dotado para captar el orden del universo: El sentido común, que Thomas Reid (1710-1796), pensador escocés, fundador de la escuela de filosofía escocesa también llamada del sentido común. ''An Inquiry on the Humann Mind on the Principles of Common Sense'', publicado en 1774, recupera fundando la Escuela Escocesa del sentido común.
El Derecho natural se niega, tan solo, en algunos momentos escépticos de la antigüedad.
* El pensamiento de los sofistas rechaza todo criterio válido de justificación.
* Pirrón suspende todo juicio, tanto teorético como práctico.
* En el Renacimiento con Charron y con Montaigne se instauran la duda escéptica.
* Finalmente, en el segundo tercio del siglo XIX, al advenir las corrientes naturalistas ('''materialismo''', '''evolucionismo''', etc.) por una parte.
* El '''positivismo''' por otra, se niega a la Filosofía.
[[Archivo:Ley y libros.jpg|miniaturadeimagen|Los valores éticos y los principios legales, por lo general, están estrechamente relacionados, pero es usual que las obligaciones éticas excedan los deberes éticos. <ref name=":2">{{Cita publicación|url=https://www.bioeticaweb.com/declaracion-de-la-amm-sobre-la-relacion-entre-el-derecho-y-la-etica/|título=Declaración sobre la relación entre el Derecho y la Ética|apellidos=Asociación Médica Mundial (AMM)|nombre=|fecha=27 de noviembre de 2019|publicación=BioeticaWeb|fechaacceso=10 de septiembre de 2020|doi=|pmid=}}</ref>]]
A finales del siglo XIX se produjo una crisis del Derecho natural causado por el auge del positivismo. Esta ideología rechaza toda “'''contaminación''' '''extrajurídica'''” del Derecho emanado del Estado; no admite juicios de valor ético o político y considera que la ciencia jurídica tiene por objeto, únicamente, el conocimiento del conjunto de normas que constituyen el Derecho vigente o positivo. Para este conocimiento el jurista ha de usar y desarrollar un sistema de conceptos y una ordenación sistemática de los datos que encuentre en la ley. El Derecho, entendido como sistema de normas, y nada más que esto, ha de ser su tema de estudio. La actitud “positivista” se abstrae de los juicios de valor. Kelsen parte de que el análisis del Derecho debe hacerse con independencia de todo juicio de valor ético-político y de toda referencia a la realidad social en la que actúa. Hacia el año 1880 empieza a entrar en crisis el positivismo; y a finales del siglo XIX ya se acentúa vertiginosamente su caducidad. Un proceso análogo sucede con las corrientes naturalistas (materialismo, evolucionismo …). A partir de Stammler y Gény el pensamiento jurídico resurge, después de la purga escéptica que significó el positivismo, con más fuerza y más depurado. Contribuyen el jurista francés Charmont, el norteamericano Haines, el italiano Olgiati, los españoles Castán, Legaz Lacambra y Sánchez de la Torre, entre otros.
Conviene señalar que la jurisprudencia de los tribunales, incluso durante el apogeo del positivismo, en la segunda mitad del siglo XIX, ha expresado la convicción de que hay principios estimativos para lo jurídico, a los que se ha referido bajo las expresiones de:
* “El espíritu de justicia”.
* “Las exigencias éticas”.
* “La equidad”.
* “La naturaleza de las cosas”.
* “El correcto razonamiento”, etc<ref>{{Cita libro|apellidos=Siches|nombre=Recaséns|enlaceautor=|título=Filosofía del Derecho|url=|fechaacceso=|año=1961|editorial=Porrua|isbn=|editor=|ubicación=México|página=374|idioma=|capítulo=}}</ref>.
A juicio de Recasens''',''' la Revolución Francesa fue magna apoteosis de la fe en el Derecho natural, de la que derivaron los movimientos constitucionales del siglo pasado. A este respecto, la ''Declaración de Independencia de los Estados Unidos de Norteamérica''<ref>{{Cita publicación|url=https://www.muyhistoria.es/contemporanea/fotos/fotos-independencia-estados-unidos/fotos-momento-declaracion-2926|título=La Independencia de Estados Unidos|apellidos=Delgado|nombre=Daniel|fecha=|publicación=MuyInteresante|fechaacceso=14 de mayo de 2020|doi=|pmid=}}</ref> habla de “'''''las leyes de la naturaleza y de Dios, rector de la naturaleza'''''”. En el Preámbulo de la ''Declaración Francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano'' de 1789<ref>{{Cita publicación|url=https://es.wikipedia.org/wiki/Declaraci%C3%B3n_de_los_Derechos_del_Hombre_y_del_Ciudadano|título=Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano|apellidos=|nombre=|fecha=|publicación=Wikipedia|fechaacceso=14 de mayo de 2020|doi=|pmid=}}</ref> se menciona el olvido o el desprecio de los derechos del hombre como únicas causas de los males públicos y de la corrupción de los gobiernos por lo que han resuelto exponer los derechos naturales, inalienables y sagrados del hombre. En el mismo sentido la ''Declaración Francesa de 1893'', la ''Carta de las Naciones Unidas'' de 1945<ref>{{Cita libro|apellidos=|nombre=|enlaceautor=|título=Carta de las Naciones Unidas|url=https://www.un.org/es/charter-united-nations/|fechaacceso=14 de mayo de 2020|año=26 de junio de 1945|editorial=Naciones Unidas|isbn=|editor=|ubicación=San Francisco|página=|idioma=|capítulo=}}</ref>, la ''Constitución Italiana'' de 1946<ref>{{Cita libro|apellidos=|nombre=|enlaceautor=|título=Constitución de la República italiana aprobada el 21 de diciembre de 1947|url=http://www.ub.edu/ciudadania/hipertexto/evolucion/textos/ci1947.html|fechaacceso=14 de mayo de 2020|año=|editorial=Universidad de Barcelona|isbn=|editor=|ubicación=|página=|idioma=|capítulo=}}</ref>, la ''Constitución de la República Francesa'' del 27 de octubre de 1946<ref>{{Cita libro|apellidos=|nombre=|enlaceautor=|título=Preámbulo de la Constitución francesa de 27 de octubre de 1946|url=https://www.conseil-constitutionnel.fr/sites/default/files/as/root/bank_mm/espagnol/es_preambulo_27octubre1946.pdf|fechaacceso=14 de mayo de 2020|año=|editorial=conseil-constitutionnel|isbn=|editor=|ubicación=|página=|idioma=|capítulo=}}</ref>, la ''Ley Fundamental de la República Federal Alemana'' de 23 de mayo de 1949<ref>{{Cita libro|apellidos=Unger|nombre=Mark|enlaceautor=|título=Sesenta años de la ley fundamental alemana - de un provisorio con una larga vida|url=https://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-52002009000200012|fechaacceso=14 de mayo de 2020|año=2009|editorial=Estudios constitucionales|isbn=|doi=10.4067/S0718-52002009000200012|editor=|ubicación=|página=301 - 316|idioma=|capítulo=}}</ref>.


== Las leyes ==
== Las leyes ==
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== Los nuevos derechos ==
== Los nuevos derechos ==
La aplicación de los descubrimientos biotecnológicos ([[Fecundación in vitro|fecundación “in vitro”]], terapia génica en la línea germinal, xenotrasplantes, etc.) muestra a los seres humanos la necesidad de que los ordenamientos jurídicos reconozcan, y protejan, nuevos derechos tanto del individuo como de la especie humana. El derecho a la identidad personal que caracteriza al hombre, único, irrepetible e insustituible, engendrado por sus progenitores y no producto de la manipulación del científico en el laboratorio, se deriva de la [[dignidad]] de la persona por su condición superior que le hace inviolable e intangible, y por el respeto debido a su libertad que tiene, también, una dimensión temporal. El '''hombre''' tiene '''derecho''' a ser el '''fruto''' de su '''propio''' '''destino'''.  
La aplicación de los descubrimientos biotecnológicos ([[Fecundación in vitro|fecundación “in vitro”]], terapia génica en la línea germinal, xenotrasplantes, etc.) muestra a los seres humanos la necesidad de que los ordenamientos jurídicos reconozcan, y protejan, nuevos derechos tanto del individuo como de la especie humana. El derecho a la identidad personal que caracteriza al hombre, único, irrepetible e insustituible, engendrado por sus progenitores y no producto de la manipulación del científico en el laboratorio, se deriva de la [[dignidad]] de la persona por su condición superior que le hace inviolable e intangible, y por el respeto debido a su libertad que tiene, también, una dimensión temporal. El '''hombre''' tiene '''derecho''' a ser el '''fruto''' de su '''propio''' '''destino'''.  
[[Archivo:Servicios-despachos-de-abogados.jpg|miniaturadeimagen|Cuando la legislación y la ética médica se encuentran en conflicto, los médicos deben tratar de hacer cambiar la legislación.<ref name=":2">{{Cita publicación|url=https://www.bioeticaweb.com/declaracion-de-la-amm-sobre-la-relacion-entre-el-derecho-y-la-etica/|título=Declaración sobre la relación entre el Derecho y la Ética|apellidos=Asociación Médica Mundial (AMM)|nombre=|fecha=27 de noviembre de 2019|publicación=BioeticaWeb|fechaacceso=10 de septiembre de 2020|doi=|pmid=}}</ref>]]
[[Archivo:Servicios-despachos-de-abogados.jpg|miniaturadeimagen|Cuando la legislación y la ética médica se encuentran en conflicto, los médicos deben tratar de hacer cambiar la legislación.<ref name=":2" />]]
Del mismo árbol procede el derecho de la persona a conocer sus raíces biológicas e históricas. Este elemento es necesario para establecer la '''identidad''' '''personal''' a partir de la identidad filogenética, que se quiebra en el hijo que ha sido engendrado con gametos de donante anónimo, o que se desarrolla en el útero de una mujer, que lleva el embarazo a término pero que no es la generante del óvulo.
Del mismo árbol procede el derecho de la persona a conocer sus raíces biológicas e históricas. Este elemento es necesario para establecer la '''identidad''' '''personal''' a partir de la identidad filogenética, que se quiebra en el hijo que ha sido engendrado con gametos de donante anónimo, o que se desarrolla en el útero de una mujer, que lleva el embarazo a término pero que no es la generante del óvulo.


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