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Fecundación in Vitro I

     http://robertogerman.blogspot.com.es/2016/04/fecundacion-in-vitro-i.html
     La fecundación in vitro es un tema controvertido, polémico y problemático. No obstante, existe cierta aceptación social de la misma que choca, muchas veces, con la escasa, imprecisa y, en muchos casos, errónea información que posee la gente en general (también a esto contribuyen las empresas dedicadas a ello), pero sobre todo, las parejas que acuden a la misma.

Con todo esto, lo que se quiere decir es que la fecundación in vitro es un tema muy amplio y especializado que tiene gran impacto en la vida de muchas personas, pero que casi nadie (y esto sorprende), ajeno al mundo médico-científico, la conoce con exactitud. Luego, necesitamos profundizar en este tema tan importante para todos.

En otros temas, pero sobre todo en este, hay que dejar a un lado los prejuicios a favor y en contra de la fecundación in vitro y saber en qué consiste.

Hay que advertir que en este artículo no se recogen todas las cuestiones éticas que están en juego en este tema. Ni mucho menos.

De entrada, afirmar con rotundidad dos cosas: primero, no se enjuicia a las personas que acuden a la fecundación in vitro. Se juzga la técnica. Segundo, nadie duda del afecto de los padres por el nuevo hijo que acuden a este tipo de fecundación.

Empecemos. Se denomina FIVET (In Vitro Fertilization Embryo Transfer) o FIV (Fecundación In Vitro) a la técnica que, tomada y adaptada de la veterinaria en los años setenta, empezó a ser aplicada por los médicos para dar descendencia a parejas estériles. Concretamente, en 1978 nació la primera niña concebida por esta técnica. Desde entonces han nacido en el mundo más de 5 millones y medio de personas.

Como se ha dicho, esta técnica se presenta como un tratamiento para curar la esterilidad. Sin embargo, la fecundación in vitro no es, propiamente hablando, un tratamiento para curar la esterilidad, sino un tratamiento sustitutivo, pues con ella no se consigue curarla, sino tener un hijo. Sería necesario, para poder considerarla como tratamiento terapéutico, la restitución de la capacidad generativa de la persona estéril. En efecto, la FIV viene directamente a satisfacer el deseo legítimo de tener un hijo. Sin embargo, lo hacen obviando el problema de la esterilidad.

Lamentablemente, el deseo de ser padres adquiere categoría de derecho absoluto por el que el hijo se convierte en propiedad de esos padres con derecho a él. Pero no existe tal derecho. Justamente, el valor moral del hijo no viene dado por el valor externo, adjudicado por un supuesto “derecho a ser padres” inexistente (en todo caso, será un deseo legítimo, pero no por ello, se convierte en derecho), sino que su valor reside en sí mismo, esto es, por lo que es, por el carácter humano de esa realidad en desarrollo.

Por el contrario, si este deseo adquiere categoría derecho, una vez conseguido este deseo, en muchas ocasiones, los padres pierden la obligación y la responsabilidad por los propios gametos y por los otros embriones que han generado.

Además, junto a la presentación de la FIV como terapia para la infertilidad, se insiste a veces en que la esterilidad implica para la mujer incapacidad de realización personal. La consideración de la esterilidad como enfermedad a superar por todos los medios genera un sufrimiento y una mentalidad en la que lo prioritario es el deseo subjetivo de tener un hijo como requisito de realización personal de la mujer.

Dicho todo esto, ¿en qué consiste la técnica de la fecundación in vitro con transferencia de embriones? Esta consiste esencialmente en la obtención de óvulos mediante la aspiración del contenido de los folículos ováricos. Para ello se realiza una estimulación hormonal a la mujer, y se le aplica altas dosis de hormona de la fertilidad con la finalidad de provocar la maduración simultánea de varios óvulos (hiperestimulación ovárica). La siguiente fase del proceso es la extracción de los óvulos. Extraídos éstos se someten simultáneamente a la fecundación con los espermatozoides, previamente tratados, bien de la pareja (fecundación in vitro homóloga) o de un donante (fecundación in vitro heteróloga). Con este método se generan más óvulos fecundados de los que en un primer intento serán transferidos. En el proceso de obtención de ovocitos se producen (no es lo mismo engendrar que producir) como media unos 6 u 8 embriones humanos por pareja, pero en algunos casos se pueden obtener hasta 20 embriones. Una vez fecundados todos y superada la fase de ocho células, se transfieren exclusivamente 2 o 3 embriones para evitar el riesgo de embarazo múltiple (se seleccionan y transfieren solo los embriones humanos que presentan mejor características, los demás se eliminan. Esta tarea se denomina eufemísticamente “reducción embrionaria”) y “optimizar” el procedimiento, aunque en este momento, debido a que los resultados de embarazos conseguidos son cada vez mejores, se advierte una tendencia a restringir la transferencia de embriones a un máximo de dos. Luego no hace falta la eliminación en el útero materno de uno o varios fetos en el primer trimestre para evitar un embarazo múltiple de alto riesgo. Se descartan (se eliminan) antes de la trasferencia.

En este sentido, la legislación de algunos países insiste no tanto en reducir el número de embriones producidos por ciclo en la FIV, como en el número de los transferidos de forma simultánea a fin de evitar embarazos múltiples (en la naturaleza solo el 2% de los partos son múltiples, en cambio, por FIV el 24%). En efecto, algunas legislaciones autorizan la producción en exceso de embriones, como la española, dando lugar al problema de los embriones “sobrantes”. (Estamos hablando de embriones humanos, no de óvulos o espermatozoides), pero se transfieren al útero de la mujer como mucho tres, quedando el resto de embriones humanos sin utilizar, metiéndolos por tanto para conservarlos en tanques de nitrógeno líquido (congelándolos). Por eso, el debate contemporáneo se concentra en qué hacer con aquellos que están congelados y que se seguirán congelando.

Fecundación in Vitro II

http://robertogerman.blogspot.com.es/2016/04/sigohablando-de-la-fecundacion-in-vitro.htmlSigo hablando de la fecundación in vitro.

A lo dicho anteriormente se añade que los embriones “sobrantes” de FIV, llamados embriones supernumerarios, designan aquellos (seres humanos) que no son transferidos: tras haber alcanzado la implantación exitosa de uno o varios de ellos en el útero de la mujer, los demás se congelan (criopreservan o crioconservan), con el fin de que la pareja sometida al proceso de fecundación in vitro pueda utilizarlos en una ulterior implantación, donarlos a otras parejas (adopción), congelarlos indefinidamente, descongelarlos y “dejarlos morir” (no significa descongelarlos y destruirlos) o “donarlos” para investigación.

La acumulación de embriones “sobrantes” (esta crece progresivamente) da lugar a la creación de bancos de embriones congelados. Se justifica la existencia de estos bancos como medio para evitar los inconvenientes de poner en marcha de nuevo todo el proceso de fecundación in vitro: análisis reiterados, tratamientos hormonales y cuadro de hiperestimulación ovárica, y más todavía si la mujer ya ha sufrido una previa estimulación y un fallo en la implantación de los embriones transferidos, o si el ciclo resultante de la estimulación no ha sido adecuado para proceder con la transferencia del embrión, es decir, se descongelan los embriones “sobrantes” en el caso de que su implantación no haya tenido éxito y, por tanto, no haya habido embarazo.

Por otro lado, con el uso de los embriones congelados se puede realizar una transferencia controlada y disminuir el índice de riesgo de embarazos múltiples.

Ahora bien, cuando se ha conseguido el objetivo de tener uno o dos hijos, o cuando todos los intentos han fracasado, la mayoría de los embriones humanos que fueron congelados quedan abandonados, lo que revela la pérdida de sentido del valor individual de cada ser humano y de la responsabilidad parental respecto de los embriones que han generado que, a efectos prácticos, pasan a ser “material sobrante” de las prácticas de reproducción asistida.

Por otro lado, todo el proceso (tratamiento) dirigido a conseguir óvulos y fecundarlos supone unos gastos económicos elevados. También hay que decir que todo lo relacionado con la sexualidad humana, desgraciadamente, conlleva pingües beneficios para las empresas dedicadas a ello: 450 millones de euros en el 2013. (Dato facilitado por el Gobierno de España en su informe sobre turismo sexual). Aparte de este coste económico, hay que tener en cuenta el alto coste en estrés y frustración para la pareja en el caso de que no haya tenido éxito no solo la fecundación, sino también la implantación y el embarazo.

En el artículo anterior se han puesto las cifras de niños nacidos por FIV. Pero las cifras de hijos perdidos en el camino (vidas humanas en embriones humanos fallidos y repudiados) son más. Se calcula que, desde 1978, en el mundo, por este medio, se han producido y abandonado en congeladores de nitrógeno líquido más de 32 millones de vidas humanas.

Por último, y en esta exposición de carácter general acerca de la fecundación in vitro, es preciso señalar que esta supone un menoscabo de la mujer y de su cuerpo al reducirlos a mero objeto de producción, incluso en los casos en que la causa de esterilidad tenga un origen masculino.

En definitiva, es una técnica (el de la FIV, con una efectividad o garantías de éxito de aproximadamente un 30%) que produce más muerte que vida, pero que existe y va a más por el complejo y extenso entramado de intereses que rodean a todo lo relacionado con la vida y sexualidad humanas.

La Ética de la Investigación Biomédica

Las tecnologías de la biomedicina aplicadas a la vida humana prenatal no sólo tienen inconvenientes de carácter técnico y científico, sino también ético. Hay que subrayar que la reflexión ética está insertada en la ciencia. Tanto es así que toda investigación, como actividad humana, es realizada por personas dotadas de valores sociales y morales relacionados con la comprensión del ser humano y de la propia ciencia que configuran de manera decisiva (como presupuestos) el conjunto de actividades que se denominan comúnmente investigación. Por tanto, la perspectiva de la ética de la investigación en biomedicina y sus aplicaciones comienza en la conciencia del propio investigador. De él depende, en gran parte, aunar la búsqueda de nuevos conocimientos y el cumplimiento de los requisitos éticos propios de la investigación científica. Estos requisitos no son impedimentos en la labor investigadora, sino el cauce necesario para el discurrir de su tarea. Luego, el juicio ético no es extrínseco a la ciencia y a la técnica, al contrario, es intrínseco a las mismas en cuanto actividades humanas. La ciencia, como actividad humana que busca la adquisición de nuevos conocimientos y que tiene al ser humano como sujeto y destinatario de sí misma, es buena. Por eso, el juicio moral negativo no recae en la ciencia en sí misma, sino en el uso y aplicaciones que el ser humano, individual o colectivamente, hace de ella. En este asunto, hay que preguntarse: ¿todo lo técnicamente posible es moralmente aceptable? El imperativo del mal llamado progreso ¿está por encima de cuestiones de tipo ético?, ¿puede hablarse de progreso sin un referente ético? Son preguntas directamente conectadas con la ética de la propia investigación biomédica. Ciertamente, los avances en las ciencias que se ocupan de la vida del ser humano originan problemas éticos a los que se intenta dar una solución “técnica”, ya sea científica o jurídica, pero no ética. En efecto, muchos de los avances en biotecnología se justifican, en la actualidad, en aras de un “progreso científico y tecnológico” al margen de toda ética. Este “progreso científico” y algunas de sus aplicaciones tecnológicas resultan discutibles, pues constituyen una clara amenaza para la vida del ser humano, en la que ésta se convierte en una pieza más del proceso productivo-técnico. Las preguntas en este asunto son: ¿a qué se llama progreso científico?, esta clase de progreso ¿hace progresar al ser humano en humanidad? Solo es posible una ciencia humana si se maneja un concepto de progreso científico y técnico como servicio a la búsqueda de la verdad y al ser humano. Esto es lo propio del científico y de su actividad. En última instancia, una investigación biomédica plenamente humana es aquélla que persigue su bien integral y dignidad, esto es, que busca la verdad al servicio del ser humano. En pocas palabras, en el ámbito de la investigación y aplicación terapéutica en medicina regenerativa, el aumento del conocimiento no puede realizarse a costa del ser humano, sino al servicio del mismo. Sólo así la investigación es una actividad humana repleta de sentido, pues el ser humano no está al servicio de la ciencia, sino al revés. Un progreso científico, así concebido, tendrá límites, no en el sentido de freno o retroceso, sino los límites necesarios que sirvan de cauce a la libertad humana y posibiliten la mejora del ser humano y de la humanidad. Por eso, quien se opone a un “progreso” a cualquier precio no es su enemigo. La idea reduccionista de progreso y de ciencia, por la que la ciencia experimental se convierte en paradigma exclusivo de conocimiento válido y criterio inmediato de acción, no deja lugar para la ética. La ciencia experimental se daría así la medida de su propio límite: el técnico. De este modo, la ética no es ya límite para la ciencia, sino que “ésta” se otorga el papel de juez de la ética. Los papeles del ser humano y la técnica se invierten: el ser humano, sujeto y dueño de sus actos y producciones, pasa a ser un objeto más sometido al poder dominador de la técnica. En este sentido, no puede obviarse que la técnica de obtención de células embrionarias supone la muerte de embriones humanos. Luego, la ética de la investigación en biomedicina y sus aplicaciones también se pregunta por el contenido de la investigación. Tal investigación con embriones humanos no puede arrogarse una pretensión ética, pues no se persigue un fin terapéutico para el embrión humano en cuestión, sino que corre en detrimento suyo. Como tampoco dicha investigación puede escudarse en aras de logros hipotéticamente terapéuticos en bien de una “humanidad” ficticia, pues una investigación no lo es a priori, sino en la medida en que está demostrada su eficacia. Las investigaciones con fines exclusivamente terapéuticos serán aquellas intervenciones concernientes al embrión humano en las que se respeten su vida e integridad, que tengan como fin su curación, mejora de sus condiciones de salud o su supervivencia individual y que no se le exponga a riesgos desproporcionados. El respeto por la vida del embrión humano se convierte así en límite intrínseco a la propia investigación, pues cada uno de los individuos humanos son fines en sí mismos, nunca medios con objeto de procurar la salud a otros. El embrión humano no tiene “valor de uso”, sino que es un ser humano con “valor de fin”, con dignidad. Sólo así el respeto incondicional por la vida del embrión humano se convierte en límite ético de la propia investigación biomédica. Por el contrario, los defensores de la investigación con embriones humanos superan este límite ético negando la realidad individual del embrión humano a través de diversos eufemismos. Con éstos se consigue, en el plano teórico, tal ambigüedad que resulte en la práctica más fácil su uso. En efecto, la justificación para la investigación con embriones humanos viene precedida de diversos eufemismos, que al ocultar de un modo u otro la individualidad del embrión humano, asignan al embrión humano un nuevo estatuto ontológico. A través de la manipulación semántica se llega a la manipulación ontológica y práctica: la realidad ontológica y biológica del embrión humano quedan suspendidas en la ambigüedad que implica que el embrión humano ya no sea un individuo, sino un “preembrión”, un “embrión preimplantatorio”, “embrión no viable”, en definitiva, una realidad pre-humana que no merece la protección jurídica dada a los seres humanos, y por ende, se justifica su uso y muerte, como medio necesario para la curación de enfermedades, esto es, para supuestos fines terapéuticos. En el fondo, no se le considera al embrión humano como un alguien, sino como un algo. Por tanto, el manejo de estos eufemismos no es tan sólo una manipulación semántica, pues con ellos principalmente se falsea y enmascara la realidad de lo que el embrión humano es. De esta manera, el embrión humano, despojado de su individualidad queda en la mayor de las indefensiones, ya que, lejos de respetarlos como individuos humanos se les viene a considerar un material del que se puede disponer y, por ello, rechazarse. “Redenominada” la entidad (al sustituirse al embrión-individuo humano por aquellos términos que consideran al embrión humano como un no individuo) y desaparecida la naturaleza verdadera de la acción (la muerte y el uso del embrión humano), cambia la naturaleza moral de ambas (entidad-no humana y acción-terapéutica), y se legitima así su empleo para una investigación productora y consumidora de seres humanos como material biomédico. Así es, el nombre y el uso de estos eufemismos proceden de un interés práctico ajeno a su realidad ontológica. El interés práctico en investigación con embriones prevalece frente a la realidad humana allí presente. Estos intereses van conformando y dirigen cierta investigación biomédica con los que se promueve, paulatinamente, una actitud de desestimación de la vida humana incipiente. Desde esta perspectiva, es lógico que lleguen a considerar que los embriones humanos sean inferiores en dignidad a los ya nacidos o los adultos. La vida del ser humano deja de ser, de este modo, límite ético y fundamento para una verdadera investigación ética con embriones humanos. Así las cosas, el desarrollo de la tecnología en el campo de la vida humana se pone al servicio de intereses ajenos al propio embrión humano, en concreto, al servicio de la satisfacción de deseos. Desde esta perspectiva, la investigación biomédica no puede sino repercutir decisivamente en la consideración del embrión humano. La vida de éste se reinterpreta en términos de “utilidad biológica”: la vida de un individuo humano no tiene valor por sí misma, sino, en cuanto relativa a algo o alguien. Así la vida humana entra en conflicto como valor ponderable frente a otros valores, especialmente, frente a la libertad individual entendida de forma absoluta e incondicionada. La vida del individuo humano no nacido se convierte en un valor cuantificable y disponible. Desde esta concepción, la elección de los demás valores queda al arbitrio de la libertad individual que posee carácter absoluto. El acto bueno se identifica con el acto libre del que brota el deseo y la valoración. La pura libertad se establece en criterio suficiente de moralidad. Y esto evidentemente es un error. No se puede identificar libertad individual con acto bueno. Por otra parte, no hay que olvidar que la justificación permanente de la investigación con embriones humanos por sus “logros terapéuticos” persigue la introducción de cambios legales que faciliten la investigación en esta área. Pero a su vez, estos cambios legales vienen de algún modo provocados por el papel preponderante que el científico y su método de análisis ha adquirido en el mundo contemporáneo. Hay que resaltar que de algún modo, el método científico de hipótesis y verificación o falsación de hipótesis se está trasladando a toda la maquinaria social. Este modo de actuar denota cierta forma de “totalitarismo científico”: las personas, como conjunto social, se hallan sometidas a la racionalidad científica. Además, esta pretensión de totalidad engancha con la ideología cientificista, pues implica no reconocer, por una parte, ningún criterio ético que pueda regular el uso de la ciencia, y por otra, encumbra a la racionalidad científica como única racionalidad posible. En definitiva, la ciencia y sus posibles aplicaciones ya no están al servicio del bien y la integridad de las personas bajo criterios de control ético. Sin control ético alguno, la ciencia y la tecnología se convierten en ideología tecnocrática, cuya pretensión es impedir el juicio ético público acerca de sus fines y medios.


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La “donación” para Investigación: ¿solución para los embriones humanos congelados?

"Donar” los embriones humanos congelados, “sobrantes” de fecundación in vitro, para investigación es otra de las posibles soluciones. (Ya se han tratado dos: la donación con fines reproductivos o adopción prenatal y la congelación indefinida).

Aparentemente parece que esta tercera solución es la más apta de las vistas hasta ahora. Es más, “el común de los mortales” y algunos científicos optan por esta. Pero esta solución tiene, como veremos a continuación, muchos inconvenientes.

Algunos “científicos” mantienen que aquellos embriones, que han sido congelados y cuyo destino es incierto, antes de que sean destruidos y con el consentimiento de sus progenitores, pasen a disposición del centro biosanitario y se autorice su uso con fines de investigación. Estas investigaciones de carácter médico seguirían unos criterios de estricto control y estarían dirigidas a obtener terapias que no puedan ser desarrolladas por otras técnicas.

Sin embargo, en muchas ocasiones, el “estricto control” ligado a la investigación se reduce a la toma de medidas de tipo procedimental. Desde esta perspectiva, una investigación se consideraría ética si cumple con los requisitos marcados por la ley sin ninguna referencia al contenido u objeto de la propia investigación. Es decir, el cumplimiento del procedimiento avalaría éticamente la investigación a realizar. No obstante, la ética de la investigación biomédica no debe preguntar sólo por el procedimiento a seguir en la investigación, sino también por el contenido de la misma. Creo que se aceptará que no es lo mismo experimentar con embriones humanos que con animales, aunque en ambas investigaciones se siga el mismo y estricto control procedimental.

Dejando a un lado este punto, es cierto que muchos científicos, respaldados por las legislaciones y antes de que estos embriones humanos congelados “sobrantes” de FIV sean destruidos o se les deje morir, están a favor de su empleo. Sostienen que la investigación con estos embriones humanos, dada su precaria viabilidad para la implantación, proporcionaría un mayor conocimiento en las primeras fases de su desarrollo y de la función de sus células madre (células madre embrionarias). En este sentido, aseguran que este tipo de células, dado su potencial regenerativo, se podrían aprovechar para la investigación en la terapia de enfermedades degenerativas graves.

Sin embargo, la obtención de dichas células (que se hallan en la masa interna del embrión humano) y su empleo en la terapia de enfermedades, no carecen de inconvenientes, tanto médicos-científicos como éticos.

Los inconvenientes médicos-científicos tienen que ver con que, hoy por hoy, no se ha conseguido ninguna aplicación terapéutica con este tipo de células madre (células madre embrionarias o de “origen embrionario”), mientras que, en estos últimos años, la eficacia en terapia celular resulta del empleo de otro tipo de células: 1) células madre adultas, 2) células iPS (células madre de pluripotencia inducida) y 3) células madre de “tipo embrionario” que se consiguen a partir células madre adultas (Distinguir esta clase de células madre con las de “origen embrionario”).

Por tanto, desde el punto de vista médico-científico, no tiene actualmente justificación una investigación que use y mate embriones humanos, tanto si son viables como si están enfermos, ya sean congelados o producidos ex profeso por FIV, como fuente de obtención de células madre de “origen embrionario”.

El segundo y principal inconveniente en torno a las células madre embrionarias o células madre de “origen embrionario” es, como se ha dicho, de carácter ético, pues su uso lleva consigo la producción y posterior muerte del embrión humano, aparte de la nada desdeñable necesidad de utilizar óvulos humanos (lo que supone una manipulación del cuerpo de la mujer).

Los defensores de la investigación y experimentación con embriones humanos suelen disminuir este inconveniente ético (la muerte del embrión humano) afirmando que no nos encontramos ante un individuo humano en los primeros momentos de su existencia. A esa realidad humana presuntamente no individual la denominan “preembrión” o “embrión preimplantatorio”, expresiones con las que se oculta su realidad individual.

Por consiguiente, desde el punto de vista ético, estarían permitidas sólo aquellas investigaciones que no usasen embriones ni óvulos humanos (para no convertir a la mujer en una pieza más del proceso productivo).

Como conclusión, desde el punto de vista médico-científico no se justifica la utilización de embriones humanos para extraer sus células de su masa interna y utilizarlas como terapia para enfermedades degenerativas. La justificación de esta afirmación se apoya en investigaciones realizadas y protocolos abiertos en los que no se ha conseguido un uso terapéutico efectivo en humanos con este tipo de células y sí con las células adultas.

Tampoco se justifica el uso y muerte de embriones humanos desde la perspectiva ética de la investigación biomédica, porque el uso de sus células respalda la idea de convertir la vida humana en un simple medio para otro fin. Deja de ser investigación si esta se desarrolla a costa de la destrucción sistemática de vidas humanas.

En el caso de que las células embrionarias fuesen imprescindibles en alguna terapia se deberían lograr estos tipos celulares sin acudir a los embriones humanos como fuente, puesto que la biotecnología está actualmente en condiciones de poder producirlas sin que sea necesario aislarlas de embriones humanos vivos.

Por tanto, una investigación verdaderamente ética y médica-científica, si quiere contribuir al bien de la humanidad, no puede tener su origen y desarrollo en la destrucción de la vida de miles y miles de seres humanos débiles e indefensos. Por el contrario, una investigación basada en el uso y muerte de embriones humanos supone la cosificación de estos. En efecto, si estamos a favor de este tipo de investigación con embriones humanos congelados, “sobrantes” de fecundación in vitro, se les convierte a estos en un producto o cosa a utilizar.

Por eso creo que “donar” los embriones humanos congelados para investigación tampoco es una solución. http://robertogerman.blogspot.com.es/2016/06/la-donacion-para-investigacion-solucion.html

La Congelación Indefinida: ¿solución para los embriones humanos congelados?

Examinada la dificultad que comporta la alternativa de la adopción prenatal como solución a la acumulación de embriones humanos congelados en las “clínicas” de fecundación in vitro se aborda otra alternativa: su congelación indefinida.

Esta propuesta tampoco está exenta de inconvenientes. De entrada, a la congelación o crioconservación indefinidas se le puede objetar que la situación de estos embriones humanos, esto es, su congelación, y sea cual fuere su destino, no es éticamente neutral, pues a estos embriones humanos congelados, que no van a ser transferidos por ausencia de una mujer para acogerlos (embriones humanos viables denominados “no-implantables”), se les interrumpe bruscamente su desarrollo y se les condena a permanecer a 196 grados centígrados bajo cero, en un hábitat no acorde a la dignidad de la vida incipiente de cualquier individuo humano.

En efecto, la congelación de embriones humanos (y por supuesto, aunque fuese solamente la de un embrión y el tiempo que sea) es, en sí misma, éticamente contraria al respeto por la dignidad humana, porque supone detener o paralizar el proceso biológico natural al que tiene derecho todo ser humano vivo. Esos embriones que han sido congelados son seres humanos, titulares de su vida biológica y del tiempo de su existencia, sin expectativas de desarrollo vital y a los que injustamente se les ha interrumpido su normal curso de desarrollo, atentando contra la propia teleología de su desarrollo inmanente.

Es sabido que el “exceso” de embriones humanos congelados obedece a la voluntad de garantizar el éxito de la implantación con el fin de que la pareja sometida a la fecundación in vitro pueda utilizarlos en una ulterior implantación sin necesidad de pasar otra vez por todo el proceso de fecundación. Ahora bien, el rechazo a la congelación de embriones humanos no radica principalmente, ni en la finalidad que se les quiera dar, ni en la materialidad física de la propia congelación, ni en el daño que se les causa, sino en lo que significa (la congelación de embriones humanos) en sí misma como acto moral.

En este sentido, el acto de congelación de un embrión humano, desde el punto de vista ético, es un acto intrínsecamente injusto porque supone la interrupción de un proceso de desarrollo vital de un individuo humano por tiempo indefinido, proceso al que tiene derecho todo ser humano vivo, y se le obliga a permanecer en unas condiciones impropias a las de cualquier ser humano. Así es, con la congelación se le despoja al embrión humano del respeto debido como ser querido por sí mismo. Precisamente, este respeto por la vida humana significa respetar su crecimiento y desarrollo biológicos que le son propios y que no se hallan a merced de los deseos e intereses de otros.

Además, y no son razones menos relevantes, la congelación de embriones humanos supone exponerles a graves riesgos de muerte o daño, privarles de la acogida materna y dejarles en una situación susceptible de nuevas lesiones y manipulaciones.

En cambio, la valoración ética que hacen los que defienden la congelación indefinida no viene dada tanto por el significado moral del acto en sí mismo, como por las consecuencias positivas que supuestamente se derivan de ella. De entrada parece que la congelación de embriones humanos por tiempo indefinido se consiente como el modo adecuado para que en algún momento puedan ser adoptados y evitar así su muerte y su reducción a material de experimentación o investigación. Pero quizá se olvida que la defensa de la congelación de los embriones humanos contribuye a debilitar la conciencia de estar obrando injustamente y, por ello, a aumentar su número.

Con todo, antes de la congelación acontecen dos acciones moralmente determinantes que inciden claramente en la toma de posición posterior: la producción expresa de embriones humanos en un contexto técnico y la producción de “excedentes” de embriones humanos. Es claro que la producción de un número excesivo de embriones no cambia la naturaleza del acto. Es decir, producir en exceso es peor que producir sólo uno, pero eso es porque lo malo en sí es producir uno.

Luego estas dos acciones y la ulterior congelación de los embriones marcan significativamente cualquiera de las soluciones que se defiendan respecto a su destino. El planteamiento es, desde el inicio, inmoral, por eso cualquier medida que se adopte tendrá un carácter “problemático” y no será plenamente satisfactoria.

No obstante, y no está de más recordarlo, hay que tener en cuenta el estado precario de salud del embrión humano congelado. Los embriones humanos crioconservados son los “sobrantes” que no han sido elegidos en una primera o segunda selección de embriones, es decir, son los menos viables en sentido propio, esto es, biológico: con posibles defectos para seguir su propio proceso de desarrollo, menor vitalidad, y los que no gozan de las características idóneas para garantizar con éxito la implantación. Y como consecuencia de esto, a los que el proceso de congelación y descongelación puede afectar más directamente en su integridad física, pues ya de por sí tienen poca viabilidad.

Por tanto y en conclusión, la congelación, sea o no indefinida, de los embriones humanos “sobrantes” es un acto intrínsecamente injusto porque supone la interrupción de un proceso de desarrollo vital de un individuo humano, proceso al que tiene derecho todo ser humano, y se le obliga a permanecer en unas condiciones impropias.

http://robertogerman.blogspot.com.es/2016/06/la-congelacion-indefinida-solucion-los.html

La Adopción Prenatal: ¿solución para los embriones humanos congelados?

La adopción prenatal o “adopción biológica” es una de las propuestas de solución a la acumulación de embriones humanos crioconservados en congeladores de nitrógeno líquido. Los valedores de esta solución argumentan que estos, antes de ser destruidos masivamente en los laboratorios o ser entregados para la investigación, sean donados (previo consentimiento informado de los padres) a otras parejas dispuestas a llevar adelante el embarazo. De esta forma, siguen afirmando los defensores de esta opción, los embriones humanos congelados tienen la posibilidad de llevar a término su gestación, fin último para el que fueron generados. Biológicamente sería una situación similar a la maternidad subrogada o de alquiler (esta se explicará en otro artículo), pero de naturaleza ética distinta (no es lo mismo adoptar que alquilar), pues estaríamos ante un caso de adopción prenatal.

El argumento principal, que se esgrime en defensa de la adopción prenatal de estos embriones, radica en su dignidad, es decir, tienen derecho a ser gestados por la madre biológica, o en su defecto, por una madre adoptiva. A esta razón fundamental se añade otra de índole más coyuntural: la adopción de estos embriones humanos podría paliar la infertilidad de muchas parejas. Esta fórmula permitiría la posible supervivencia de algunos embriones, y respondería a la demanda de muchas parejas que desean adoptar un niño nacido y, para conseguirlo, tienen una lista de espera que oscila entre los 5 a los 10 años.

Ahora bien, la demanda social de padres en espera para la adopción postnatal no tiene nada que ver ni con la demanda ni con la espera para la adopción prenatal de embriones humanos congelados. No existen en las “clínicas” de reproducción asistida listas de espera de parejas que soliciten la adopción de estos. No es, por tanto, una “demanda insatisfecha”. Como tampoco existe la voluntad de estos centros de ofrecer y transferir aquellos embriones humanos que no presentan un buen estado de salud y que no tienen las garantías mínimas para su implantación y posterior gestación y nacimiento.

A pesar de ello, considero que la transferencia al vientre de una mujer de un embrión humano congelado para darlo en adopción tras el nacimiento no es un acto intrínsecamente inmoral. Sin embargo, aunque la adopción de estos sea un acto moralmente tolerable, esta solución puede conducir o verse integrada en un contexto de circunstancias que la hagan mala y desaconsejable (como posteriormente se dirá más detalladamente). A continuación pongo solo un ejemplo.

En el caso de que alguno de estos embriones humanos vaya a ser adoptado ha de plantearse: ¿qué pauta seguir para su descongelación? Los defensores de esta opción responden que el orden de descongelación ha de comenzar por aquellos que llevan más tiempo congelados (en este punto estoy de acuerdo). Pero también se tiene que saber que para seguir el orden de descongelación se necesitaría saber el tiempo que estos embriones llevan congelados. Desgraciadamente, muchas centros de reproducción asistida no tienen catalogados ni su número, ni la fase de su desarrollo, ni cuando fueron congelados.

Por otro lado, los defensores de esta solución al destino de los embriones humanos congelados juzgan indispensable establecer ciertas medidas en el ámbito biotecnológico y jurídico que garanticen lo más posible su salud y que faciliten así la adopción prenatal del mayor número. Estas medidas atenderían:

1) al aumento de los plazos de crioconservación para que se tengan en cuenta los avances de la embriología humana en materia de diagnóstico de muerte embrionaria e inviabilidad;

2) a la mejora de las técnicas de descongelación, con el fin de que la posible viabilidad de los embriones humanos no se malogre;

3) a la elaboración de un protocolo en el que la descongelación, cultivo y transferencia se realicen a medida que existan adopciones;

4) al avance en el descubrimiento y curación de las posibles anomalías o alteraciones de los embriones humanos crioconservados;

5) a los criterios de “idoneidad” de los padres dentro de un programa de adopción, del mismo modo que se aplican a una pareja para considerarla apta a la hora de adoptar un niño ya nacido;

6) a la constitución de mecanismos que eviten posibles relaciones de consanguinidad entre nacidos tras adopciones prenatales;

7) a la negativa de la práctica de la “maternidad subrogada”;

8) a la prohibición de la selección de embriones en función de su sexo o genes;

9) a la obtención de las células madre embrionarias vivas, exclusivamente, si tras descongelar a los embriones humanos, éstos han muerto.

Es verdad que estas medidas procuran que la adopción de embriones humanos congelados se realice en las mejores condiciones éticas posibles. Sin embargo, a mi juicio, tales medidas (en próximos artículos se hablará de estas) han de ir acompañadas (esto es lo mínimo) por el consentimiento de los progenitores que son los verdaderos responsables de sus embriones. Y a su vez, los padres que los recibieran en adopción deberían ser informados de las dificultades que entraña su decisión: la baja viabilidad de estos embriones, el porcentaje alto de pérdidas en la transferencia, el posible aborto natural que puede darse en el transcurso de la gestación y el riesgo de malformaciones.

Los que apuestan por esta solución subrayan que las medidas citadas no permitirían dos hechos: 1) La selección de los embriones humanos vivos y viables en función de sus características genéticas. 2) Se prohibiría la “reducción embrionaria”, esto es, la muerte de aquellos embriones humanos que tuviesen menos garantías de éxito para la implantación.

Además, señalan que estos embriones serían descongelados y reanimados inmediatamente después que los padres solicitasen su adopción. Si tras la descongelación y reanimación, estos embriones están muertos, se podrían obtener sus células para la investigación como se realiza en cualquier otro trasplante. Si están vivos y son viables, podrían ser adoptados.

Ahora bien, creo que es preciso realizar ciertas aclaraciones terminológicas y atender algunas observaciones de carácter biológico, jurídico y ético, que se hallan implícitas a la propuesta de la adopción prenatal de los embriones humanos congelados.

Desde la perspectiva biológica, sólo es posible conocer la salud de un embrión humano congelado en la medida en que, tras su descongelación, sea reanimado. Una vez descongelado no existen criterios morfológicos determinantes que indiquen su viabilidad o inviabilidad, pues solamente cabe vislumbrar su inviabilidad si presentan ritmos de fragmentación y de división celular (dicho sea de paso hay que recordar que algunos de estos embriones, que en un primer momento eran “inviables”, son capaces de recuperar su normalidad eliminando por sí mismos las células defectuosas).

Luego el criterio morfológico resulta insuficiente. Necesitamos un criterio biológico nítido que no deje lugar a dudas acerca de la diferencia real entre un conjunto de células humanas, más o menos organizadas, y un viviente individual. Este criterio es o podría ser el siguiente: el embrión humano congelado está vivo y es viable si las células que componen la masa interna son capaces de dar lugar a todos los órganos y tejidos, esto es, de reiniciar el programa de desarrollo, lo que sólo es posible si dichas células forman parte de la unidad funcional y vital que es ese embrión humano. Estos parámetros de crecimiento unitario podrían aportar el criterio de detección de la muerte embrionaria.

Entonces, desde el punto de vista biológico, el embrión humano tras ser descongelado y reanimado puede encontrarse en distintas situaciones: a) que esté muerto, esto es, que no pueda reanudar el proceso de desarrollo orgánico; b) que esté vivo. En este segundo caso puede ser que el embrión humano descongelado y reanimado esté vivo y sea viable, o esté vivo y sea inviable, esto es, enfermo. Es decir, si el embrión humano es inviable, como su mismo nombre indica, no aglutina las condiciones exigidas que favorecen su implantación: en el caso de que fuese implantado produciría sistemáticamente un aborto espontáneo.

Pero solo se conoce si el embrión humano congelado es capaz de reanudar un proceso de desarrollo orgánico, si también es descongelado y reanimado. No obstante, no hay que olvidar que la mujer receptora de ese embrión humano que le va a ser transferido habría sido previamente sometida a una preparación hormonal. En caso de que el embrión humano resultante, efectuada la descongelación y reanimación, se observase que está muerto o fuese inviable, la preparación hormonal de la mujer (aspecto éste nada desdeñable) habría sido en vano.

Desde el punto de vista jurídico, las instituciones responsables deberían instaurar procesos legales que garantizaran una adopción regulada e informada de los embriones humanos congelados. Sin embargo, esta posible regulación sería contraria al anonimato del donante en procesos de adopción de este tipo. La posibilidad de adoptarlos implica necesariamente la revisión de lo que se denomina “anonimato del donante”. Entre otras cosas, se evitaría así la implantación, en úteros diferentes, de hermanos biológicos con el consiguiente riesgo de consanguinidad.

Por otro lado, también desde este punto de vista, la adopción de embriones humanos congelados, como acto tolerable e incluso para algunos “heroico”, no puede ser asumida legislativamente como medida exigible a todos. El legislador no puede generalizar comportamientos “heroicos”.

Así también, desde el punto de vista ético, esta posible solución a los embriones humanos congelados conlleva muchos problemas. Efectivamente, más allá de los inconvenientes técnicos y jurídicos, la adopción prenatal de los embriones humanos congelados presenta inconvenientes éticos a tener en cuenta.

1) Los defensores de la adopción prenatal no pueden olvidar que su alternativa supone la descongelación y reanimación de todos los embriones humanos. Esto plantea una cuestión ética clave: ¿qué actitud tomar si el embrión humano descongelado y reanimado resulta inviable, es decir, si es un embrión (un ser humano) enfermo? La respuesta a este interrogante hace que la adopción prenatal de estos embriones resulte impracticable. En efecto, si no se quiere ser el responsable de la muerte directa de un embrión humano vivo e inviable, o ejercer cierta selección entre los embriones humanos descongelados y reanimados, el deseo de la pareja que quiere adoptar debería llegar hasta sus últimas consecuencias: la voluntad de querer adoptar al embrión humano reanimado sea cual sea su estado de salud, también a sabiendas de que se pueda morir.

2) Aquellos que impulsan la adopción prenatal de los embriones humanos congelados se han de plantear si con tal medida no hacen sino perpetuar justamente el problema al que se quiere dar solución (las técnicas de fecundación in vitro) y sus consecuencias (los embriones “sobrantes”). Así es, el carácter excepcional que ha de tener el problema de los embriones “sobrantes” se difuminaría con la idea de que no importa producir más de los que se van a transferir en un proceso de FIV, ya que serían adoptados. De esta manera, su adopción podría prolongar la generación y acumulación de embriones humanos congelados y el reinicio de la cadena inmoral de congelación, descongelación, reanimación, selección, destrucción, siendo éste precisamente el problema al que se le quiere poner remedio.

3) La gestación de un ser humano producido por la FIV respalda la producción artificial de seres humanos para las parejas estériles. Por esta razón, para que la adopción de embriones humanos congelados fuese una medida plenamente ética en este punto, debería realizarse por parejas fértiles con hijos. En caso contrario, favorecería el recurso a la maternidad disociada de la “conyugalidad”, más allá de convertirse en una vía de acceso indiferenciado (para cualquier mujer o pareja, en cualquier condición) a la maternidad. Con ello, se pretende que la adopción prenatal de estos sea una medida para salvarles la vida y no un subterfugio para las parejas estériles.

4) A esto se añade que una crioconservación prolongada de embriones humanos en espera de ser implantados adormece la conciencia de responsabilidad de sus progenitores, pues satisfecho el deseo de tener un hijo, pierden el interés para el fin para el que todos fueron creados: la procreación. Y esto último, degrada aún más, si cabe, la percepción social del carácter humano y personal de los embriones en fase preimplantatoria. Además, esa dilatación en el tiempo puede entrañar un resquicio legal a la investigación con ellos.

5) La “donación” o adopción prenatal, propuesta como solución al destino de los embriones humanos congelados, podría convertirse en excusa para justificar largos plazos de congelación. Esto se advierte en la Ley española 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida en la que el término del tiempo de crioconservación se hace depender exclusivamente de los médicos. Más todavía, cuando el tiempo de criopreservación, según los defensores de esta alternativa, dicen que no afecta desfavorablemente a la supervivencia de los embriones.

Sin embargo en este punto no hay que olvidar que la congelación de un embrión humano no es un hecho éticamente neutral (como se verá más detalladamente en otro artículo). Con la congelación se detiene o paraliza el desarrollo que el propio embrión humano dirige y construye. En cierto sentido se puede sostener que la congelación indefinida, a la que se somete inevitablemente al embrión humano hasta que es adoptado, constituye cierta “obstinación reproductiva”, pues entraña mantenerle en un estado indigno y que le deteriora en espera de una posible, aunque muy complicada, adopción.

Por tanto, la adopción de embriones humanos congelados podría tal vez representar una salida ética en situaciones muy concretas y de modo individualizado, pero no puede esgrimirse como solución primera y única. En efecto, esta no es una acción que pueda ser generalizada como exigencia moral para las demás parejas. Una pareja fértil no es responsable ni tiene la obligación de salvar una vida que no ha puesto en peligro. Sin embargo, que la máxima (principio según el cual obra el sujeto) de adoptar embriones humanos congelados no sea una exigencia moral universalizable, no es razón para que dicha máxima deba estar moralmente prohibida.

Con todo, la objeción más evidente radica en la dificultad de garantizar que el embrión humano congelado vaya a ser adoptado sin arrastrar graves taras físicas. Justamente, estos son embriones que han sido desechados para una primera o segunda transferencia, y a lo que se suma las agresiones producidas por el proceso de congelación y descongelación.

Ante esta situación es lógico pensar que en el caso de que hubiere mujeres que quisiesen adoptar a estos embriones humanos, elegirían aquellos que presentasen mejor “calidad” o “viabilidad” para poder nacer y desarrollarse sanamente. Esta práctica podría desembocar en una selección eugenésica de los mismos antes de su transferencia, o en una “reducción embrionaria” posterior. Incluso, en el caso de que este tipo de adopción se llevase a cabo, tal solución sería aparente pues la mayoría de embriones humanos, dado su estado de salud, no lograrían nacer. De tal modo que el problema seguiría existiendo para la mayoría de los embriones humanos congelados, pues el número de embriones no transferidos sería mucho mayor al de aquellos que fuesen dados en adopción.

Desde estos motivos se deduce que, desde el punto de vista ético, es incomprensible recomendar la adopción como medida general.

En resumidas cuentas, la adopción de embriones “sobrantes” viables humanos congelados por parte de aquellas parejas que lo soliciten es una salida tolerable al problema, pero no generalizable. Tolerable para casos aislados, pero no generalizable, dado que es muy improbable que se originen adopciones generalizadas. Por ello, el destino de la mayor parte de ellos, desatendidos de sus progenitores, podría quedar en manos de los centros de reproducción artificial para una investigación productora y consumidora de seres humanos como material biomédico comercializable.

Por lo tanto, opino que la adopción de embriones humanos congelados es una opción “meritoria y loable”, pero no puede ser propuesta como solución exclusiva y única al problema de su destino.

Finalmente, considero por todo ello que esta es una alternativa teórica y utópica, no real, al problema de los embriones humanos congelados.

http://robertogerman.blogspot.com.es/2016/05/la-adopcion-prenatal-solucion-los.html

Investigación con células madre: Divulgación científica y medios de comunicación

El interés creciente de la sociedad por aquellos temas relacionados con la salud y aparición de nuevas terapias curativas ha provocado el auge del periodismo científico como puente entre el mundo de la ciencia y la sociedad. Muestra de ello es el aumento de noticias científicas, en secciones específicas de la prensa cotidiana, en las que colaboran científicos y médicos como divulgadores de sus respectivas actividades científicas.

Ciertamente, la correcta transmisión y divulgación del conocimiento científico y médico son tareas complicadas. De ahí que el periodismo de la salud intente captar la atención del receptor, ya sea lector, oyente o telespectador, con un “titular” atractivo. Sin embargo, el logro de este objetivo tiene como consecuencia, en muchos casos, un discurso en el que prima la espectacularidad de la noticia en detrimento de su rigor y veracidad. Esta creciente “espectacularización” comporta una excesiva simplificación de los mensajes. Las propias fuentes de información de los periodistas especializados, sobre todo, organizaciones científicas y revistas de referencia, promueven mensajes extremadamente orientados que fomentan y dirigen la posterior “labor simplificadora” de los periodistas.

Ahora bien, no sólo el periodismo científico en general convierte la tarea informativa en una actividad poco rigurosa, sino que también los propios científicos alientan esta falta de rigor, al anunciar como verdades absolutas y demostradas, por ejemplo, con relación a terapias con células embrionarias humanas o resultados en clonación humana, lo que, en estos momentos, son únicamente líneas de investigación que no han tenido ninguna aplicación clínica exitosa.

En efecto, la falta de rigor y veracidad, que atenta contra la buena práctica médico-científica y del periodismo científico, se hace, si cabe, más patente con aquellas noticias que tienen relación con los prometedores resultados en medicina regenerativa gracias al uso de células madre embrionarias.

Las noticias que se difunden a este respecto recurren a crear en la opinión pública esperanzas injustificadas o a ocultar los éxitos conseguidos por otras líneas de investigación. La falta de rigor y de verdad en la información vertida por los medios en general acerca de los “éxitos” obtenidos en terapias con células madre, es a menudo escandalosa. Así es, en bastantes ocasiones, se presentan como curaciones conseguidas en humanos por el empleo de células madre embrionarias, cuando, sin embargo, son resultados obtenidos por el uso de células madre adultas del propio paciente. No se ha conseguido, en estos momentos, ninguna aplicación terapéutica en seres humanos con células madre embrionarias. La ocultación de información relevante (no se insiste en que las células embrionarias presentan problemas de rechazo inmunológico o de creación de tumores, o se minimiza la información sobre sus costes sociales) muestra la falta del respeto al derecho de los ciudadanos a una información transparente y veraz, pues se silencian los interrogantes éticos que plantea su utilización (la destrucción de los embriones) o se destacan exageradamente sus beneficios terapéuticos, con la agravante de que en este tipo de noticias está en juego el dolor y la esperanza de muchas enfermos y sus familiares.

Por tanto, simples probabilidades se convierten inmediatamente por una mala práctica periodística en verdades “noticiables”, que no hacen sino añadir desinformación a la población, crear representaciones erróneas del conocimiento científico y favorecer la adhesión de la opinión pública a tales investigaciones.

Bajo esta manipulación informativa es difícil crear las condiciones necesarias para un debate libre e informado en la opinión pública acerca de la política adecuada con respecto al uso de embriones humanos para investigación.

Por otra parte, esta falta de rigor y transparencia informativa se opone directamente a los valores éticos que conforman la misma actividad periodística, y revela que existen intereses ajenos a la propia ciencia en la información con relación a la eficacia curativa con células madre.

Tras la tergiversación y manipulación informativa se albergan otros intereses de distinta índole (notoriedad, búsqueda de financiación, aumento vertiginoso de las acciones de las empresas que financian esas investigaciones), ajenos a la buena práctica periodística y científica, que distorsionan de manera consciente la labor veraz y transparente de los medios informativos.

Es normal que la curación de enfermedades con células madre posea un interés informativo. Sin embargo, este interés no puede ser vendido a cualquier precio. Esa información ha de ajustarse a la ética de la profesión periodística, de la que uno de sus elementos más fundamentales es la veracidad de aquello que se comunica, más todavía, cuando la información de la que se trata tiene que ver con aquellas dimensiones de la vida del hombre que no son moralmente indiferentes. Por eso, la deontología de la comunicación, como ética del periodista y del científico que divulga sus investigaciones, esto es, como compromiso individual y público, emerge de la propia actividad profesional que realiza. Actividad que supone, principalmente, administrar la responsabilidad cedida por los ciudadanos en las tareas informativas que el periodista realiza públicamente como búsqueda de la verdad.

Las exigencias éticas a la misma actividad periodística van más allá de normas deontológicas de este colectivo profesional. La ética de la actividad del periodista científico debe buscar el bien común que persigue toda investigación científica. La protección y promoción de los bienes, con amplia repercusión social, como es la veracidad de la información en beneficio del bien común, es una exigencia intrínseca también a la profesión periodística. Por eso, para la ética individual y colectiva del periodista, el bien que administra, tutela y del que es responsable, esto es, la verdad de aquello que comunica, como servicio a los ciudadanos, antecede a intereses particulares de cualquier género.

http://robertogerman.blogspot.com.es/2016/07/investigacion-con-celulas-madre.html

Intereses económicos y comerciales en la investigación con embriones humanos congelados

Hay que tener en cuenta que la práctica consistente en producir embriones humanos conlleva también intereses de índole económica. Por eso, un factor no menos importante, ligado a la investigación y experimentación con embriones humanos, es el relativo a los intereses económicos y comerciales inmersos en esa producción.

Pero antes de entrar en el tema hay que señalar que cualquiera de las técnicas artificiales de reproducción humana se presenta como un tratamiento para curar la esterilidad. Sin embargo, dichas técnicas no son, propiamente hablando, un tratamiento para curar la esterilidad, sino un tratamiento sustitutivo, pues con ellas no se consigue curarla, sino tener un hijo. Sería necesaria, para poder considerar las TRA como tratamientos terapéuticos, la restitución de la capacidad generativa de la persona estéril. El método de reproducción asistida más económico es la inseminación artificial, mientras que los importes más elevados corresponden al implante de ovocitos donados. El primer método es la primera alternativa para las mujeres que tienen dificultades para quedarse embarazadas de forma natural y, por lo tanto, es el método de fecundación asistida más utilizado. Su coste, en general, ronda los 600€ por cada ciclo.

Las estadísticas demuestran que, si tras cinco ciclos de inseminación artificial no se ha logrado el embarazo, es muy poco probable alcanzar el éxito con nuevos intentos. Entonces, cuando la inseminación artificial no da resultado, se debe proceder a otras técnicas, como la fecundación in vitro. Como se sabe, este método consiste en unir el óvulo y el espermatozoide no dentro, sino fuera del cuerpo de la mujer y, luego, depositar el embrión-cigoto (óvulo fecundado) en el útero para que se desarrolle allí. El precio de un tratamiento de fecundación in vitro en España ronda los 3.000€ por cada ciclo. A este precio hay que añadirle el coste del diagnóstico pre-implantatorio que viene a valer otros 3.000€ (en algunas “clínicas” el “pack” FIV+DGP cobran 5.700€. Estos precios varían dependiendo de los embriones humanos a biopsar, que cobran entre 220 y 300€ por embrión). Es decir, la fecundación in vitro completa cuesta aproximadamente 6.000€.

Una modalidad de fecundación in vitro es utilizar embriones de la propia mujer que han sido congelados. Si se transfieren a la mujer embriones congelados (luego óvulos fecundados) que proceden de una misma cuesta entre 1.700 y 2.100€. (La congelación embrionaria tiene por objeto “conservar” los embriones sobrantes de un tratamiento de FIV tras la transferencia embrionaria. Estos embriones se reservan en previsión de un segundo ciclo de tratamiento, en el caso de que el primero no haya tenido resultado, o en el caso en el que los padres quisieran, más adelante, otro embarazo, con la finalidad de no repetir la tarea de la obtención de óvulos. Estos embriones se conservan y almacenan congelados en tanques de nitrógeno líquido a -196º C bajo cero. La legislación española sólo autoriza la transferencia de un máximo de tres embriones en cada mujer en un ciclo de reproducción asistida y establece la obligatoriedad de criopreservar todos los demás que se han producido. Por tanto, se denominan embriones congelados aquellos embriones “sobrantes” de la FIV que posteriormente son congelados para su conservación. La acumulación de embriones “sobrantes” humanos da lugar a la creación de bancos de embriones humanos congelados. Se justifica la existencia de estos bancos como medio para evitar a la mujer los inconvenientes de comenzar de nuevo todo el proceso de fecundación in vitro: análisis reiterados, tratamientos hormonales y cuadro de hiperestimulación ovárica, y más todavía si la mujer ya ha sufrido una previa estimulación y un fallo en la implantación de los embriones transferidos, o si el ciclo resultante de la estimulación no ha sido adecuado para proceder con la transferencia del embrión. Por otro lado, con el uso de los embriones humanos congelados, se puede realizar una transferencia controlada y evitar así los embarazos múltiples que en la FIV se dan en mayor proporción que en la fecundación natural). Al precio de FIV con embriones congelados de la propia mujer hay que sumarle los medicamentos necesarios para preparar el útero de la receptora para aceptar los embriones. También hay que tener en cuenta que la crioconservación de embriones con vistas a futuras implantaciones supone 1.500€ anuales.

Otro método de reproducción humana artificial es la inyección de espermatozoides. Dígase que la infertilidad masculina es la razón que empuja al 25% de las parejas a comenzar un tratamiento de fertilidad. Ante este problema la fecundación in vitro “normal” no es suficiente. Se debe recurrir a un método específico llamado microinyección espermática (ICSI), técnica que consiste en la introducción del espermatozoide en el óvulo a través de una microaguja. En España el precio mínimo de este tratamiento, es decir, de un ciclo de fecundación in vitro con microinyección espermática oscila entre 4.000 y 5.000€. Las ventajas de este método es su efectividad y que los espermatozoides se pueden preservar, gracias a lo cual, si no se logra el embarazo en un primer intento, el coste del segundo resultará inferior.

Otra opción de FIV es el implante de ovocitos donados. Se recomienda en mujeres que, por diversos fallos en el funcionamiento de sus ovarios, no puedan usar sus propios óvulos. También cuando las demás técnicas de reproducción asistida han fallado. Es el procedimiento más caro: unos 6.000€. Además hay que contar con varios inconvenientes: análisis reiterados, tratamientos hormonales, hiperestimulación ovárica… Como contrapartida, es el método que ofrece mayor efectividad (entre el 50 y el 60%).

Adviértase también que el mercado de óvulos humanos es un negocio en aumento, no sólo por los experimentos de “clonación”, sino también por su demanda para parejas estériles. A través de “solidarios” anuncios se solicita óvulos de jóvenes estudiantes. En España se paga por la compra de óvulos entre los 500-900€ en concepto de “molestias”. Por lo tanto, como se ha señalado, los precios de la inseminación artificial y de fecundación in vitro van, de media, desde los 600 hasta los 6.000€ por ciclo (FIV+DGP); mientras que la inyección espermática y el implante de ovocitos no bajan de los 4.500€ y 6.000€, respectivamente.

Por otro lado, en el 2008 hubo ganancias de más de 40 millones euros por concepto de aborto en España. Así pues, cabe preguntarse si a los intereses estrictamente médicos no acompañan otros de índole económica. Una vez presentadas las principales modalidades de reproducción humana asistida y sus costes, este artículo se va a fijar en una de ellas: fecundación in vitro con embriones congelados.

A este respecto hay que advertir que la comercialización de embriones no es sino la expresión final de la “lógica de producción” a la que los seres humanos se hallan sometidos desde su generación en la reproducción artificial. Desde el momento en que la generación de la vida humana sale de su contexto natural-humano, se inicia un proceso gradual de deshumanización, o lo que es lo mismo, de “expropiación” de su dignidad, por el que la vida del embrión se comprende en términos de mercado. En este contexto mercantilista la vida del embrión humano no es ya un bien en sí mismo, sino un bien en cuanto “objeto”: un “producto” sometido al juego de la oferta y la demanda como cualquier otro artículo del mercado para satisfacer necesidades. Esta lógica de producción lleva no sólo a utilizar a embriones humanos para fines de investigación, sino que incluso su producción mercantil y su uso comercial empuja a que sean directamente producidos, “genéticamente más fiables”, con la intención de conseguir a través de ellos cuantiosos beneficios económicos para los centros y empresas suministradoras de equipamientos e instalaciones. Dicha comercialización afianza más, si cabe, la consideración del embrión humano como bien-objeto disponible.

Otro asunto estrechamente relacionado con este tema corresponde a las políticas de investigación. El núcleo de esta cuestión no radica si dicha investigación ha de ser financiada con fondos públicos o privados, sino en las implicaciones éticas que la propia financiación con embriones humanos plantea. Por eso se ve necesario una regulación legislativa de carácter internacional que no permita al sector privado tener vía libre para investigar con seres humanos, sin más control científico y ético que aquel que el propio sector quiera imponerse. Justamente, las políticas en investigación han de favorecer aquellas líneas de investigación que están consiguiendo efectivos resultados terapéuticos para la salud de muchas personas, y no políticas que atiendan a los beneficios económicos que obtendrían los grandes monopolios biotecnológicos y farmacéuticos, con la producción, muerte y comercialización de embriones humanos. Por consiguiente, en la investigación con embriones “sobrantes” humanos entra en juego la fuerza de intereses no estrictamente terapéuticos, sino pura y simplemente económicos que explotan y manipulan el deseo de salud de las personas. Estas grandes empresas, con gran influencia y poder mediáticos, persiguen introducir medidas legales que aseguren dicho beneficio económico a costa de la salud de muchas personas enfermas que tienen puestas sus esperanzas de curación en investigaciones fraudulentas. Así las cosas, ¿cómo es posible que se pueda dejar en manos del mercado cuestiones esenciales para los valores sociales y morales de una sociedad? http://robertogerman.blogspot.com.es/2016/09/intereses-economicos-y-comerciales-en.html

¿Existe el derecho a adoptar?

Somos conscientes que el tema que se trata en este escrito es complejo, espinoso y controvertido. De entrada, no se pretende un estudio jurídico exhaustivo del mismo, sino una breve reflexión ética. Lo primero que hay que decir claramente es que ninguna Constitución y Declaración Universal, Internacional o Nacional establece el DERECHO A ADOPTAR o el DERECHO A TENER HIJOS. Así es, no existe ese supuesto derecho. En todo caso, habría que hablar del “derecho” de los niños a ser adoptados por unos padres que reúnan ciertas características. Por tanto, es necesario, como se dice, cambiar el “chip”. Tenemos que poner el punto de mira en los hijos, no en los “padres” …, porque de lo contrario se puede caer en su instrumentalización. Si se pone el centro de atención en los padres, los hijos ya no son un bien en sí mismo, sino que se convierten en un “objeto” de deseo, que no se remedia haciendo notar el afecto con el que seguramente les reciben sus futuros padres. Para admitir este “derecho” a adoptar se suele poner una serie de hipótesis y comparaciones, sobre todo si se trata de una pareja homosexual. Se dice que hay casos en que los niños crecen sin padre o madre, o sin ambos. O que una pareja homosexual puede cuidar y querer más al niño adoptado que una heterosexual. O que uno solo podría ser perfectamente padre y madre…Todos estos casos y otros muchos omiten lo realmente importante: el interés del niño. No nos quedemos en las anomalías ni hagamos comparaciones. Como norma general centrémonos en los niños, que son los más débiles e indefensos. No se juzga el afecto con el que seguramente la pareja homosexual o heterosexual acogerá a la criatura adoptada. No se está hablando de eso. Lo que tiene que quedar claro es que no existe un derecho de la pareja homosexual a adoptar. Pero tampoco existe tal derecho en una heterosexual. La adopción es un “derecho” de los niños a ser adoptados, no de los adultos. Los niños sí que tienen derecho a un padre y a una madre. Y tampoco vale decir que un varón desarrolla la figura femenina, y viceversa, que una mujer desarrolla la figura paterna. Si se piensa así se comete un error: no existe tal dualidad en el ser humano. Esta comprensión dual hace que su cabeza, sus sentimientos, su sexualidad… de varón o de mujer vayan por un lado y su sexo por otro. Por el contrario, el ser humano es una unidad. En éste la sexualidad es constitutiva, no se reduce ésta a lo genital: el varón piensa, ama, actúa, ve el mundo… como varón y la mujer piensa, ama, actúa, ve el mundo…como tal. El sexo, en el sentido de lo genital, es manifestación de la sexualidad. Ésta no es el resultado del deseo y de la elección como si se determinase dependiendo tal y como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado en el momento del nacimiento. Resumiendo, siempre tiene que prevalecer el interés del niño por encima de cualquier otro interés o derecho de los adultos. Por otro lado, lo que hay que conseguir social y legislativamente es que la adopción postnatal de los niños sea una opción más fácil, accesible y económica.

Noticia en el periódico: “España no halla destino para 230.000 embriones congelados”.

Los periódicos españoles se han hecho eco de la siguiente noticia: “España no halla destino para 230.000 embriones congelados”. El artículo afirma: “las clínicas españolas de reproducción asistida tienen un problema: no saben qué hacer con los embriones que guardan congelados que fueron creados para procesos de fecundación, pero no se han usado. El registro estatal recoge que en estos momentos hay más de 230.000 embriones humanos congelados”.

De este tema, ¿qué hacer con los embriones congelados? lo he tratado: 1º. En un libro titulado: “Los embriones humanos congelados. Un desafío para la bioética”. 2º. Y en varias reflexiones colgadas en este mismo blog: -El estatuto jurídico del embrión humano. -Conclusiones sobre el Estatuto Biológico y Jurídico del Embrión Humano. -La Congelación Indefinida: ¿solución a los embriones humanos congelados? -La Adopción Prenatal: ¿solución a los embriones humanos congelados? -La “donación” para investigación: ¿solución a los embriones humanos congelados? -Células madre, esperanza para la medicina del futuro y, sobre todo,

-El cese de su conservación sin otra utilización ¿solución para los embriones humanos congelados?

Dicho esto, la ley española vigente en esta materia plantea distintas opciones para los embriones humanos congelados: 1. Seguir manteniéndolos congelados. 2. La donación a otras parejas con fines reproductivos. 3. La donación para usar en investigación. 4. Su destrucción o muerte.

La primera opción no es ética (por la congelación). La cuarta evidentemente tampoco. La segunda, aunque es tolerable con matizaciones, no es generalizable (Adopción). La tercera ni es ética ni realizable. A esto último, hay que decir que no ha habido un solo proyecto de investigación que solicite el uso de células madre embrionarias. Además, han aparecido otras líneas de investigación con células madres que, aparte de no tener reparos éticos (la destrucción del embrión entre otros…) y grandes costes sociales, sí que tienen eficacia terapéutica en humanos. Viendo estas opciones, se defiende un quinto destino a los embriones humanos congelados: proceder a su descongelación y “dejarlos morir” sin otro fin, o más exactamente, descongelarlos y “dejarlos morir”. Esta quinta opción tendría sentido siempre y cuando estuviera legalmente prohibido volver a congelar embriones humanos. Es preciso aclarar que la propuesta que aquí se plantea para solucionar el problema de los embriones humanos congelados (descongelarlos y “dejarlos morir”) es diferente de aquella que promueve simplemente su descongelación y destrucción. “Dejarlos morir” es la opción que se propone como la mejor que supone aceptar que no se puede hacer nada para salvar la vida. Con todo, la propuesta que se defiende, sin ser óptima, es la “menos mala” entre las posibles, habida cuenta de lo injusto de la situación de partida. Por otro lado, para este quinto destino de los embriones humanos congelados tiene mucha importancia distinguir la acción de “matar” de la de “dejarlos morir”. “Matar” significa “poner” positivamente un acto malo, mientras que “dejar morir” supone aceptar que no se puede hacer nada para salvar la vida. La muerte no le adviene al embrión humano al “dejarle morir” tras la descongelación, sino que tiene su origen en un “proceso de muerte”. Dicho proceso comienza con su producción y denominación de “excedente”, continúa con la congelación y finaliza con la descongelación. En efecto, “dejarlos morir” consiste en no intervenir en un curso de acciones que ya están en marcha y que ocasionan la muerte y que, por tanto, acciones moralmente malas. Cuando se opta por descongelarlos y “dejarlos morir” no se hace otra cosa que liberar a los embriones de una situación injusta e impropia de su dignidad de seres humanos (su congelación), a la que nunca se debería haber llegado. En este sentido, el profesional, que descongela al embrión humano, no pretende su muerte, sino que lo “deja morir”, esto es, deja de intervenir en un proceso abocado a la muerte. En todo caso, permite que la naturaleza siga su curso. Esta acción y la responsabilidad de la persona que la realiza son distintas de aquélla que ve la descongelación como un medio para posteriormente, en un proceso de reanimación, obtener un embrión humano del que se puedan extraer sus células. Por el contrario, el que descongela, al no reanimarlo, no persigue su muerte directa, sino que lo deja en situación de que muera de muerte natural. Existe, por tanto, una diferencia indudable entre iniciar unas acciones que conducirán a la muerte del embrión humano congelado y “permitirle morir” no interfiriendo en el curso de unos acontecimientos que ocasionarán, tarde o temprano, su muerte. En definitiva, con la acción de “dejarlos morir” se persigue terminar con una situación injusta, indigna e impropia para cualquier ser humano. Descongelarles y “dejarles morir” no es matarles activamente, sino dejar de poner un medio indigno y desproporcionado, que únicamente alarga artificialmente la fase final de la vida en situación irreversible. Se puede concluir diciendo que “dejar morir” a los embriones humanos congelados, aun siendo una alternativa no exenta de reparos, pues no hay ninguna éticamente indiscutible, es la salida más respetuosa con la dignidad de los embriones humanos congelados. Así, pues, lo que se sostiene es que se descongele a los embriones humanos que han sido congelados y se les “deje morir” sin reintroducirlos de nuevo en un proceso instrumentalizador.

EUTANASIA Y PETICIÓN DEL PACIENTE

También es verdad que los que están a favor de la eutanasia tampoco suelen utilizar la expresión de “matar dignamente”, sino hacen uso de otra que no suene tan fuerte: “ayudar” a quien lo pide. Luego, se vincula la dignidad a la petición del paciente. Así es, esta expresa la demanda de reconocimiento de un nuevo derecho a una muerte digna y se enmarca en el ámbito de la intimidad personal. Se dice que la decisión se sitúa en ese ámbito y que los otros deben respetar y actuar según lo que uno ha decidido sobre sí mismo. Esta petición, denominada eutanasia solicitada, parece que se ha convertido en un elemento esencial en la justificación filosófica, política y jurídica de la eutanasia. No obstante, aunque no es el objeto de este artículo, adviértase que esta triple justificación no está exenta de polémica. Lo que se puede afirmar es que estar a favor de la eutanasia va en contra de la dignidad humana. ¿Por qué se afirma esto? Cuando se solicita la eutanasia, ¿acaso se está pensando en la dignidad del otro (sea o no un profesional sanitario)? En caso de que esa ayuda se solicite a un médico se dinamitaría la base de la confianza en el cuidado de su paciente. Indudablemente, no se puede dar muerte a otra persona porque haya perdido la salud física, ni por nada, aunque te lo pida, porque, de lo contrario, sería incitar a matar, que es lo mismo que decir implícitamente que la vida humana merece la pena vivirse si se da una serie de condiciones. No se puede hacer que otra persona nos “ayude” o participe en esa muerte, aunque sea con “ayuda” médica, porque se estaría pidiendo que otra persona cometa un mal. Morir, la muerte, no son un bien. Todo lo contrario, son un mal. Por tanto, nadie puede exigir u obligar a nadie a cometer un mal. Una cosa es que la muerte de un ser humano acontezca de forma natural, y otra muy distinta, es tener un papel activo en la misma. Además, la vida, como la libertad, son bienes de la humanidad, por eso no pueden eliminarse ni siquiera a petición propia. Nadie puede pedir la muerte, como nadie puede entregarse como esclavo voluntariamente. Por eso, en caso de que se admitiese la eutanasia por petición del paciente tendría consecuencias terribles a nivel social: los ancianos y enfermos sufrirían una gran presión moral. Estos sentirían una enorme inseguridad, y podrían sentirse inducidos a pedir su desaparición para no ser molestos. Asimismo, podría existir y permitirse las muertes humanas impuestas por otros, que se producirían cuando la voluntariedad del “enfermo” no se diera. No se sabe si otros (los familiares, el aumento del gasto público, los que tienen una responsabilidad directa sobre el hospital…) tendrían algún interés sobre esa muerte. Con todo, si la eutanasia se convierte en una cuestión de petición, las preguntas que surgen son varias: ¿qué pasaría si el paciente, por lo que sea, no puede manifestar su voluntad? De todas formas, una eutanasia promovida y permitida crearía desconfianza entre los familiares y en los hospitales.

EUTANASIA Y DERECHO A MORIR

Otro término que se suele utilizar para referirse a la eutanasia es el “derecho a morir” con dignidad. Pero, con esta acepción hay que recordar dos cosas: 1) no existe un “derecho a morir”. Si los médicos actuasen olvidando su compromiso ético profesional y poniendo su ciencia médica al servicio de la obtención de un fin contrario al actual ordenamiento jurídico, su actuación sería antijurídica, y por supuesto, su actuación estaría en contra de la ética médica. No existe un derecho para cometer un mal como es solicitar que otro te quite la vida. 2) Lo que existe es el derecho a la vida, que, por otra parte, es un derecho fundamental, luego anterior a cualquier concesión legislativa, y como tal, intrínseco a la dignidad humana que no se basa en determinaciones de las mayorías. Así es, la vida humana es el sustrato de los derechos. El derecho a la vida deriva directamente de la dignidad de la persona, y todos los seres humanos, por enfermos que estén, ni dejan de ser humanos, ni pierden su dignidad de persona. Dicho esto, hay que denunciar que nuestra sociedad vive inmersa en una gran incoherencia al proclamar, por un lado, como paradigma de justicia la protección y el respeto universal de los derechos humanos y la igual dignidad de todo hombre, y por otro, justificar al mismo tiempo la violación del primero de ellos, el derecho a la vida, “eliminando” a los que resultan o pueden resultar una “carga”, o lo solicitan. En este sentido, si la dignidad y el derecho a la vida no se reconocen a todo ser humano, independientemente de su estado de salud, de su utilidad…la atención de enfermos incurables y terminales, que colapsa determinados servicios sociales sanitarios y que suponen una gran inversión económica y de personal, quedaría en el aire. Por otra parte, solo se puede hablar de “derecho a morir” si se tiene un concepto de libertad solipsista, esto es, cerrado en sí mismo, resultando la propia libertad la fuente del derecho, y, por consiguiente, los deseos individuales creadores de derechos. Luego, vinculan ese supuesto derecho con la solicitud o petición del paciente. Pero es un error pensar que existe una libertad individualista todopoderosa y egocéntrica extrapolada de cualquier límite racional. Este supuesto derecho se defiende en aras de una falsa comprensión de la autonomía. Hay que recordar que esta sólo es posible si se cuenta con el presupuesto de estar vivos y de sabernos que nuestra vida es una vida dada por y para otros. En definitiva, suprimir la vida significa destruir las raíces mismas de la libertad y de la autonomía. Por el contrario, la libertad sólo es totalmente libre y humana si se traduce en el compromiso individual para hacer el bien. La responsabilidad individual y social consiste en hacerse cargo de la vida humana frágil de quien ya no tiene capacidad de cuidar de sí mismo. La responsabilidad sobre la vida de uno mismo y sobre las vidas de los demás no se identifica ni traduce en términos de dominio o propiedad. La autonomía no significa aceptar como válida cualquier decisión. Nuestra sociedad ha hecho suyos como pilares básicos los derechos humanos. Por tanto, debe proteger a los ciudadanos para que puedan ser respetadas sus actuaciones en el ámbito de estos derechos. Ahora bien, esta protección se extiende también a proteger al individuo incluso frente a sí mismo, cuando pretenda vulnerar sus propios derechos humanos. Por eso puede entenderse que la exigencia de tratar a las personas respetando su dignidad, podrá significar, en ocasiones, limitar sus decisiones que vayan en contra de su dignidad, aunque sean llevadas a cabo autónomamente. Así también, los defensores de la eutanasia, aparte de invocar una falsa interpretación de la autonomía del paciente con la que reclaman el “derecho a morir”, se olvidan, al mismo tiempo, de la dignidad del médico, de su autonomía e identidad profesionales. Si se aceptara la eutanasia, ¿dónde quedaría la autonomía del médico y su libre decisión?, ¿dónde quedaría su lex artis llamada siempre a sostener la vida y a curar o paliar el dolor, y jamás a dar muerte “ni siquiera movido por las apremiantes solicitudes de cualquiera” (Juramento Hipocrático)? Si se debilita el compromiso médico de preservar la vida, los “médicos” se dedicarían también a provocar la muerte, entonces la naturaleza misma de la medicina y la propia identidad del médico sufrirían una profunda transformación. El “médico” adoptaría el papel de un técnico amoral, que tanto puede poner fin a una vida humana como salvarla. En este sentido, la aceptación de la eutanasia en los países que la han permitido ha infligido una seria herida en la profesión médica. Tradicionalmente los médicos se dedicaban a curar si podían, y si no podían, a aliviar el dolor. Su relación con el paciente descansaba en la confianza. En cambio, si la eutanasia es admitida legalmente en un futuro en aquellos países en los que actualmente no está permitida, esa relación de confianza quedaría rota, esto es, existiría el miedo a que los médicos, o el personal sanitario en general, pudieran tomar una decisión sobre mi vida. De este modo, la eutanasia rompería de manera trágica esa confianza. Pero esta desconfianza y miedo se extendería también a los familiares, que hubiesen dado su consentimiento. En definitiva, la muerte no es un derecho porque supone anulación de la vida, es decir, del ser. Nadie tiene derecho a provocar la muerte de otro, a aniquilarlo para que deje de ser, aunque el “enfermo” lo pida. Y nadie (el “enfermo”) puede tener el derecho de exigirle a otra persona que cometa una maldad.

Eutanasia y “Ayudar a morir”

Otro concepto vinculado al anterior que también utilizan los que están a favor de la eutanasia es el de “ayudar a morir”. Los que piensan así en el fondo están diciendo: en estas condiciones de “fragilidad”, estas personas, estos enfermos ¿para qué siguen viviendo?, ¿no sería mejor “ayudarles a morir”? A esto se añade que muchos de estos no quieren vivir así, entonces, ¿no se podría hacer nada para ahorrarles el trance de la muerte? Efectivamente, los que están a favor de la eutanasia consideran que esta no es matar a una persona que sufre una enfermedad grave e irreversible, sino “ayudar a morir” por razones compasivas a aquellos que sufren una enfermedad, que no conocen, personas que permanecen en estado vegetativo… No obstante, aunque se utilice el término compasión para la justificación de la eutanasia, no por ello se convierte en una opción ética correcta. El término “compasión”, para el tema de la eutanasia, está mal utilizado, porque se hace caso omiso de su significado real. Compadecerse de alguien no significa “ayudarle” a que cesen todos sus padecimientos, sino justamente lo contrario, “padecer con” significa compartir la enfermedad y el sufrimiento ajenos, sentirlos, dolerse de ellos. No hay compasión que lleve a la muerte, sino que ésta siempre lleva a la vida. La auténtica compasión no considera como algo bueno la muerte de las personas “enfermas”. Al contrario, la compasión es la actitud humana y respuesta adecuadas del otro respecto a un ser humano que enferma. Y en su desvalimiento brilla, con más resplandor si cabe, su “valor”. Luego los médicos, si quieren seguir siendo médicos, no tendrían que ceder a la tentación funcionalista de aplicar soluciones rápidas y drásticas, movidos por una falsa compasión o por meros criterios de eficiencia y ahorro económico. Se ve, por tanto, que en el tema de la eutanasia no sólo está en juego la dignidad de la vida humana, sino también la dignidad de la vocación médica. Parece, sin embargo, que los que abogan por una muerte por compasión (eutanasia) no toleran convivir con el padecimiento ajeno, porque les enfrenta con el propio. Les trae a la evidencia que la enfermedad también les afecta a ellos, y les acabará salpicando de una u otra manera, antes o después. Sólo si se entiende mal el término compasión se puede unir ésta con la eutanasia. Por el contrario, la compasión es la actitud humana y la respuesta adecuada del otro respecto a un ser humano que enferma. Además, si se admitiese una “eutanasia por compasión” se abriría una puerta que sería muy difícil volver a cerrarla. Una vez abierta no tardaría en colarse siniestras ampliaciones. Por ejemplo, ¿qué impediría aplicar la “muerte por compasión” a los más débiles, a los deficientes, a los considerados socialmente no útiles, a los que no pudieran manifestar su voluntad?, ¿cuál sería el impedimento para suprimir la vida de los deficientes psíquicos profundos?, ¿no sería una manifestación de solidaridad social la eliminación de vidas sin sentido, que constituyen una dura carga para los familiares y para la propia sociedad? En resumidas cuentas, aceptar la eutanasia sería apostar inconscientemente por el fracaso de la sociedad. Cuando un enfermo pide la muerte lo que está pidiendo es ayuda médica, acompañamiento humano y más cariño. Si se le concede la muerte y el cumplimiento de su deseo, se le está diciendo indirectamente: ¡Lo sentimos, nada más podemos hacer por ti!. En cambio, la atención integral al enfermo, que incluye el acompañamiento, es la mejor manera de ayudarle a morir, no “ayudándolo” a terminar con él.

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La muerte de Charlie Gard: una reflexión bioética

Charlie Gard, el bebé que padecía una enfermedad mitocondrial, ha muerto. Definitivamente los padres han compartido la decisión de los jueces británicos de retirarle la respiración artificial que le mantenía con vida. Exactamente, sus padres, cansados y agobiados, han cejado en su empeño de mantener con vida a su pequeño.

Por un lado, a principios de año, los padres tuvieron noticia de un tratamiento experimental que se estaba evaluando en Estados Unidos en pacientes con una enfermedad similar a la de Charlie, por lo que sus padres valoraron la posibilidad de trasladarlo a ese país para que fuera tratado, pues, según ellos se podría conseguir una mejora de la salud de su hijo.

De ahí que los padres de Charlie creyesen que había esperanza para su hijo, esperanza que se vio reforzada por lo que había declarado públicamente un equipo internacional de médicos, que afirmaba tener datos de que un tratamiento experimental podría tener un efecto positivo en la salud del pequeño Charlie.

Además, el hospital de Estados Unidos que posee el medicamento, se ofrecía para que Charlie fuera tratado de inmediato, aunque hospital británico en el que estaba ingresado se opuso, proponiendo en su lugar suspender el soporte respiratorio del bebé.

Por otro lado también, el Tribunal Supremo, sabiendo la situación médica del Charlie, había determinado, en consonancia con los médicos del hospital londinense, que, dado que el bebé se encuentra en las etapas terminales de su enfermedad, sería “fútil” y “no en el mejor interés de Charlie” someterse al tratamiento en el Hospital estadounidense.

Presentado el tema, la solución tiene que ser conforme con el trato debido a un ser humano. Por lo tanto, hay que evitar estas dos acciones: 1. La eutanasia que es la acción que acelera la muerte, esto es, terminar intencionadamente con la vida humana. Se trata, en concreto, de causar el deceso de otro por su bien, en el convencimiento de que las terapias médicas aplicables no llevarán a su cura, sino únicamente a la prolongación de la agonía.

2. La “obstinación terapéutica”: el empleo de todos los medios posibles para prolongar artificialmente la vida (medios inútiles) y por tanto retrasar la venida de la muerte, a pesar de que no haya esperanza alguna de curación.

Resumiendo: No se debe causar la muerte ni retrasarla.

En conclusión:

       De entrada, el tema es muy complejo, complicado y fronterizo. La generalidad tiende a difuminase cuando bajas a la concreción. Y más en temas tan viscerales.
       Este "caso", el del bebé Charlie, como en otros muchos, nos damos de frente con el difícil momento de decir si el tratamiento es fútil (inútil). Diferenciar cuando vale la pena llevar a cabo un tratamiento y cuando no conduce a nada o será inútil es la esencia de la futilidad. Luego, se puede entender por tratamiento médico fútil como la imposibilidad para alcanzar las metas terapéuticas.
        Entonces, hablaríamos de eutanasia si la retirada de la respiración artificial a Charlie se hubiese realizado en un contexto en el que no había riesgo inminente de muerte.
      No obstante, quiero creer que, en este "caso", no ha habido una intención eutanásica, sino un respeto al transcurso natural de la enfermedad, es decir, el bebé no ha muerto por la retirada del respirador, sino porque médicamente ya no se podía hacer nada, esto es, por el curso natural de la enfermedad de Charlie que estaba abocada a la muerte.
     Dicho esto, lo que no se sabe cuál era el motivo para la negación de la aplicación de una terapia médica experimental.

Eutanasia y Obstinación Terapéutica

Hay que indicar que estar en contra de la eutanasia no significa estar a favor de prolongar la agonía del enfermo. Efectivamente, estar a favor de que la muerte suceda de forma natural no significa estar en contra de la administración de una medicación para mitigar o paliar el dolor. Así es, el médico que auxilia al enfermo en el trance de su muerte tiene que evitar esa forma de “sobreactuación” conocida como ensañamiento terapéutico o “distanasia” (procede de las palabras griegas dis y thanatos que significan etimológicamente prolongar la muerte) u obstinación terapéutica, es decir, el empleo de todas las medidas no indicadas, desproporcionadas o extraordinarias para prolongar artificialmente la vida (medios inútiles) y por tanto, con la intención de evitar la muerte, a pesar de que no haya esperanza alguna de curación. En estos casos, la limitación del esfuerzo terapéutico, es profundamente ético. Esta situación, en la que se suspende un tratamiento calificado por el equipo médico como fútil (inútil) o desproporcionado o se retira un soporte vital en situaciones de enfermedad terminal e irreversible y que no tienen expectativa terapéutica, no supone eutanasia, ni activa ni pasiva, sino que se trata de una acción bioética correcta. De ahí que la eutanasia y la obstinación terapéutica constituyan una mala práctica médica y una falta deontológica. Por eso, ni un extremo ni otro: ni la eutanasia entendida como el derecho a morir con dignidad de forma que implique el deber, por parte del médico, de matar “dignamente”, ni la obstinación terapéutica, esto es, intentar evitar que uno muera “cuando es su momento”. Ambas opciones no son acordes con el trato debido a un ser humano. No obstante, estar en contra también de la “obstinación terapéutica” no significa rechazar cualquier cuidado al enfermo. Efectivamente, la voluntad del paciente o de su familia tienen un límite: no pueden obligar al médico a aplicar tratamientos no indicados (como una sedación contraindicada), pero tampoco el médico puede retirar la alimentación e hidratación al enfermo cuando se le estén facilitando cuidados que son básicos.

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Los Cuidados Básicos

La alimentación y la hidratación al final de la vida suele convertirse en un motivo de controversia y discusión. Es recomendable mantenerlas si contribuyen al control de síntomas, de lo contrario puede que produzcan más inconvenientes que beneficios como puede ser en casos de insuficiencia cardiaca, anasarca (derrame o acumulación del líquido seroso en el tejido celular que produce una hinchazón generalizada del cuerpo y de los miembros y se manifiesta con fiebre), anemia, diarrea y secreciones bronquiales. Efectivamente, desde el punto de vista ético, uno de los problemas que subyacen a la cesación de la hidratación y nutrición del enfermo, sea terminal o no, radica en que dicha práctica pueda convertirse en una eutanasia por omisión. Lo que no se puede hacer es provocar la muerte de un ser humano por hambre y sed. La alimentación y la hidratación, (aunque sean artificiales, son, en principio, medios ordinarios y proporcionados que evitan el sufrimiento y la muerte derivados del hambre y de la deshidratación), son un soporte vital y básico. La “causa” de la muerte no debe ser nunca la falta de alimentación y de sed, sino en todo caso, el propio curso de la enfermedad. Hay que ofrecer el soporte necesario (medios proporcionados) a cualquier vida humana hasta el final con hidratación, analgesia, higiene, alimentación y evitando el ahogamiento. Quienes apuestan por la retirada de la alimentación y de cualquier otro cuidado básico se confunden. Estas no tienen nada que ver con la invocación a la limitación del esfuerzo terapéutico del personal sanitario. El enfermo que está muy grave “tiene que morir” de muerte natural. “Tiene que morir” por el propio curso de su enfermedad degenerativa, incurable...no de hambre, de sed o por falta de higiene. Hay que afirmar que es moralmente aceptable e incluso obligatoria desde la ética de las profesiones sanitarias la cesación de unos cuidados con la intención de prestarle el mejor cuidado permitiendo la llegada de la muerte. Es cierto que algunos casos serán relativamente sencillos de calificar, otros, en cambio, pueden plantear más dudas. Por esta razón, una información actualizada y el criterio ético anteriormente expuesto pueden darnos una orientación clara para el justo equilibrio de permitir la muerte, aliviando al enfermo.

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Eutanasia y Sedación Paliativa I

Antes de tratar el tema de los cuidados Paliativos, es necesario ver la diferencia entre eutanasia y sedación paliativa. Este tema es importante porque, aunque hoy día la eutanasia no está permitida en España, mucha gente opina que la sedación paliativa es una forma solapada de eutanasia. No es de extrañar que un mal uso y abuso de la sedación paliativa aboque a ésta a comprenderla como una eutanasia encubierta o “razonable”. Habitualmente, no siempre, suele suceder que cuando se inicia una sedación paliativa, a las pocas horas se produzca la muerte del enfermo. Entonces se piensa que, como se ha sedado al enfermo, se le ha practicado una eutanasia. Es verdad que la sedación paliativa deteriora el nivel de conciencia, pero esto no quiere decir que provoque intencionadamente la muerte, sino el curso natural de la enfermedad grave. La sedación paliativa, bien entendida y bien aplicada, no es eutanasia. No va en contra de la dignidad humana. Todo lo contrario. Cuando se inicia una sedación paliativa prescrita por el médico lo más frecuente es que el paciente fallezca, y la familia tiene derecho a saber que el médico la ha prescrito, pero no es la sedación paliativa la causa del fallecimiento, sino que gracias a este tratamiento se impide una muerte con sufrimiento y/o dolor. El paciente muere fruto del trascurso de su enfermedad grave. La sedación paliativa tiene, como efecto accidental, y no querido, la posible aceleración de la muerte del enfermo. En efecto, cuando se aplica una sedación paliativa no se busca, ni como fin ni como medio, la muerte del enfermo, sino la administración de un fármaco sedante, no letal, que tiene por finalidad paliar el dolor o/y el sufrimiento del enfermo. Provocar la muerte no es lo mismo que permitir la muerte. A mi parecer, para evitar, de algún modo, estos equívocos se tienen que explicar, en primer lugar, qué se entiende por sedación paliativa y después exponer los distintos tipos de la misma.

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Eutanasia y Sedación Paliativa II

La Sociedad Española de Cuidados Paliativos define la sedación paliativa como la disminución del nivel de conciencia del paciente de manera deliberada, una vez obtenido el oportuno consentimiento, mediante la administración de los fármacos indicados y a las dosis proporcionadas, con el objetivo de evitar un sufrimiento insostenible causado por un síntoma o síntomas refractarios. Con respecto a los tipos de sedación hay que subrayar que la sedación paliativa es distinta de la temporal o transitoria, indicada para un diagnóstico de sufrimiento ocasional que va a revertir. En cambio, la sedación paliativa es continua, y puede ser superficial o profunda. Esta última no significa que no haya vuelta atrás. No obstante, la que se administra en la agonía será previsiblemente irreversible, porque se le aplica a un paciente cuya muerte se prevé muy próxima. Ahora bien, estos tipos de sedación paliativa no son ni pueden convertirse en la “solución” al “estrés” de la familia o del equipo sanitario. El proceso de la sedación paliativa debe ser siempre progresivo y tiene que cumplir con dos condiciones principales: - El incremento de la dosis de los medicamentos debe realizarse poco a poco hasta conseguir disminuir la percepción del síntoma refractario e intolerable para el enfermo. - Una vez aliviado el sufrimiento, el nivel de sedación ha de ser el menor posible para mantener el máximo alivio del sufrimiento; es decir, el nivel de sedación (superficial o profunda) tiene que adaptarse de manera proporcionada a la intensidad del sufrimiento del enfermo. Luego, los médicos deben utilizar la dosis mínima de agentes sedantes necesaria para alcanzar un alivio aceptable del sufrimiento. Ello minimiza el riesgo de eventos adversos y maximiza la posibilidad de mantener una capacidad de interacción con la familia y con los profesionales de los cuidados médicos durante la sedación paliativa. Debe existir un equilibrio entre el nivel de sedación, la eficacia en cuanto al alivio del síntoma pertinente y los efectos adversos derivados del tratamiento, incluyendo la capacidad de interacción disminuida o ausente. Con todo, aún con los niveles más profundos de sedación, no se puede afirmar que no persista algún tipo de conciencia en el enfermo que le permita sentir la presencia y el contacto de personas conocidas, o percibir sonidos u olores que le resulten familiares.

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Eutanasia y Sedación paliativa III

Realizadas estas aclaraciones terminológicas hay que advertir que también a nivel médico la diferencia entre sedación paliativa y eutanasia es muy grande. En sentido médico, se aplica una eutanasia cuando algo se hace o se deja de hacer con la intención directa de producir o acelerar la muerte del enfermo, sea éste terminal o no. En la eutanasia la muerte del paciente ha de ser el objetivo buscado. Esta puede producirse por acción (administración de sustancias, etc.) o por omisión (no asistir médicamente). En cambio, la sedación paliativa no tiene como intención la muerte del paciente, sino el alivio de un síntoma intolerable. Es una maniobra terapéutica. Por consiguiente, ante una situación clínica objetivamente conflictiva, no es lo mismo acelerar y provocar directamente la muerte del enfermo con la finalidad de terminar con sus sufrimientos y posibles dolores físicos, que llevar a cabo un tratamiento cuyo objetivo es el alivio de esos sufrimientos y posibles dolores físicos sin intención de provocar la muerte (sedación paliativa), aunque es posible que se acelere la muerte natural, debido a los fármacos suministrados. Esta última acción no es una eutanasia directa, pero tampoco indirecta, pues no hay intención de provocar la muerte, sino que la muerte no buscada del paciente acontece en el curso de un correcto tratamiento. Por lo tanto, la sedación paliativa tiene una finalidad terapéutica, científica y legítima. Es un procedimiento dinámico que debe adaptarse a las necesidades individuales para mitigar el sufrimiento del enfermo. El objetivo principal es aliviar el sufrimiento al máximo con el menor nivel de sedación posible. Hago hincapié en este tema, porque suele suponer un malentendido: equiparar la sedación paliativa con la eutanasia. Creo que esta confusión también obedece a la relación errónea que se establece de causa-efecto. Parece como si la sedación paliativa, que se le aplica al enfermo terminal, fuera una manera de adelantarle la muerte sin sufrimiento y sin dolor, es decir, como si se le hubiera aplicado una eutanasia. La sedación paliativa es una práctica médica que, realizada correctamente, no sólo es lícita, sino acorde con la dignidad humana. Si no se explica bien, es normal que algún familiar piense que, al aplicar al enfermo una sedación paliativa, se le ha practicado una eutanasia. El equipo sanitario y especialmente el médico tienen la obligación de hacer el esfuerzo educacional de aclarar conceptos tanto al paciente (si está consciente) como a la familia, lo cual previene posibles remordimientos posteriores de los familiares, si han sido éstos los que han tenido que dar su consentimiento y podría ayudar a prevenir además la idea de que hay una eutanasia “light”, encubierta o “razonable” o que se está cometiendo un acto ilegal por parte del médico. La documentación del procedimiento de la sedación paliativa se debe incluir de manera clara y explícita en la historia clínica del paciente.

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