Edición de «Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA)»
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== La sedación como tratamiento paliativo == | == La sedación como tratamiento paliativo. Síntomas refractarios y de difícil control == | ||
La [[sedación]] es una técnica ampliamente conocida y utilizada cotidianamente, en el ámbito clínico, para '''evitar el dolor y las molestias''' propias de la realización de determinadas pruebas o técnicas médicas. Consiste en la administración de una combinación de fármacos que disminuyen, hasta anular, la consciencia del paciente, y, por tanto, la percepción de [[dolor]]. | La [[sedación]] es una técnica ampliamente conocida y utilizada cotidianamente, en el ámbito clínico, para '''evitar el dolor y las molestias''' propias de la realización de determinadas pruebas o técnicas médicas. Consiste en la administración de una combinación de fármacos que disminuyen, hasta anular, la consciencia del paciente, y, por tanto, la percepción de [[dolor]]. | ||
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Los pacientes de esclerosis lateral amiotrófica '''muy tempranamente conscientes de su situación clínica y la evolución''' esperable de la misma, lo que supone que son conscientes de la necesidad, ineludible, de tomar decisiones de gran calado personal. Al fin y al cabo, tienen presente la necesidad de gestionar su [[vida]] en esta situación sobrevenida. | Los pacientes de esclerosis lateral amiotrófica '''muy tempranamente conscientes de su situación clínica y la evolución''' esperable de la misma, lo que supone que son conscientes de la necesidad, ineludible, de tomar decisiones de gran calado personal. Al fin y al cabo, tienen presente la necesidad de gestionar su [[vida]] en esta situación sobrevenida. | ||
[[Archivo:Fisioterapia.jpg|miniaturadeimagen|Para el control de los síntomas, se administran fármacos anticolinérgicos junto a tratamientos de terapia física.]] | [[Archivo:Fisioterapia.jpg|miniaturadeimagen|Para el control de los síntomas, se administran fármacos anticolinérgicos junto a tratamientos de terapia física.]] | ||
En estas condiciones es de suma importancia y utilidad la puesta en marcha de un proceso de Planificación Anticipada de Decisiones (PDA). El PDA es un proceso voluntario de comunicación y deliberación entre una persona capaz y los profesionales sanitarios implicados en su atención, acerca de los '''valores, deseos y preferencias que quiere que se tengan en cuenta''' respecto a la atención sanitaria que recibirá como paciente, fundamentalmente en los últimos días de su vida. Este proceso puede concretarse, o no, en un | En estas condiciones es de suma importancia y utilidad la puesta en marcha de un proceso de Planificación Anticipada de Decisiones (PDA). El PDA es un proceso voluntario de comunicación y deliberación entre una persona capaz y los profesionales sanitarios implicados en su atención, acerca de los '''valores, deseos y preferencias que quiere que se tengan en cuenta''' respecto a la atención sanitaria que recibirá como paciente, fundamentalmente en los últimos días de su vida. Este proceso puede concretarse, o no, en un Documento de Voluntades Anticipadas (DVA). | ||
En el caso de los pacientes con ELA, la decisión crucial será si, cuando la función de la musculatura torácica fracase y | En el caso de los pacientes con ELA, la decisión crucial será si, cuando la función de la musculatura torácica fracase y no sea posible mantener una ventilación espontánea suficiente para llevar a cabo las funciones vitales, el paciente acepta o rechaza la instauración de sistemas de ventilación mecánicos no invasivos. Sabiendo que su instauración supondrá que '''no podrá prescindir ya de estos medios''' de soporte el resto de su vida. | ||
La ELA no afecta en la mayoría de los casos al discernimiento ni a la capacidad de autogestión. '''El paciente es autónomo para rechazar o no, los tratamientos''' administrados incluso la aceptación para participar en ensayos clínicos, siempre y cuando, tenga la información suficiente y necesaria con la mayor claridad y calidad posible. | La ELA no afecta en la mayoría de los casos al discernimiento ni a la capacidad de autogestión. '''El paciente es autónomo para rechazar o no, los tratamientos''' administrados incluso la aceptación para participar en ensayos clínicos, siempre y cuando, tenga la información suficiente y necesaria con la mayor claridad y calidad posible. | ||
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En ningún caso la sedación previa a la muerte natural puede considerarse [[eutanasia]] ni [[suicidio asistido]], pues la '''intención''' es aliviar el sufrimiento y '''no provocar la [[muerte]]'''. | En ningún caso la sedación previa a la muerte natural puede considerarse [[eutanasia]] ni [[suicidio asistido]], pues la '''intención''' es aliviar el sufrimiento y '''no provocar la [[muerte]]'''. | ||
Algunos de los órganos de los pacientes con ELA son susceptibles a trasplante, es lícito, si el paciente así lo ha registrado en su | Algunos de los órganos de los pacientes con ELA son susceptibles a trasplante, es lícito, si el paciente así lo ha registrado en su documento de voluntades anticipadas (DVA), inmediatamente tras la muerte clínica del paciente '''extraer los órganos para dicha finalidad'''. | ||
En resumen, en pacientes con ELA en fase avanzada, donde la dificultad respiratoria es ya incontrolable y la única opción posible es la ventilación asistida, sería posible rechazar esta medida, instaurándose una sedación hasta la muerte natural. Posteriormente, tras la muerte clínica, '''no hay ninguna objeción ética a la [[Trasplante de órganos|extracción de los órganos]]''' viables para trasplante, siempre y cuando, el paciente haya estado bien informado y asesorado de las consecuencias de su decisión, de las medidas alternativas, y haya expresado su deseo de donar sus órganos viables para trasplante. En estas circunstancias, esta actitud [[Médico|médica]] no tendría objeción moral ni legal alguna. | En resumen, en pacientes con ELA en fase avanzada, donde la dificultad respiratoria es ya incontrolable y la única opción posible es la ventilación asistida, sería posible rechazar esta medida, instaurándose una sedación hasta la muerte natural. Posteriormente, tras la muerte clínica, '''no hay ninguna objeción ética a la [[Trasplante de órganos|extracción de los órganos]]''' viables para trasplante, siempre y cuando, el paciente haya estado bien informado y asesorado de las consecuencias de su decisión, de las medidas alternativas, y haya expresado su deseo de donar sus órganos viables para trasplante. En estas circunstancias, esta actitud [[Médico|médica]] no tendría objeción moral ni legal alguna. | ||
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* {{cita publicación |apellidos1=Cerdá |nombre1=Germán ||apellidos2=Ventura |nombre2=Ignacio |año=21 de diciembre de 2020 |título=Valoración bioética de la sedación hasta la muerte en pacientes con ELA |publicación=Observatorio de Bioética UCV |volumen= |número= |páginas= |ubicación=España |editorial= |issn= |url=https://www.observatoriobioetica.org/2020/12/valoracion-bioetica-de-la-sedacion-hasta-la-muerte-en-pacientes-con-ela/34806 |fechaacceso=23 de enero de 2021}} | * {{cita publicación |apellidos1=Cerdá |nombre1=Germán ||apellidos2=Ventura |nombre2=Ignacio |año=21 de diciembre de 2020 |título=Valoración bioética de la sedación hasta la muerte en pacientes con ELA |publicación=Observatorio de Bioética UCV |volumen= |número= |páginas= |ubicación=España |editorial= |issn= |url=https://www.observatoriobioetica.org/2020/12/valoracion-bioetica-de-la-sedacion-hasta-la-muerte-en-pacientes-con-ela/34806 |fechaacceso=23 de enero de 2021}} | ||