Principio de beneficencia

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El Principio de Beneficencia es uno de los cuatro principios que propugna la Bioética Principialista.


Definición

La obligación de buscar el bien del paciente ha estado presente desde siempre en la práctica médica. Sin embargo, la enunciación del Principio de Beneficencia tiene su origen en el Informe Belmont que lo describe como “no hacer daño; y acrecentar al máximo los beneficios y disminuir los daños posibles”. Recoge este principio la exigencia de que las acciones médicas deben producir bienes a la salud, y evitar o prevenir los daños.

Beauchamp y Childres serán los divulgadores de este principio con el desarrollo de la Bioética Principialista. Estos autores, sin embargo, establecieron una corrección a la enunciación que hacía el Informe Belmont, ya que restringieron el contenido de este principio a la exigencia de que las acciones fuesen beneficiosas para el paciente. La obligación de evitar los posibles daños la englobaron en un nuevo principio que llamaron de No maleficencia.

Además, hicieron especial hincapié en que no se confundiese el Principio de Beneficencia con la idea común de la beneficencia. Querían remarcar que no se trata llevar a cabo acciones buenas sin más, sino de la obligación específica del personal sanitario de procurar el bien del paciente, debido a la relación que se establece entre ellos.


Relación con los otros principios

En el Principialismo, la aplicación práctica del Principio de Beneficencia debe hacerse integrándola con la aplicación de los otros tres principios, lo que con frecuencia lleva a situaciones de conflicto entre lo que indica cada uno que es lo adecuado. Para llegar a una decisión final normalmente es necesario un proceso deliberativo que se lleva a cabo según diversos sistemas de valoración de cada principio. A continuación veremos algunos de los problemas que aparecen en la relación de este principio con los otros tres.

En primer lugar, los problemas de la aplicación del Principio de Beneficencia en relación con el de "No maleficencia" aparecen por la misma complejidad de la realidad: frecuentemente los beneficios suelen venir unidos a consecuencias malas . En el proceso deliberativo habrá que tener en cuenta tanto unos efectos como los otros para tomar una decisión.

En segundo lugar, también podemos encontrarnos con que no siempre es fácil relacionar nuestro principio con el de Autonomía. El personal sanitario puede sentirse tan seguro de los beneficios del tratamiento que aconsejan, que no tengan en cuenta el derecho del paciente a dar su consentimiento. También puede ocurrir que el paciente ejerciendo su derecho a decidir solicite unas soluciones que el médico considere contrarias al Principio de Beneficencia. Cuando se produce una actitud médica de tomar decisiones sin contar con la autonomía del paciente se habla de paternalismo. Ver paternalismo. Ver consentimiento informado.

Finalmente, debemos tener en cuenta los conflictos que surge en relación con el Principio de Justicia. Afloran cuando la perspectiva de la decisión pasa de la relación entre médico y paciente a contemplar el conjunto de la sociedad. Aparece la necesidad de tener en cuenta los costes de los tratamientos en relación con los recursos sanitarios, y con el beneficio real que producen. También será necesario asegurar una equidad entre todos los miembros del cuerpo social en el acceso a los tratamientos, de modo que se respete la justicia social. Cada vez más, los diversos países e instituciones procuran desarrollar una política sanitaria que tenga en cuenta esta cuestión a la hora de tomar decisiones globales.