Edición de «Informe Warnock»

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'''Fallecimiento:''' 20 de marzo de 2019, Savernake Forest, Reino Unido.
'''Fallecimiento:''' 20 de marzo de 2019, Savernake Forest, Reino Unido.
Es conocida por sus trabajos sobre campos como la moralidad y la educación humana, así como sobre el existencialismo. Warnock ha sido profesora en Oxford, donde estudió, así como en Cambridge o Londres. Ha colaborado en diversas iniciativas públicas relacionadas con la educación y la ética en Reino Unido.|alt=Mary Warnock]]
El ''Informe Warnock'' (''Report of the Committee of Enquiry into Human Fertilisation and Embryology'')<ref>{{Cita web|url=https://www.bioeticaweb.com/wp-content/uploads/2016/05/Warnock_Report_of_the_Committee_of_Inquiry_into_Human_Fertilisation_and_Embryology_1984.pdf|título=Report of the Committee of Inquiry into Human Fertilisation and Embriology|fechaacceso=13 junio 2020}}</ref> es un estudio ético-jurídico sobre las '''técnicas de reproducción asistida''', y el posible '''uso de [[Embrión|embriones humanos]]''' para la '''investigación'''. Fue redactado por una comisión de expertos, a instancias del Parlamento inglés. Dicha comisión, dirigida por Mary Warnock, comenzó su trabajo en 1982 y dos años más tarde, en julio de 1984, publicó este ''Informe''.


Dicho estudio encuentra su motivación en la necesidad de legislar sobre una materia nueva, las técnicas de [[Reproducción asistida|reproducción humana asistida]], que suscitaba no pocos interrogantes en la opinión pública.  
Es conocida por sus trabajos sobre campos como la moralidad y la educación humana, así como sobre el existencialismo. Warnock ha sido profesora en Oxford, donde estudió, así como en Cambridge o Londres. Ha colaborado en diversas iniciativas públicas relacionadas con la educación y la ética en Reino Unido.]]
El ''Informe Warnock'' (''Report of the Committee of Enquiry into Human Fertilisation and Embryology'') es un estudio ético-jurídico sobre las '''técnicas de reproducción asistida''', y el posible '''uso de embriones humanos''' para la '''investigación'''. Fue redactado por una comisión de expertos, a instancias del Parlamento inglés. Dicha comisión, dirigida por Mary Warnock, comenzó su trabajo en 1982 y dos años más tarde, en julio de 1984, publicó este ''Informe''.  


Desde '''1978''', año del nacimiento de '''Louis Brown, la primera niña “probeta'''”, la investigación sobre estas técnicas se difundía a gran velocidad, y los parlamentarios ingleses se veían totalmente faltos de preparación para afrontar el estudio de sus posibles repercusiones en el ámbito legislativo. Se trataba de valorar:
Dicho estudio encuentra su motivación en la necesidad de legislar sobre una materia nueva, las técnicas de [[Reproducción asistida|reproducción humana asistida]], que suscitaba no pocos interrogantes en la opinión pública. Desde 1978, año del nacimiento de Louis Brown, la primera niña “probeta”, la investigación sobre estas técnicas se difundía a gran velocidad, y los parlamentarios ingleses se veían totalmente faltos de preparación para afrontar el estudio de sus posibles repercusiones en el ámbito legislativo. Se trataba de valorar:
* En primer lugar, la necesidad de '''dar unas leyes específicas''' sobre la materia.
* En primer lugar, la necesidad de '''dar unas leyes específicas''' sobre la materia.
* Y determinar, en un segundo momento, los '''límites que los investigadores''', y los médicos en general, tendrían que respetar.  
* Y determinar, en un segundo momento, los '''límites que los investigadores''', y los médicos en general, tendrían que respetar.  
El primer resultado legislativo del ''Informe'' fue la '''prohibición''' de la [[Maternidad subrogada|'''maternidad subrogada''']], en 1985; sin embargo, la ley que regula toda la materia referida a la [[fecundación artificial]] (''Human Fertilisation and Embryology Act'') no llegó hasta 1990.  
El primer resultado legislativo del ''Informe'' fue la '''prohibición''' de la [[Maternidad subrogada|'''maternidad subrogada''']], en 1985; sin embargo, la ley que regula toda la materia referida a la [[fecundación artificial]] (''Human Fertilisation and Embryology Act'') no llegó hasta 1990.  


Este ''Informe'' tuvo una gran influencia tanto en el Parlamento inglés como en el ámbito jurídico de muchos otros países. Mientras que en 1984 la mayoría de las personas en ambas Cámaras eran contrarias a las indicaciones dadas por el ''Informe Warnock'', la '''ley aprobada en 1990 contenía sustancialmente todas sus recomendaciones'''. Años más tarde, la comisión que tuvo la tarea de estudiar la posible modificación de la ley, para abrir el campo de investigación a las células troncales de origen embrionario (Informe Donaldson)<ref>{{Cita web|url=https://www.psi.uba.ar/academica/carrerasdegrado/psicologia/sitios_catedras/obligatorias/723_etica2/material/normativas/informe_donaldson-ingles.pdf|título=Stem Cell Research: Medical Progress with Responsibility|fechaacceso=13 junio 2020}}</ref>, basó también sus conclusiones éticas y jurídicas sobre el ''Informe Warnock''.  
Este ''Informe'' tuvo una gran influencia tanto en el Parlamento inglés como en el ámbito jurídico de muchos otros países. Mientras que en 1984 la mayoría de las personas en ambas Cámaras eran contrarias a las indicaciones dadas por el ''Informe Warnock'', la '''ley aprobada en 1990 contenía sustancialmente todas sus recomendaciones'''. Años más tarde, la comisión que tuvo la tarea de estudiar la posible modificación de la ley, para abrir el campo de investigación a las células troncales de origen embrionario (Informe Donaldson), basó también sus conclusiones éticas y jurídicas sobre el ''Informe Warnock''.  


En el ámbito internacional es difícil encontrar un documento, posterior a 1984, que trate de estas cuestiones y no haga referencia al informe en estudio. El punto en el que más influencia ha tenido, y que puede encontrarse en la legislación de varios países, se refiere al establecimiento del límite de '''[[14 días]]''', como '''tiempo máximo para mantener embriones humanos ''in vitro''''', y poder utilizarlos en estudios científicos.  
En el ámbito internacional es difícil encontrar un documento, posterior a 1984, que trate de estas cuestiones y no haga referencia al informe en estudio. El punto en el que más influencia ha tenido, y que puede encontrarse en la legislación de varios países, se refiere al establecimiento del límite de '''14 días''', como '''tiempo máximo para mantener embriones humanos ''in vitro''''', y poder utilizarlos en estudios científicos.  


== Contenido del informe ==
== Contenido del informe ==
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Después de plantear el problema de la [[esterilidad]], y el modo en el que deberían organizarse los servicios de atención a las personas que se encuentran en esta circunstancia, en una segunda parte que ocupa el mayor número de capítulos, el ''Informe'' pasa a analizar las diferentes técnicas para el tratamiento de la misma. A continuación se trata de la congelación de gametos y embriones, de los problemas científicos que plantean las técnicas, y del posible '''desarrollo''' '''futuro''' de la '''investigación''' en el campo de la '''reproducción''' '''humana'''.  
Después de plantear el problema de la [[esterilidad]], y el modo en el que deberían organizarse los servicios de atención a las personas que se encuentran en esta circunstancia, en una segunda parte que ocupa el mayor número de capítulos, el ''Informe'' pasa a analizar las diferentes técnicas para el tratamiento de la misma. A continuación se trata de la congelación de gametos y embriones, de los problemas científicos que plantean las técnicas, y del posible '''desarrollo''' '''futuro''' de la '''investigación''' en el campo de la '''reproducción''' '''humana'''.  


Con relación a los aspectos generales del tratamiento de la esterilidad, el ''Informe'' insiste en la importancia de proporcionar una información completa sobre los diferentes procedimientos, de modo que se pueda llegar a un [[Consentimiento informado|consentimiento]] adecuado. Entre otras cosas, recomienda que los donantes de gametos, ajenos a la pareja estéril, permanezcan en el anonimato. Tras estas reflexiones generales, se pasa a '''valorar''' cada una de las '''posibles''' '''técnicas''' y sus '''implicaciones''' '''éticas''' y '''jurídicas'''.  
Con relación a los aspectos generales del tratamiento de la esterilidad, el ''Informe'' insiste en la importancia de proporcionar una información completa sobre los diferentes procedimientos, de modo que se pueda llegar a un consentimiento adecuado. Entre otras cosas, recomienda que los donantes de gametos, ajenos a la pareja estéril, permanezcan en el anonimato. Tras estas reflexiones generales, se pasa a '''valorar''' cada una de las '''posibles''' '''técnicas''' y sus '''implicaciones''' '''éticas''' y '''jurídicas'''.  
 
[[Archivo:Semen-de-donante-para-inseminacion-artificial.png|miniaturadeimagen|La Comisión sugiere que este tipo de inseminación sea oportunamente regulada por la ley, pero sostiene que no se debe prohibir simplemente porque para algunas personas les resulte inaceptable. ]]
=== Inseminación artificial ===
El primer tema de estudio es la [[Inseminación artificial|inseminación artificial,]] ya sea a partir del semen del marido o utilizando semen de un donante. El argumento fundamental contra la primera posibilidad estaría en que con esta técnica se separan los aspectos unitivo y procreador de la relación sexual. La Comisión, por su parte, teniendo en cuenta que la mayoría de los pareceres recibidos son favorables a este tipo de inseminación, no encuentra ninguna objeción moral. Más problemática resulta la valoración ética de la inseminación con donador. En este caso las voces contrarias son más numerosas. La principal objeción es la '''introducción''' de una '''persona''' '''extraña''' a la '''pareja''', que tendría una influencia negativa tanto para los padres como para el niño que naciera de esa técnica. De otro lado, supone un tratamiento que '''da''' a muchos matrimonios la '''posibilidad''' de tener el '''hijo''' tan '''deseado'''. Además, se trata de un procedimiento sencillo e indoloro, que no requiere ningún tipo de cirugía o anestesia.  
El primer tema de estudio es la [[Inseminación artificial|inseminación artificial,]] ya sea a partir del semen del marido o utilizando semen de un donante. El argumento fundamental contra la primera posibilidad estaría en que con esta técnica se separan los aspectos unitivo y procreador de la relación sexual. La Comisión, por su parte, teniendo en cuenta que la mayoría de los pareceres recibidos son favorables a este tipo de inseminación, no encuentra ninguna objeción moral. Más problemática resulta la valoración ética de la inseminación con donador. En este caso las voces contrarias son más numerosas. La principal objeción es la '''introducción''' de una '''persona''' '''extraña''' a la '''pareja''', que tendría una influencia negativa tanto para los padres como para el niño que naciera de esa técnica. De otro lado, supone un tratamiento que '''da''' a muchos matrimonios la '''posibilidad''' de tener el '''hijo''' tan '''deseado'''. Además, se trata de un procedimiento sencillo e indoloro, que no requiere ningún tipo de cirugía o anestesia.  
 
[[Archivo:Fecundacion in vitro.jpg|izquierda|miniaturadeimagen|Consiste en la unión del óvulo con un espermatozoide en el laboratorio –in vitro–, con el fin de obtener embriones de buena calidad que puedan, tras su transferencia al útero materno, dar lugar a un embarazo.<ref>{{Cita web|url=https://ivi.es/tratamientos-reproduccion-asistida/fecundacion-in-vitro/|título=Fecundación In Vitro}}</ref>]]
=== Fecundación in vitro ===
Tras el estudio de la inseminación artificial, se pasa a la valoración de la [[Fecundación in vitro|'''fecundación ''in vitro''''']]. En este caso son más numerosas las objeciones, entre las que se incluyen no solo las consideradas en el párrafo anterior, en relación a la naturaleza de la procreación, sino también otras de corte consecuencialista. Algunos no ven una ilicitud intrínseca en la realización de la técnica, pero encuentran problemática la producción de más embriones de los que podrán desarrollarse. Otros señalan, como objeción, que los costes de estos tratamientos son tan elevados, que no sería posible ofrecer un acceso adecuado y justo a nivel público. A favor de la fecundación ''in vitro'', se aduce que esta técnica es la '''única posibilidad que algunas parejas poseen para poder tener un hijo'''. La Comisión, después de considerar las razones a favor y en contra, recomienda que se regule el modo de realizarla, considerando que se trata de un medio aceptable para superar la esterilidad.  
Tras el estudio de la inseminación artificial, se pasa a la valoración de la [[Fecundación in vitro|'''fecundación ''in vitro''''']]. En este caso son más numerosas las objeciones, entre las que se incluyen no solo las consideradas en el párrafo anterior, en relación a la naturaleza de la procreación, sino también otras de corte consecuencialista. Algunos no ven una ilicitud intrínseca en la realización de la técnica, pero encuentran problemática la producción de más embriones de los que podrán desarrollarse. Otros señalan, como objeción, que los costes de estos tratamientos son tan elevados, que no sería posible ofrecer un acceso adecuado y justo a nivel público. A favor de la fecundación ''in vitro'', se aduce que esta técnica es la '''única posibilidad que algunas parejas poseen para poder tener un hijo'''. La Comisión, después de considerar las razones a favor y en contra, recomienda que se regule el modo de realizarla, considerando que se trata de un medio aceptable para superar la esterilidad.  


=== Donación de óvulos ===
[[Archivo:Donacion-de-gametos-en-gestacion-subrogada.png|miniaturadeimagen|El personal médico recomienda que la técnica del lavado no se realice debido a los riesgos que puede tener en la mujer donante. ]]
El siguiente punto en estudio es la posibilidad de la donación de óvulos. En este caso se añade, a las objeciones sobre la donación de semen, los riesgos para la donante teniendo en cuenta de la necesidad de una intervención quirúrgica. La Comisión nuevamente evalúa los diferentes argumentos, y concluye que, '''después de aceptar la inseminación con donante y la fecundación ''in vitro'', sería ilógico no aceptar la donación de óvulos'''. Un caso en parte similar, y en parte distinto, es el de la donación de embriones. Se contemplan dos posibilidades:  
El siguiente punto en estudio es la posibilidad de la donación de óvulos. En este caso se añade, a las objeciones sobre la donación de semen, los riesgos para la donante teniendo en cuenta de la necesidad de una intervención quirúrgica. La Comisión nuevamente evalúa los diferentes argumentos, y concluye que, '''después de aceptar la inseminación con donante y la fecundación ''in vitro'', sería ilógico no aceptar la donación de óvulos'''. Un caso en parte similar, y en parte distinto, es el de la donación de embriones. Se contemplan dos posibilidades:  
* En la primera, la '''mujer''' '''recibe''' uno o '''varios''' '''embriones''' que proceden de la fecundación ''in vitro'' de gametos que no pertenecen a ninguno de los miembros de la pareja.
* En la primera, la '''mujer''' '''recibe''' uno o '''varios''' '''embriones''' que proceden de la fecundación ''in vitro'' de gametos que no pertenecen a ninguno de los miembros de la pareja.
* En el segundo caso, la donante del óvulo en lugar de someterse a la intervención quirúrgica para la extracción de los óvulos, es '''fecundada''' mediante '''inseminación''' '''artificial''' con el semen del marido de la mujer estéril, o de otro donante. Pocos días después se realiza un lavado uterino del que se toma el embrión o los '''embriones''' '''fecundados''' y se '''transfieren''' al cuerpo de la mujer estéril. La Comisión valora positivamente la primera posibilidad, que en cualquier caso, será poco frecuente.  
* En el segundo caso, la donante del óvulo en lugar de someterse a la intervención quirúrgica para la extracción de los óvulos, es '''fecundada''' mediante '''inseminación''' '''artificial''' con el semen del marido de la mujer estéril, o de otro donante. Pocos días después se realiza un lavado uterino del que se toma el embrión o los '''embriones''' '''fecundados''' y se '''transfieren''' al cuerpo de la mujer estéril. La Comisión valora positivamente la primera posibilidad, que en cualquier caso, será poco frecuente.  
[[Archivo:Vientre en alquiler.jpg|izquierda|miniaturadeimagen|De entre los argumentos que se utilizan destaca la mayor injerencia de una persona extraña a la pareja, respecto al caso de la donación de gametos.]]
El siguiente punto en examen es el embarazo por sustitución, que hoy se conoce habitualmente como “útero de alquiler”. La Comisión reconoce que esta cuestión ha sido la más difícil de afrontar. La opinión pública parece fuertemente contraria a esta posibilidad. Ya que sería contrario a la dignidad de la mujer llevar adelante un embarazo, con todo lo que significaría, por un motivo económico. Con respecto al niño, se habla de los posibles efectos negativos que originaría la unión con la mujer gestante. Entre los argumentos a favor destaca el que ya se ha señalado en otras técnicas: para algunas parejas sería este el único modo de tener un hijo propio (desde el punto de vista genético). Por lo que se refiere a las objeciones en relación a la mujer gestante, se dice que es libre de hacer con su cuerpo lo que considere más adecuado. Y los posibles efectos negativos para el niño están todos por demostrar. Con estas indicaciones, la '''Comisión señala lo problemático de la técnica y recomienda que se prohíba legalmente esta posibilidad.'''


=== Maternidad subrogada ===
El siguiente punto en examen es el embarazo por sustitución, que hoy se conoce habitualmente como “[[Maternidad subrogada|útero de alquiler]]”. La Comisión reconoce que esta cuestión ha sido la más difícil de afrontar. La opinión pública parece fuertemente contraria a esta posibilidad. Ya que sería contrario a la [[dignidad]] de la mujer llevar adelante un [[embarazo]], con todo lo que significaría, por un motivo económico. Con respecto al niño, se habla de los posibles efectos negativos que originaría la unión con la mujer gestante. Entre los argumentos a favor destaca el que ya se ha señalado en otras técnicas: para algunas parejas sería este el único modo de tener un hijo propio (desde el punto de vista genético). Por lo que se refiere a las objeciones en relación a la mujer gestante, se dice que es libre de hacer con su cuerpo lo que considere más adecuado. Y los posibles efectos negativos para el niño están todos por demostrar. Con estas indicaciones, la '''Comisión señala lo problemático de la técnica y recomienda que se prohíba legalmente esta posibilidad.'''
=== Otros temas ===
En cuanto al resto de cuestiones estudiadas por el ''Informe'', hay '''dos''' de '''especial''' '''importancia''':  
En cuanto al resto de cuestiones estudiadas por el ''Informe'', hay '''dos''' de '''especial''' '''importancia''':  
# '''La congelación de gametos y embriones.'''
# '''La congelación de gametos y embriones.'''
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|Por lo que se refiere a los '''embriones''', se recomienda seguir '''utilizando''' los '''procedimientos''' de '''congelación''', aunque se deberían hacer siempre controles después de la descongelación para detectar posibles anomalías.
|Por lo que se refiere a los '''embriones''', se recomienda seguir '''utilizando''' los '''procedimientos''' de '''congelación''', aunque se deberían hacer siempre controles después de la descongelación para detectar posibles anomalías.
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|}
De todas formas, se sugiere poner un '''límite''' de '''diez''' '''años''' al '''almacenamiento''' de '''embriones''' humanos. Pasado ese tiempo el derecho de uso y destinación se trasladaría automáticamente a la autoridad responsable de la custodia. Por último, en relación a la conservación de gametos y [[Embriones sobrantes|embriones para un uso póstumo]], aun presentando lo problemático de esta posibilidad, la Comisión no considera adecuado prohibirla.  
De todas formas, se sugiere poner un '''límite''' de '''diez''' '''años''' al '''almacenamiento''' de '''embriones''' humanos. Pasado ese tiempo el derecho de uso y destinación se trasladaría automáticamente a la autoridad responsable de la custodia. Por último, en relación a la conservación de gametos y embriones para un uso póstumo, aun presentando lo problemático de esta posibilidad, la Comisión no considera adecuado prohibirla.  


Una de las cuestiones que se planteó a la Comisión cuando fue constituida fue la oportunidad de permitir o no el uso de embriones humanos en la investigación científica.  
Una de las cuestiones que se planteó a la Comisión cuando fue constituida fue la oportunidad de permitir o no el uso de embriones humanos en la investigación científica.  
* Por un lado estaban los que '''consideraban''' que el '''embrión''', siendo humano y estando vivo, '''nunca''' podía '''emplearse''' en '''investigación'''.  
* Por un lado estaban los que '''consideraban''' que el '''embrión''', siendo humano y estando vivo, '''nunca''' podía '''emplearse''' en '''investigación'''.  
* Otros consideraban que, aun estando vivos (como también están vivos los gametos), los '''embriones''' '''no son todavía [[Persona|personas]]'''; y por tanto, pueden ser utilizados.  
* Otros consideraban que, aun estando vivos (como también están vivos los gametos), los '''embriones''' '''no son todavía personas'''; y por tanto, pueden ser utilizados.  
Ante esta disparidad de opiniones la Comisión decidió no afrontar el problema ontológico del estatuto del embrión, por considerarlo especialmente complejo; y se limitó a dar respuesta a la pregunta sobre cuál debería ser el modo justo de tratarlo. Tomó una posición intermedia, más aparente que real, entre los dos extremos del debate. Se admitía que el embrión humano merece una cierta protección, y nunca se debería realizar una experimentación con él, si fuera posible hacerla en un modelo animal. Sin embargo, según la ley vigente en el Reino Unido, el embrión humano '''no poseía''' el mismo '''estatuto''' del '''niño''' o del '''adulto'''. Por tanto, en '''determinadas''' '''circunstancias''' debería '''autorizarse''' el '''empleo''' de '''embriones''' humanos en la '''investigación''', tanto de aquellos sobrantes de las técnicas de fecundación asistida, como de embriones creados específicamente para una determinada experimentación. Este examen, que debería ser siempre aprobado por la autoridad competente, tendría una limitación temporal: solo se podrían utilizar los embriones para investigación en los primeros catorce días de desarrollo.  
Ante esta disparidad de opiniones la Comisión decidió no afrontar el problema ontológico del estatuto del embrión, por considerarlo especialmente complejo; y se limitó a dar respuesta a la pregunta sobre cuál debería ser el modo justo de tratarlo. Tomó una posición intermedia, más aparente que real, entre los dos extremos del debate. Se admitía que el embrión humano merece una cierta protección, y nunca se debería realizar una experimentación con él, si fuera posible hacerla en un modelo animal. Sin embargo, según la ley vigente en el Reino Unido, el embrión humano '''no poseía''' el mismo '''estatuto''' del '''niño''' o del '''adulto'''. Por tanto, en '''determinadas''' '''circunstancias''' debería '''autorizarse''' el '''empleo''' de '''embriones''' humanos en la '''investigación''', tanto de aquellos sobrantes de las técnicas de fecundación asistida, como de embriones creados específicamente para una determinada experimentación. Este examen, que debería ser siempre aprobado por la autoridad competente, tendría una limitación temporal: solo se podrían utilizar los embriones para investigación en los primeros catorce días de desarrollo.  


El ''Informe Warnock'' concluye con un resumen de las recomendaciones que ha ido proponiendo a lo largo de sus páginas. De entre ellas la más importante es la que se refiere a la '''constitución''' de un '''ente''' de '''control''', formado por expertos del área científica y por personas de otras disciplinas, que fuera el encargado de vigilar el buen funcionamiento de los servicios de [[reproducción asistida]]; y de autorizar, en cada caso, el comienzo de nuevas técnicas o proyectos de investigación con embriones humanos.
El ''Informe Warnock'' concluye con un resumen de las recomendaciones que ha ido proponiendo a lo largo de sus páginas. De entre ellas la más importante es la que se refiere a la '''constitución''' de un '''ente''' de '''control''', formado por expertos del área científica y por personas de otras disciplinas, que fuera el encargado de vigilar el buen funcionamiento de los servicios de reproducción asistida; y de autorizar, en cada caso, el comienzo de nuevas técnicas o proyectos de investigación con embriones humanos.


== Apunte crítico ==
== Apunte crítico ==
Dada la importancia que el ''Informe Warnock'' ha tenido a nivel internacional, son '''muchos''' los '''comentarios''' y '''valoraciones''' '''críticas''' que ha recibido. Cabe destacar la realizada por el Comité Conjunto del Episcopado Católico de Gran Bretaña sobre Problemas de Bioética, publicado poco tiempo después de la aparición del ''Informe''.  
Dada la importancia que el ''Informe Warnock'' ha tenido a nivel internacional, son '''muchos''' los '''comentarios''' y '''valoraciones''' '''críticas''' que ha recibido. Cabe destacar la realizada por el Comité Conjunto del Episcopado Católico de Gran Bretaña sobre Problemas de Bioética, publicado poco tiempo después de la aparición del ''Informe''.  


La limitación de espacio no permite realizar aquí un juicio exhaustivo de las '''diferentes cuestiones éticas y jurídicas''' que plantea el documento. Estas críticas se deben situar dentro de un marco más amplio que considere, por un lado, la moralidad de las técnicas de reproducción asistida, y por el otro, el tratamiento de los temas morales en ámbito público.  
La limitación de espacio no permite realizar aquí un juicio exhaustivo de las diferentes cuestiones éticas y jurídicas que plantea el documento. Estas críticas se deben situar dentro de un marco más amplio que considere, por un lado, la moralidad de las técnicas de reproducción asistida, y por el otro, el tratamiento de los temas morales en ámbito público.  


Un primer apunte digno de mención, antes de pasar a las cuestiones más de fondo, es la '''falta de acuerdo entre los miembros de la Comisión en algunos de los temas fundamentales''', que han pasado a la opinión pública como parte de un texto unitario. Concretamente, la recomendación que se hace sobre la creación de embriones para uso científico salió adelante por un solo voto (siete de sus miembros eran contrarios a esta posibilidad, de entre los cuales cuatro juzgaban desfavorablemente cualquier tipo de experimentación con embriones humanos). Sin embargo, los puntos más problemáticos no son de este tipo, sino que se refieren, tanto al modo de presentar y resolver los interrogantes morales (lo que podríamos denominar aspectos formales), como a la antropología de base que se descubre en el ''Informe'' (aspectos de contenido).
Un primer apunte digno de mención, antes de pasar a las cuestiones más de fondo, es la '''falta de acuerdo entre los miembros de la Comisión en algunos de los temas fundamentales''', que han pasado a la opinión pública como parte de un texto unitario. Concretamente, la recomendación que se hace sobre la creación de embriones para uso científico salió adelante por un solo voto (siete de sus miembros eran contrarios a esta posibilidad, de entre los cuales cuatro juzgaban desfavorablemente cualquier tipo de experimentación con embriones humanos). Sin embargo, los puntos más problemáticos no son de este tipo, sino que se refieren, tanto al modo de presentar y resolver los interrogantes morales (lo que podríamos denominar aspectos formales), como a la antropología de base que se descubre en el ''Informe'' (aspectos de contenido).
[[Archivo:Baby.jpg|miniaturadeimagen|Un correcto proceder pide que cualquier tercero, donante de gametos para el tratamiento de la infertilidad ha de ser desconocido para la pareja receptora antes, durante y después del tratamiento; igualmente el donante no ha de conocer la identidad de la pareja asistida.<ref>{{Cita publicación|url=https://www.bioeticaweb.com/recomendaciones-de-la-comisiasn-warnock-londres-1984/|título=Informe y Recomendaciones de la Comisión Warnock (Londres, 1984)|apellidos=|nombre=|fecha=24 de febrero de 2004|publicación=BioeticaWeb|fechaacceso=11 de junio de 2020|doi=|pmid=}}</ref>|alt=bebe]]
[[Archivo:Baby.jpg|miniaturadeimagen|Un correcto proceder pide que cualquier tercero, donante de gametos para el tratamiento de la infertilidad ha de ser desconocido para la pareja receptora antes, durante y después del tratamiento; igualmente el donante no ha de conocer la identidad de la pareja asistida.<ref>{{Cita publicación|url=https://www.bioeticaweb.com/recomendaciones-de-la-comisiasn-warnock-londres-1984/|título=Informe y Recomendaciones de la Comisión Warnock (Londres, 1984)|apellidos=|nombre=|fecha=24 de febrero de 2004|publicación=BioeticaWeb|fechaacceso=11 de junio de 2020|doi=|pmid=}}</ref>]]
El modo de estudiar los diferentes problemas morales es fundamentalmente de tipo utilitarista, y por tanto, no exento de problemas. Las cuestiones se analizan desde la perspectiva de las consecuencias. En no pocos casos, una técnica se valora de modo positivo simplemente porque sirve para dar un niño a un matrimonio que de otro modo no podría tenerlo. En estos casos, se reduce la '''valoración moral''' a la '''certificación''' de que la '''intención''' perseguida es '''buena'''.  
El modo de estudiar los diferentes problemas morales es fundamentalmente de tipo utilitarista, y por tanto, no exento de problemas. Las cuestiones se analizan desde la perspectiva de las consecuencias. En no pocos casos, una técnica se valora de modo positivo simplemente porque sirve para dar un niño a un matrimonio que de otro modo no podría tenerlo. En estos casos, se reduce la '''valoración moral''' a la '''certificación''' de que la '''intención''' perseguida es '''buena'''.  


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Por lo que se refiere a las cuestiones de contenido, se advierte una cierta paradoja. De una parte, se dedica '''gran espacio al análisis de cuestiones secundarias''' (no carentes de importancia, pero ciertamente no esenciales), mientras que se dejan prácticamente inexplorados los dos grandes problemas de fondo de la reproducción asistida:  
Por lo que se refiere a las cuestiones de contenido, se advierte una cierta paradoja. De una parte, se dedica '''gran espacio al análisis de cuestiones secundarias''' (no carentes de importancia, pero ciertamente no esenciales), mientras que se dejan prácticamente inexplorados los dos grandes problemas de fondo de la reproducción asistida:  
* La generación de seres humanos fuera de su ámbito propio.
* La generación de seres humanos fuera de su ámbito propio.
* La manipulación de la [[vida humana]] en estado embrional.  
* La manipulación de la vida humana en estado embrional.  
Se habla por extenso del número de días que se pueden mantener en vida los embriones ''in vitro'', del número de años máximo que deberían permanecer congelados, del número de  niños que pueden nacer a partir de los gametos de un mismo donante, etc. Sin embargo, se dedica muy poco espacio a intentar profundizar en lo que supone la reproducción asistida en sí misma. No se considera la trascendencia antropológica de la fractura que supone separar la generación de un nuevo ser personal de un acto de amor, también personal, de los esposos. Se parte de la convicción implícita de un cierto '''''derecho'' al hijo''', lo que supone una derivación inadecuada del '''deseo''' de '''paternidad''' y '''maternidad''' propia de un matrimonio.  
Se habla por extenso del número de días que se pueden mantener en vida los embriones ''in vitro'', del número de años máximo que deberían permanecer congelados, del número de  niños que pueden nacer a partir de los  gametos de un mismo donante, etc. Sin embargo, se dedica muy poco espacio a intentar profundizar en lo que supone la reproducción asistida en sí misma. No se considera la trascendencia antropológica de la fractura que supone separar la generación de un nuevo ser personal de un acto de amor, también personal, de los esposos. Se parte de la convicción implícita de un cierto '''''derecho'' al hijo''', lo que supone una derivación inadecuada del '''deseo''' de '''paternidad''' y '''maternidad''' propia de un matrimonio.  


El segundo punto clave, en relación a las cuestiones de contenido, es la consideración que tiene el ''Informe Warnock'' del embrión humano. '''Llama''' la '''atención''' que '''no se trate''' de '''él hasta el decimoprimer capítulo''', una vez que ya se han resuelto la mayoría de las cuestiones relacionadas con las técnicas de reproducción asistida. Al llegar a este punto se presentan las dos posturas extremas en relación al embrión, para elegir una situación intermedia, aparentemente neutra.  
El segundo punto clave, en relación a las cuestiones de contenido, es la consideración que tiene el ''Informe Warnock'' del embrión humano. '''Llama''' la '''atención''' que '''no se trate''' de '''él hasta el decimoprimer capítulo''', una vez que ya se han resuelto la mayoría de las cuestiones relacionadas con las técnicas de reproducción asistida. Al llegar a este punto se presentan las dos posturas extremas en relación al embrión, para elegir una situación intermedia, aparentemente neutra.  
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== Otras voces ==
== Otras voces ==
* [[Preembrión]]
* [[Maternidad subrogada]]
* [[Embrión]]
* [[Embrión]]
* [[Fecundación artificial]]
* [[Fecundación artificial]]
* [[In vitro]]
* [[In vitro]]
* [[14 días]]


== Texto de referencia ==
== Texto de referencia ==
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== Bibliografía ==
== Bibliografía ==
*{{cita libro |apellido1=Blázquez |nombre1=Niceto |enlaceautor= |título=Bioética fundamental |url= |fechaacceso= |idioma= |otros= |edición= |año=1996|editor= |editorial=BAC |ubicación=Madrid |isbn=84-7914-232-4 |capítulo= 189-197 |páginas=|cita=}}
* {{cita libro |apellido1=Blázquez |nombre1=Niceto  |enlaceautor= |título=Ética de la reproducción humana según el “Warnock Report” |url= |fechaacceso= |idioma= |otros= |edición= |año=1984|editor= |editorial=Studium 3 |ubicación=Madrid |isbn=84-600-3786-X |capítulo= |páginas=391-442|cita=}}
* {{cita libro |apellido1=Episcopado Británico |nombre1= |enlaceautor= |título=Response to the Warnock Report on human fertilization and embryology |url= |fechaacceso= |idioma= |otros= |edición= |año=1985|editor= |editorial= Medicina e Morale|ubicación=Londres  |isbn= |capítulo= |páginas=138-180|cita=}}
* {{cita libro |apellido1=Di Pietro |nombre1=M.L. |enlaceautor= |título=Analisi comparata in materia di fecondazione artificiale |url= |fechaacceso= |idioma= |otros= |edición= |año=1993|editor= |editorial=Medicina e Morale |ubicación= |isbn= |capítulo= |páginas=239-243|cita=}}


== Referencias ==
== Referencias ==
<references />
[[Categoría:Historia de la Bioética]]
[[Categoría:Fecundación artificial]]
{{#seo:|title=Informe Warnock - BioeticaWiki}}
{{#seo:|description=El Informe Warnock es un estudio ético-jurídico sobre las técnicas de reproducción asistida, y el posible uso de embriones humanos para la investigación.}}

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